# Proyecto de ley que modifica su similar 26.045 - registro nacional de precursores quimicos-, respecto de actualizar las multas y se garantice un porcentaje de lo recaudado para la financiacion de politicas de prevencion (1984/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1984/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,... ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 14 de la ley 26.045, de Registro Nacional de Precursores Químicos, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 14.- Las sanciones que aplicará la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico serán las siguientes: a) Apercibimiento. b) Apercibimiento con publicación de la resolución que lo imponga a cargo del infractor, en las condiciones que la reglamentación establezca. c) Multa equivalente a diez (10) Salarios Mínimos Vitales y Móviles y hasta mil (1000) veces ese valor. d) Suspensión de la inscripción en el Registro Nacional de quince (15) días a un (1) año. e) Cancelación definitiva de la inscripción en el Registro Nacional. ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el artículo 18 de la ley 26.045, de Registro Nacional de Precursores Químicos, el que quedará redactado de la siguiente manera: VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 18.- Las multas previstas en la presente ley sólo podrán destinarse a solventar el funcionamiento del Registro Nacional, el cumplimiento de las funciones establecidas en la presente ley, las medidas de seguridad curativa y educativa y el tratamiento establecidos en la ley 23.737 y el cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR), garantizando para este último fin un mínimo del 30% del producido de las mismas. Dichas medidas podrán ser aplicadas por organismos públicos nacionales, provinciales o municipales u organizaciones no gubernamentales autorizadas y controladas por la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR), conforme lo establezca la reglamentación. ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Maximiliano Abad.-

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 1984/24
- Título oficial: Proyecto de ley que modifica su similar 26.045 - registro nacional de precursores quimicos-, respecto de actualizar las multas y se garantice un porcentaje de lo recaudado para la financiacion de politicas de prevencion
- Ingreso: Senado, 2024-10-09
- Autor: Maximiliano Abad
- Firmantes: Edith Elizabeth Terenzi
- Temas: Salud y consumo, Cuentas públicas, Narcotráfico, Seguridad, Consumos problemáticos, Educación para la salud y prevención, Gasto público
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/f45b9aae-cf9a-47bd-815e-0016ba233855
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/1984.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-10-09
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/f45b9aae-cf9a-47bd-815e-0016ba233855/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/f45b9aae-cf9a-47bd-815e-0016ba233855.
