# Reproduce proyecto de ley de regalias por energia hidroelectrica. (ref. S. 3127/22) (248/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0248/2024) Buenos Aires, 12 de marzo de 2024 Victoria Villarruel Señora Presidente del Honorable Senado S/D De mi mayor consideración Tengo el agrado de dirigirme a Ud. Con el fin de solicitarle tenga a bien arbitrar los medios pertinentes para la reproducción del proyecto de ley de mi autoría, caratulado bajo expediente S3127/2022, sobre las regalías por energía hidroeléctrica.- Sin otro particular, saluda a Ud. muy atentamente. Silvia Sapag. – PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… REGALIAS POR ENERGÍA HIDROELÉCTRICA Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por objeto habilitar a las provincias argentinas a cobrar en especie la totalidad de las regalías por la energía hidroeléctrica que se genera con sus recursos hídricos. Artículo 2°. Sustitución. Se sustituye el artículo 43 de la ley n° 15.336 por el siguiente./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” “Art. 43.- Las provincias en cuyos territorios se encuentren las fuentes hidroeléctricas perciben mensualmente el doce por ciento (12%) del importe que resulte de vender la energía generada al importe más alto vigente en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM), sin descuento alguno. En el caso de que las fuentes hidroeléctricas se encuentren en ríos limítrofes entre provincias, o que atraviesen a más de una de ellas, este porcentaje del doce por ciento (12%) se distribuye equitativamente racionalmente entre ellas. Las provincias pueden optar por cobrar la totalidad de las regalías que les corresponden en energía.” Artículo 3°. Forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo. Silvia Sapag

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 248/24
- Título oficial: Reproduce proyecto de ley de regalias por energia hidroelectrica. (ref. S. 3127/22)
- Ingreso: Senado, 2024-03-12
- Autor: Silvia Sapag
- Temas: Energías alternativas, Energía, Federalismo y descentralización, Energía eléctrica, República, democracia y federalismo
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/ec9ebc6f-0abe-454b-affc-76593f72c08a
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/248.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-03-12
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/ec9ebc6f-0abe-454b-affc-76593f72c08a/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/ec9ebc6f-0abe-454b-affc-76593f72c08a.
