DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyNo sancionado

DECLÁRASE DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE JOSÉ CANTILO 4500 PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL MUSEO Y CENTRO CULTURAL DEL BARRIO DE VILLA DEVOTO "FRANCISCO BEIRÓ".-

PROYECTO DE LEY Artículo 1°.- Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación, en los términos establecidos por la Ley Nº 238, el inmueble y los bienes muebles e instalaciones originales de la casa que fuera vivienda del Dr. Francisco Beiró, ubicada en la calle José Cantilo 4500, correspondiente a la parcela 011F de la manzana 096 sección 89. Artículo 2°.- El inmueble individualizado en el Artículo 1º de la presente Ley será destinado a la Dirección General de Museos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a los efectos de la construcción del Museo y Centro Cultural del barrio de Villa Devoto "Francisco Beiró". Artículo 3º.- El Museo y Centro Cultural del barrio de Villa Devoto "Francisco Beiró" tendrá como objetivo la realización de actividades artísticas, culturales y la difusión y promoción de la historia e identidad del barrio. Artículo 4º.- Las autoridades y personal contratado del Museo y Centro Cultural “Francisco Beiró” deberán ser vecinos del barrio de Villa Devoto y desarrollar actividades en el ámbito de la cultura y la historia. Artículo 5º.- Se procederá a la restauración y puesta en valor de la totalidad de la fachada, incluyendo su entorno, así como de las áreas internas del inmueble. Artículo 6º.- La determinación del precio del bien sujeto a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el artículo 10º de la Ley Nº 238. Artículo 7º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 8º.- Comuníquese, etc. Último cambio: 26/2/2026 14:50 - Cantidad de caracteres: 4592 - Cantidad de palabras: 886 Pág.1/3/final_de_pagina/

Expediente
CABA-359-D-2026
Cámara
Legislatura de CABA
Presentado
2 de marzo de 2026
Progreso del trámite1/6

Documentos (1)

Proyecto de Norma
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Fundamentos

Señora Presidenta: La casa de Francisco Beiró tiene un valor simbólico, arquitectónico y patrimonial significativo para el barrio de Villa Devoto y la Comuna 11. Su diseño único y su historia la convierten en un ícono cultural que refleja la identidad y evolución de la comunidad local. La distintiva arquitectura de la propiedad, por la que se le ha otorgado protección estructural mediante la ley 2858/08, sirve como un recordatorio tangible del pasado y un símbolo de la continuidad cultural, y es un punto de referencia en la identidad del barrio. El ecléctico inmueble representa uno de los últimos, si no el último, ejemplo de los grandes predios de quintas suburbanas que quedan en el barrio de Villa Devoto y en la Comuna 11. Si bien sus caballerizas se demolieron en 1960 y la mayor parte de la propiedad fue loteada, la casa y el jardín que la rodea aún conservan su carácter suburbano y valor ambiental. Teniendo en cuenta el proceso de crecimiento y modernización que está atravesando la Ciudad de Buenos Aires, resulta más que indispensable garantizar que la esencia y el carácter original de las comunidades locales perduren. La preservación de edificaciones patrimoniales permite que el barrio conserve su distintiva atmósfera y sus valores tradicionales, resistiendo la homogeneización que a menudo acompaña al desarrollo urbano. En esta dirección, citamos a las Normas de Quito cuando sostienen que "Un monumento restaurado adecuadamente, un conjunto urbano puesto en valor, constituyen no sólo una lección viva de historia sino un legítimo motivo de dignidad nacional". Sin duda su recuperación sería de gran beneficio para el barrio, la comuna y la ciudad, desde un punto de vista cultural, histórico, económico y turístico. Francisco Beiró, figura clave en la historia local, fue un destacado líder y promotor del desarrollo comunitario en la zona. En su calidad de vecino de Villa Devoto, abogado, político, militante de la Unión Cívica Radical, diputado nacional, ministro del interior y vicepresidente electo, su influencia se extendió a diversas áreas, contribuyendo significativamente a la consolidación y mejora del barrio y la ciudad, dejando un legado que perdura hasta hoy en día. Último cambio: 26/2/2026 14:50 - Cantidad de caracteres: 4592 - Cantidad de palabras: 886 Pág.2/3/final_de_pagina/Ese mismo legado es el que actualmente se encuentra en peligro y se desea resguardar convirtiendo el inmueble en un nuevo espacio cultural para el barrio, en el que se promocionen las artes, la cultura y la historia local mediante actividades y eventos comunitarios. Además serviría como un punto de encuentro para la ciudadanía fortaleciendo el sentido de pertenencia. La creación de este espacio contribuiría a la vitalidad y al enriquecimiento cultural del barrio, promoviendo que su identidad y patrimonio continúen vivos para futuras generaciones. En este punto no resulta ocioso insistir en que "los bienes culturales no son sólo mercancía, sino recursos para la producción de arte y diversidad, identidad nacional y soberanía cultural, acceso al conocimiento y a visiones plurales del mundo" (UNESCO, Nuestra diversidad creativa: Informe de la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo, septiembre 1996) y es por ello que su preservación requiere de un especial celo por parte del GCBA. La expropiación parece ser, por lo tanto, uno de los únicos medios aptos para garantizar el acabado cumplimiento del artículo 41 de la Constitución Nacional y de la Ley N° 2858/08 de la Ciudad de Buenos Aires, máxime si se repara en que está última no parece haber sido garantía para mejorar el estado de preservación del inmueble patrimonial o a preservarlo. En los últimos años, la casa ha sido objeto de diversas canalizaciones que amenazan su existencia. En enero del año 2025 y del año 2025 la casa sufrió dos incendios que terminaron con parte de su patrimonio y podrían haberlo destruido por completo. En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares el acompañamiento para la aprobación del presente proyecto de ley. Último cambio: 26/2/2026 14:50 - Cantidad de caracteres: 4592 - Cantidad de palabras: 886 Pág.3/3/final_de_pagina/