# Proyecto de ley de jubilación para el personal de salud en zonas de frontera (2077/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-2077/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… JUBILACIÓN PARA EL PERSONAL DE SALUD EN ZONAS DE FRONTERA. Artículo 1°: El objeto de la presente ley es incentivar el desarrollo de la Salud Pública en las Zonas de Fronteras de la República Argentina, conforme los objetivos establecidos en el Art. 2 de la Ley Nacional N°18.575 de desarrollo e integración de áreas y zonas de frontera. Artículo 2°: Institúyese un Régimen Previsional Especial, sin límite de edad, para los Profesionales Médicos y todo el personal de la Salud que desempeña funciones en Hospitales y Centros de Salud Públicos en las respectivas Zonas de Fronteras de la República Argentina. Artículo 3°: Las jubilaciones del personal indicado en el artículo anterior, y las pensiones a sus causahabientes, se regirán por las disposiciones de la presente ley, y en lo no previsto ni modificado por ésta por las normas del régimen general de jubilaciones y pensiones. Artículo 4°: Tendrá derecho a la aplicación del presente régimen, el personal que reúna uno de los siguientes requisitos: a) acredite veinticinco (25) años de servicios continuos en Hospitales y Centros de Salud Públicos en las zonas de frontera en la República Argentina, VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” b) acredite treinta (30) años de servicios, de los cuales diez deben ser como mínimo, en la zona mencionada en el Art. 1°, ya sean continuos o discontinuos. A los fines del presente Régimen, los servicios prestados por los/as trabajadores/as de la Salud afectados en la atención de la pandemia de COVID 19, se les computará el doble por cada mes y/o año de servicios trabajados bajo la emergencia sanitaria declarada por Ley 27.541 y los decretos Nros. 260/2020 y 167/2021. El otorgamiento del beneficio será calculado conforme a la normativa general. Artículo 5°: El haber mensual de las jubilaciones ordinarias y por invalidez del personal que se señala en el artículo 2° será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) móvil de la remuneración mensual del cargo u horas que tuviera asignado al momento del cese, o bien a la remuneración actualizada conforme el cálculo establecido en la normativa general. Si se produjeran cambios de orden jerárquico se concretarán los reajustes necesarios. El estado asegurará, con los fondos que concurran al pago, cualquiera fuese su orígen, que los jubilados sujetos al presente régimen perciban efectivamente el ochenta y dos por ciento (82%) móvil. Artículo 6°: El porcentaje de aportes del personal mencionado en el Art. 1º, con destino al régimen nacional de jubilaciones y pensiones, será el vigente con carácter general incrementado en dos (2) puntos, aunque el/la afiliado/a no reuniere los requisitos indicados en el Art 4º. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Nora del Valle Giménez

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 2077/24
- Título oficial: Proyecto de ley de jubilación para el personal de salud en zonas de frontera
- Ingreso: Senado, 2024-10-24
- Autor: Nora del Valle Giménez
- Firmantes: Nora del Valle Giménez
- Temas: Jubilados y jubilaciones
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/e7322bc6-22d5-4ac5-99b6-379ee91fac1a
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/2077.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-10-24
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/e7322bc6-22d5-4ac5-99b6-379ee91fac1a/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/e7322bc6-22d5-4ac5-99b6-379ee91fac1a.
