El reciente decreto del Presidente de la Nación Argentina, publicado el 20 de agosto de 2024, establece importantes cambios en la normativa de contrataciones del Estado. Este decreto deroga varios anteriores, incluyendo los Decretos Nros 1187/12, 1189/12, 1191/12 y 823/21, que habían impuesto obligaciones específicas a las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional en relación con la contratación de bienes y servicios. La medida se enmarca en un contexto de emergencia económica y busca promover una mayor competencia y transparencia en los procesos de selección. A partir de ahora, las entidades deberán priorizar procedimientos abiertos para la contratación, lo que se traduce en una mayor posibilidad de obtener ofertas más convenientes para el Estado. Además, se establece que no se otorgarán ventajas ni beneficios a las empresas en las que el Estado Nacional tenga participación accionaria. El decreto también instruye a las jurisdicciones a actualizar sus planes anuales de contrataciones y a remitir informes sobre los contratos vigentes, con el objetivo de garantizar que no existan preferencias indebidas en los procesos de selección. Asimismo, se faculta a las autoridades competentes a ampliar o prorrogar contratos existentes por un año, en caso de ser necesario. Este cambio normativo busca, en última instancia, asegurar una gestión más eficiente y equitativa de los recursos públicos, alineándose con los principios de competencia y transparencia que deben regir las contrataciones del Estado. Este artículo fue generado automáticamente por nuestra Inteligencia Artificial. Suscribite para acceder a Trackmate, nuestro rastreador de regulaciones. Bienvenido a otro nivel: el seguimiento legislativo inteligente.