Fundamentos
Señora Presidenta:
La casa de Francisco Beiró tiene un valor simbólico,
arquitectónico y patrimonial significativo para el barrio de Villa Devoto y la
Comuna 11. Su diseño único y su historia la convierten en un ícono cultural que
refleja la identidad y evolución de la comunidad local. La distintiva arquitectura de
la propiedad, por la que se le ha otorgado protección estructural mediante la ley
2858/08, sirve como un recordatorio tangible del pasado y un símbolo de la
continuidad cultural, y es un punto de referencia en la identidad del barrio.
El ecléctico inmueble representa uno de los últimos, si no el
último, ejemplo de los grandes predios de quintas suburbanas que quedan en el
barrio de Villa Devoto y en la Comuna 11. Si bien sus caballerizas se demolieron
en 1960 y la mayor parte de la propiedad fue loteada, la casa y el jardín que la
rodea aún conservan su carácter suburbano y valor ambiental.
Teniendo en cuenta el proceso de crecimiento y
modernización que está atravesando la Ciudad de Buenos Aires, resulta más que
indispensable garantizar que la esencia y el carácter original de las comunidades
locales perduren. La preservación de edificaciones patrimoniales permite que el
barrio conserve su distintiva atmósfera y sus valores tradicionales, resistiendo la
homogeneización que a menudo acompaña al desarrollo urbano.
En esta dirección, citamos a las Normas de Quito cuando
sostienen que "Un monumento restaurado adecuadamente, un conjunto urbano
puesto en valor, constituyen no sólo una lección viva de historia sino un legítimo
motivo de dignidad nacional". Sin duda su recuperación sería de gran beneficio
para el barrio, la comuna y la ciudad, desde un punto de vista cultural, histórico,
económico y turístico.
Francisco Beiró, figura clave en la historia local, fue un
destacado líder y promotor del desarrollo comunitario en la zona. En su calidad de
vecino de Villa Devoto, abogado, político, militante de la Unión Cívica Radical,
diputado nacional, ministro del interior y vicepresidente electo, su influencia se
extendió a diversas áreas, contribuyendo significativamente a la consolidación y
mejora del barrio y la ciudad, dejando un legado que perdura hasta hoy en día.
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Pág.2/3/final_de_pagina/Ese mismo legado es el que actualmente se encuentra en
peligro y se desea resguardar convirtiendo el inmueble en un nuevo espacio
cultural para el barrio, en el que se promocionen las artes, la cultura y la historia
local mediante actividades y eventos comunitarios. Además serviría como un
punto de encuentro para la ciudadanía fortaleciendo el sentido de pertenencia. La
creación de este espacio contribuiría a la vitalidad y al enriquecimiento cultural del
barrio, promoviendo que su identidad y patrimonio continúen vivos para futuras
generaciones.
En este punto no resulta ocioso insistir en que "los bienes
culturales no son sólo mercancía, sino recursos para la producción de arte y
diversidad, identidad nacional y soberanía cultural, acceso al conocimiento y a
visiones plurales del mundo" (UNESCO, Nuestra diversidad creativa: Informe de
la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo, septiembre 1996) y es por ello que
su preservación requiere de un especial celo por parte del GCBA.
La expropiación parece ser, por lo tanto, uno de los únicos
medios aptos para garantizar el acabado cumplimiento del artículo 41 de la
Constitución Nacional y de la Ley N° 2858/08 de la Ciudad de Buenos Aires,
máxime si se repara en que está última no parece haber sido garantía para
mejorar el estado de preservación del inmueble patrimonial o a preservarlo.
En los últimos años, la casa ha sido objeto de diversas
canalizaciones que amenazan su existencia. En enero del año 2025 y del año
2025 la casa sufrió dos incendios que terminaron con parte de su patrimonio y
podrían haberlo destruido por completo.
En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares el
acompañamiento para la aprobación del presente proyecto de ley.
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