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Disposición 344/2026 / AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Aprueba listado y autoriza pagos de bonificación por desempeño destacado (año 2025)

Notificación
viernes, 23 de octubre de 2026·Disposición·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Disposición aprueba el listado de agentes de planta permanente de la ANSV con condiciones para percibir la bonificación por desempeño destacado correspondiente a las funciones simples del año 2025, y autoriza su pago. El gasto se atenderá con partidas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50.

Análisis regulatorio

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Anexos

Texto completo

Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2026

VISTO el EX-2026-70504539-APN-DGA#ANSV, las Leyes N° 25.164, N° 26.363 y 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y su modificatoria, 195 del 26 de febrero de 2024, 293 del 8 de abril de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, y la Resolución N° 98 de 28 de octubre de 2009 de la ex Secretaría de la Gestión Pública, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), como organismo descentralizado actualmente actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA, conforme los Decretos N°195/2024 y N° 293/2024, y por Decreto N° 1787/08 se aprobó su estructura organizativa.

Que por Decreto N° 2098/08 se homologó el Convenio Colectivo de trabajo sectorial del personal del Sistema Nacional De Empleo Público (SINEP), que en su artículo 89 establece el pago de una bonificación por desempeño destacado, consistente en una suma única equivalente a la asignación básica del nivel escalafonario respectivo, más los adicionales por grado, tramo, y los suplementos por función específica y agrupamiento, que perciba el trabajador a la fecha de cierre del período de evaluación, a ser liquidada dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del proceso de evaluación pertinente al período considerado.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS propicia aprobar un listado de agentes de planta permanente que se encuentran en condiciones de percibir la bonificación referida, por el período 2025, y certifica que se han cumplido los requisitos exigidos en la reglamentación citada.

Que la veeduría gremial ha tomado conocimiento y prestada conformidad según lo dispuesto en el artículo 1°de la Resolución de la ex. SGP N° 98/2009 expresando su conformidad según consta en el Acta IF-2026-84678968- APN-ANSV#MEC de fecha 1 de septiembre de 2026.

Que la Oficina Nacional de Empleo Público y Dirección de Interpretación y Asistencia Normativa actuante en el ámbito del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.

Que por la Ley N° 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026. Que se ha certificado la existencia de fondos para solventar la medida propiciada.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD de la ANSV han tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente de esta ANSV ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º. Apruébase el listado de agentes de la planta permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, que se encuentran en condiciones de percibir la bonificación por desempeño destacado establecida en el artículo 89 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, correspondiente a las funciones simples prestadas durante el año 2025, de conformidad con el detalle que como Anexo I (DI-2026-99335721-APN-ANSV#MEC) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º. Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a realizar los pagos correspondientes a las bonificaciones aprobadas en el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMÍA – O.D. 203 – AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 4°. Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Francisco Diaz Vega

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/10/2026 N° 79004/26 v. 23/10/2026