AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA RÍO GRANDE
Resolución de la Aduana Río Grande que condena a Lola Lucía Carra a pagar una multa
NotificaciónResumen
La Aduana de Río Grande impone a Lola Lucía Carra, DNI 46.116.527, el pago de una multa vinculada a una infracción tipificada en el Código Aduanero y al monto de tributos omitidos. Se informa que puede interponer demanda contenciosa o recurso de apelación en el plazo de 15 días hábiles.
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Texto completo
Desde el Expediente Electrónico GDE Nº EX-2026-00622076-ARCA-ADRIOG#SDGOAI - (SUCOA N.º 049-SC-15-2026/3), caratulado “Lola Lucía CARRA s/psta. inf. art. 970 ap. 1º del C.A.“, se hace saber a la Sra. Lola Lucía CARRA, DNI N.º 46.116.527, ...”RIO GRANDE, 21 OCTUBRE 2026 VISTO...CONSIDERANDO:…Por ello y facultades legales conferidas, EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE RIO GRANDE RESUELVE: ...CONDENAR a la Sra. Lola Lucía CARRA, DNI N.º 46.116.527 al pago de una multa de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 834.699,74), en concepto de multa, equivalente al valor de los tributos del rodado en infracción, en orden a la transgresión tipificada en el artículo 970 ap. 1° del Código Aduanero y en los términos del art. 1.112 ap. 1° a) del mismo plexo legal, en relación a los hechos que fueran motivo de las presentes, conforme los considerandos y constancias de autos, más el pago de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MIL OCHOCIENTOS TRECE CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS (USD 6.813,88), carga tributaria del rodado dejada de abonar al momento de su reimportación a consumo irregular en el T.N.C. HACER SABER a la Sra. Lola Lucía CARRA, DNI N.º 46.116.527 que podrá interponer en contra la presente decisión, de manera optativa y excluyente, demanda contenciosa por ante el Juzgado Federal de Río Grande o recurso de apelación por el ante el Tribunal Fiscal de la Nación, en el plazo de quince (15) días hábiles de notificada la presente, en los términos de los arts. 1132 inc. b) y 1133 del Código Aduanero. Debiendo comunicar al Administrador, en su caso, mediante presentación escrita o por entrega al correo en carta certificada con aviso de retorno, dentro del plazo para interponerlos, caratula y número de expediente; ello conforme lo previsto por el art. 1138 del mismo texto legal”.... Resolución Nº RESOL-2026-122-E-ARCA-ADRIOG#SDGOAI. Firma: SUAREZ MARCELO RUBEN Administrador Aduana Río Grande. Quedan Uds. debidamente notificados.
Marcelo Ruben Suarez, Administrador de Aduana.
e. 29/10/2026 N° 80787/26 v. 29/10/2026