Decisión Administrativa 29/2026 / MINISTERIO DE JUSTICIA
Excepción del requisito de nacionalidad para contratar a Meison Isita Montecinos
NotificaciónResumen
Se exceptúa a Meison ISITA MONTECINOS del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional, exclusivamente para posibilitar su contratación. El acto se funda en la Ley 25.164 y en la facultad del Jefe de Gabinete de Ministros.
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Anexos
Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-93747460-APN-CDH#PTN, la Ley N° 25.164 y el Decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.164 se aprobó el Marco de Regulación de Empleo Público Nacional.
Que por el artículo 4°, inciso a) del Anexo de la precitada ley se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros a exceptuar del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional mediante fundamentación precisa y circunstanciada efectuada por la Jurisdicción solicitante.
Que por el Decreto N° 1421/02 se aprobó la Reglamentación de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que el Procurador del Tesoro de la Nación solicitó exceptuar al señor Meison ISITA MONTECINOS, de nacionalidad boliviana, del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional, con el fin de posibilitar su contratación en los términos del artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164.
Que el servicio jurídico pertinente tomó la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 4°, inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Exceptúase a la persona que se menciona en el ANEXO I (IF-2026-97388876-APN-CDH#PTN) que forma parte integrante de la presente medida, del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional establecido en el artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164, al solo efecto de posibilitar su contratación en los términos del artículo 9° del Anexo de dicha ley.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Diego César Santilli - Juan Bautista Mahiques
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/10/2026 N° 80160/26 v. 28/10/2026