# Proyecto de ley que modifica el articulo 30 de ley 26.206 de educacion nacional, respecto de incorporar conocimientos basicos de las finanzas personales en los establecimientos educativos de nivel secundario (625/25)

> “2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” (S-0625/2025) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 30 de Ley 26.206 de Educación Nacional, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 30. — La Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía, para el trabajo y para la continuación de estudios. Son sus objetivos: a) Brindar una formación ética que permita a los/as estudiantes desempeñarse como sujetos conscientes de sus derechos y obligaciones, que practican el pluralismo, la cooperación y la solidaridad, que respetan los derechos humanos, rechazan todo tipo de discriminación, se preparan para el ejercicio de la ciudadanía democrática y preservan el patrimonio natural y cultural. b) Formar sujetos responsables, que sean capaces de utilizar el conocimiento como herramienta para comprender y transformar constructivamente su entorno social, económico, ambiental y cultural, y de situarse como participantes activos/as en un mundo en permanente cambio. c) Desarrollar y consolidar en cada estudiante las capacidades de estudio, aprendizaje e investigación, de trabajo individual y en equipo, de esfuerzo, iniciativa y responsabilidad, como condiciones necesarias para el acceso al mundo laboral, los estudios superiores y la educación a lo largo de toda la vida. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” d) Desarrollar las competencias lingüísticas, orales y escritas de la lengua española y comprender y expresarse en una lengua extranjera. e) Promover el acceso al conocimiento como saber integrado, a través de las distintas áreas y disciplinas que lo constituyen y a sus principales problemas, contenidos y métodos. f) Desarrollar las capacidades necesarias para la comprensión y utilización inteligente y crítica de los nuevos lenguajes producidos en el campo de las tecnologías de la información y la comunicación. g) Vincular a los/as estudiantes con el mundo del trabajo, la producción, la ciencia, la tecnología, el manejo del dinero y las finanzas personales. Este último campo promoverá la Educación Financiera permitiendo el aprendizaje de conocimientos básicos para la toma de mejores decisiones financieras informadas. h) Desarrollar procesos de orientación vocacional a fin de permitir una adecuada elección profesional y ocupacional de los/as estudiantes. i) Estimular la creación artística, la libre expresión, el placer estético y la comprensión de las distintas manifestaciones de la cultura. j) Promover la formación corporal y motriz a través de una educación física acorde con los requerimientos del proceso de desarrollo integral de los adolescentes.” ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Maximiliano Abad VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA”

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 625/25
- Título oficial: Proyecto de ley que modifica el articulo 30 de ley 26.206 de educacion nacional, respecto de incorporar conocimientos basicos de las finanzas personales en los establecimientos educativos de nivel secundario
- Ingreso: Senado, 2025-04-30
- Autor: Maximiliano Abad
- Temas: Educación, Secundaria, Contenidos educativos
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/72016612-fa8e-493d-a331-0accb988e11b
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/625.25/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2025-04-30
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/72016612-fa8e-493d-a331-0accb988e11b/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/72016612-fa8e-493d-a331-0accb988e11b.
