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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA

Edicto: solicitudes de destinación por mercaderías en rezago (Ezeiza)

Notificación
martes, 6 de octubre de 2026·Aviso Oficial (comunicación/edicto)·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Dirección Aduana de Ezeiza comunica, por única vez, que quienes acrediten su derecho pueden solicitar destinaciones autorizadas por mercaderías alcanzadas por el Art. 417 inc. c) de la Ley 22.415 dentro de 30 días corridos, previo pago de multas.

Análisis regulatorio

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Anexos

Texto completo

La DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley N° 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 inciso c) de la Ley N° 22.415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuyo detalle se indica en el Anexo IF-2026-03158474-ARCA-SGRZDIADEZ#SDGOAM, que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do, 3ro, 4to y 5to. de la Ley N° 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en: Sección Gestión de Rezagos (SEGDRZDIADEZ), dependiente de la Dirección Aduana de Ezeiza , sito en Aeropuerto Int. Ministro Pistarini – Ezeiza.

Pablo Gaston Cordiglia, Jefe de Departamento A/C.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Aviso Oficial se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/10/2026 N° 73447/26 v. 06/10/2026