# Protección de la propiedad inmueble contra disposiciones de terceros como “vivienda ociosa” y otros (CABA-1159-D-2026)

> PROYECTO DE LEY PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INMUEBLE CONTRA DISPOSICIONES DE TERCEROS COMO “VIVIENDA OCIOSA” Y OTROS Artículo 1°.- Se prohíbe al Poder Ejecutivo fijar restricciones en relación con la disposición, administración, uso, goce o habitación de la propiedad privada inmueble mediante la imposición de regulaciones, registros o la fijación de tasas, cargos o cualquier gravamen que exceda los vigentes con el objeto de catalogar a dicha propiedad como “vivienda ociosa” o categorías similares. El funcionario responsable de aprobar cualquiera de las acciones mencionadas en el párrafo anterior será sancionado con diez mil (10.000) unidades fijas. Artículo 2°.- Se prohíbe a los copropietarios de cualquier consorcio o subconsorcio de propiedad horizontal, a su administración y a los encargados de edificio establecer o promover limitaciones o prohibiciones contra la disposición, administración, uso, goce o habitación de unidades de propiedad horizontal, diferentes a las fijadas por el reglamento de copropiedad o que excedan lo establecido por el ordenamiento jurídico vigente. La prohibición del párrafo anterior incluye cualquier comunicación dirigida al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre el uso, goce o habitación de unidades de propiedad horizontal, siempre que estas no trasgredan el reglamento de copropiedad o el orden jurídico vigente. Queda expresamente prohibido informar al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre la supuesta condición de “viviendas ociosas” o categorías similares. El funcionario responsable de aprobar o tramitar cualquiera de las acciones mencionadas en el párrafo anterior será sancionado con ocho mil quinientas (8.500) unidades fijas. Artículo 3°.- Comuníquese, etcétera. Último cambio: 9/4/2026 16:02:00 - Cantidad de caracteres: 5607 - Cantidad de palabras: 1055 Pág.1/3/final_de_pagina/

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: CABA-1159-D-2026
- Título oficial: Protección de la propiedad inmueble contra disposiciones de terceros como “vivienda ociosa” y otros
- Ingreso: Legislatura de CABA, 2026-04-15
- Autor: Sandra Mónica Rey
- Firmantes: María del Pilar Ramirez, Juan Pablo Arenaza, Sandra Mónica Rey, Leonardo Saifert
- Temas: Dominio, Bienes inmuebles, Patrimonio, Urbanismo, hábitat y vivienda
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/a852de6f-b99f-4961-85e0-6ddffdc670f9
- Fuente oficial: https://parlamentaria.legislatura.gob.ar/pages/expediente.aspx?id=140532

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/a852de6f-b99f-4961-85e0-6ddffdc670f9/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/a852de6f-b99f-4961-85e0-6ddffdc670f9.
