# Proyecto de ley que crea el programa "funciones distendidas para una cultura con inclusion" (1095/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1095/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1: Créase en el ámbito del Ministerio de Cultura de la Nación, el programa “Funciones distendidas para una cultura con inclusión”. Artículo 2º: Finalidad. La presente ley tiene por finalidad fomentar la inclusión y accesibilidad cultural a toda persona con discapacidad física, sensorial o cognitiva, creando las condiciones adecuadas y dispositivos de apoyo para incluir a aquellas familias que lo necesitan. Artículo 3: Definición: A los efectos de esta ley entiéndase por funciones distendidas aquellas sutilmente adaptadas que facilitan un ambiente adecuado y en formato accesible para personas con discapacidad. Artículo 4: El presente programa tiene como objetivo establecer que los cines, teatros y obras de arte escénico que deseen adherir a la presente, ofrezcan, como mínimo una vez al mes, funciones en formato de “funciones distendidas” según lo establecido en el artículo 3 de la presente ley. Artículo 5: Ámbito de aplicación: El presente programa es de aplicación en todos los cines, teatros o cualquier otro ámbito que ofrece espectáculos de arte escénico del territorio nacional y que desee adherir a esta ley. Artículo 6: Requisitos para las funciones distendidas: VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Las funciones referidas en el artículo 1º de esta ley deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Sonido escénico bajo. b. Iluminación original de toda la sala. c. Correcta y clara iluminación de los accesos. d. Evitar los destellos, el choque de luces, efectos especiales, sonidos agudos o graves, estruendos, sirenas, bocinas o cualquier otro efecto sonoro. e. Libertad de circulación y movimientos por los pasillos durante la obra. f. Ingreso anticipado a la sala para su reconocimiento. g. Adaptación de la obra a un tiempo de duración no mayor a 1.30 hora. h. Capacitación de los artistas, equipos técnicos y productores. i. Limitación de aforo de la sala a un 70% de su capacidad total. j. Espacio de descanso fuera de las salas. k. Apoyo gráfico y visual de todos los espacios delimitados. Artículo 7: Protocolo: La autoridad de aplicación deberá elaborar un protocolo a los fines del cumplimiento de esta ley. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Las salas de cine y teatro deben brindar de forma anticipada, información sobre día, hora y duración de cada función bajo esta modalidad como también información sobre la programación, distribución y accesos de la función. Artículo 8: Autoridad de aplicación. El Poder Ejecutivo determinará la autoridad de aplicación. Artículo 9: Financiamiento: Los gastos que demande la ejecución del presente programa, serán imputados a la partida presupuestaria del organismo que se designe como autoridad de aplicación. Artículo 10: Invitación a las provincias: Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente ley. Artículo 11. Reglamentación. Plazo. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo máximo de noventa (90) días desde su promulgación. Artículo 12. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Edith E. Terenzi. - Stella M. Olalla. - Claudio M. Doñate. -Maximiliano Abad. -

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 1095/24
- Título oficial: Proyecto de ley que crea el programa "funciones distendidas para una cultura con inclusion"
- Ingreso: Senado, 2024-07-01
- Autor: Edith Elizabeth Terenzi
- Firmantes: Claudio Martín Doñate, Stella Maris Olalla, Edith Elizabeth Terenzi
- Temas: Entretenimiento, arte y cultura, Cine e industria audiovisual, Teatro, Inclusión, Espectáculos públicos
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/b9e9f393-7b9d-4f7c-a439-5fd250b090a0
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1095.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-07-01
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/b9e9f393-7b9d-4f7c-a439-5fd250b090a0/fundamentos

---

Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/b9e9f393-7b9d-4f7c-a439-5fd250b090a0.
