# Proyecto de ley que crea en el ambito del congreso de la nacion la comision especial bicameral de seguimiento y control del proceso licitatorio de la hidrovia parana - paraguay (978/24)

> “2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0978/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y la Cámara de Diputados ARTÍCULO 1º- CREACIÓN. Créase en el ámbito del Congreso de la Nación la Comisión Especial Bicameral de Seguimiento y Control del Proceso Licitatorio de la Hidrovía Paraná- Paraguay, con el propósito de garantizar la transparencia, eficiencia y legalidad en el proceso de licitación y adjudicación de contratos relacionados con la explotación, mantenimiento y gestión de la Hidrovía. Art. 2º - OBJETO. La Comisión tendrá por objeto el estudio, conocimiento, seguimiento monitoreo, auditoría y contralor del proceso licitatorio de la Hidrovía Paraná-Paraguay. Art. 3º - INTEGRACIÓN. La Comisión estará integrada por SIETE (7) senadores y SIETE (7) diputados, los que serán designados de acuerdo al Reglamento de cada Cámara, y debiendo tener representación al menos un legislador de cada provincia perteneciente al Consejo Federal de la Hidrovía (CFH). Art. 4º - AUTORIDADES. Los miembros de la Comisión elegirán UN (1) Presidente, UN (1) Vicepresidente y UN (1) Secretario. Asimismo, deberá designar UN (1) Secretario Administrativo y convocarán la dotación de personal necesaria de cada Cámara para funcionar. Art. 5º - REUNIONES. La Comisión podrá realizar reuniones, audiencias públicas, inspecciones y cualquier otra actividad necesaria para el cumplimiento de sus funciones, pudiendo solicitar la colaboración de otras instituciones públicas y privadas cuando sea necesario. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Art. 6º - PRESUPUESTO. La Comisión requerirá a las Presidencias de ambas Cámaras la asignación presupuestaria que sea necesaria para el logro del objeto establecido. Art. 7º - ATRIBUCIONES. Son atribuciones de la Comisión: a. supervisar y controlar el proceso licitatorio de la Hidrovía Paraná- Paraguay desde su inicio hasta la adjudicación final del contrato; b. revisar y evaluar los términos de referencia, pliegos de condiciones, y demás documentos relacionados con la licitación; c. solicitar todo tipo de documentación e información relacionada con la Hidrovía y el Sistema de Navegación Troncal, tanto del sector privado como del sector público, y de organismos locales como internacionales; d. citar a funcionarios nacionales, provinciales, municipales y comunales a prestar informes y a representantes de los organismos que manejan, controlan, ejecutan y desarrollan la licitación de la Hidrovía; e. requerir informes a las Universidades, entidades empresariales, industriales, del comercio, de la producción agropecuaria y de los trabajadores; f. elaborar informes con la información recabada, para ser presentado a los organismos del Poder Ejecutivo que participen en la licitación de la Hidrovía Paraná- Paraguay; g. emitir recomendaciones y observaciones para mejorar la transparencia, competitividad y eficiencia del proceso licitatorio; VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” h. elaborar, una vez que haya finalizado la licitación de la Hidrovía Paraná- Paraguay, un informe final que será elevado a las presidencias de ambas Cámaras y a los organismos del Poder Ejecutivo que participen en la licitación. Art. 8º - INFORMES. Los informes, recomendaciones y observaciones elaboradas por la Comisión durante el proceso licitatorio, podrán ser tenidas en cuenta por los organismos del Poder Ejecutivo que participen de dicho proceso. En caso que dichos informes, recomendaciones y observaciones no sean tenidas en cuenta por los organismos del Poder Ejecutivo, los mismos deberán fundamentar debidamente los motivos de esta decisión. Art. 9º - INFORME FINAL. Una vez finalizado el proceso licitatorio y dentro de los noventa días (90), la Comisión deberá presentar un informe final a las presidencias de ambas Cámaras, en el cual se detallarán todas las actividades realizadas, las observaciones y recomendaciones emitidas, así como cualquier otra información relevante sobre el proceso licitatorio. Art. 10. - CADUCIDAD. La Comisión caducará seis (6) meses después de la finalización del proceso licitatorio. Art. 11. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Eduardo H. Galaretto. - Carolina Losada. - Eduardo A. Vischi. - Flavio S. Fama. - Stella M. Olalla. -Pablo D. Blanco. - Daniel R. Kroneberger. - Edith E. Terenzi. – Mercedes G. Valenzuela. –Francisco M. Paoltroni. – Edgardo D. Kueider. –Carlos M. Espínola. –Alejandra M. Vigo. - VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”

- Tipo: Proyecto de Ley
- Expediente: 978/24
- Título oficial: Proyecto de ley que crea en el ambito del congreso de la nacion la comision especial bicameral de seguimiento y control del proceso licitatorio de la hidrovia parana - paraguay
- Ingreso: Senado, 2024-06-05
- Autor: Eduardo Horacio Galaretto
- Firmantes: Carolina Losada, Mercedes Gabriela Valenzuela, Daniel Ricardo Kroneberger, Stella Maris Olalla, Flavio Sergio Fama, Edith Elizabeth Terenzi, Edgardo Darío Kueider, Alejandra María Vigo, Eduardo Alejandro Vischi, Pablo Daniel Blanco, Carlos Mauricio Espínola
- Temas: Organismos públicos, Infraestructura y logística, Puertos, vías navegables y navegación, Transparencia e información pública, Creación de comisiones investigadoras, Gobierno y Administración Pública, Compras y licitaciones públicas, Gasto público
- Ficha: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/f4a1b44b-ab41-4076-8722-6aa8f8b72930
- Fuente oficial: https://www.senado.gob.ar/parlamentario/comisiones/verExp/978.24/S/PL

## En qué está

Etapa actual: Ingreso. Falta el dictamen de comisión en el Senado.

- Ingreso: 2024-06-05
- Dictamen: pendiente
- Media sanción: pendiente
- Revisión: pendiente
- Sanción: pendiente

## Fundamentos

Texto completo de los fundamentos: https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/f4a1b44b-ab41-4076-8722-6aa8f8b72930/fundamentos

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Fuente: DeQuéSeTrata (https://dequesetrata.org), ficha del proyecto https://dequesetrata.org/nacional/congreso/proyectos/f4a1b44b-ab41-4076-8722-6aa8f8b72930.
