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BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Edicto: multas e inhabilitaciones a Mas Divisas SA y personas físicas (BCRA)

Notificación
lunes, 2 de noviembre de 2026·Edicto·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

El BCRA notifica, mediante edicto, la imposición de multas y sanciones de inhabilitación a Mas Divisas SA y a tres personas, con plazos para el pago o el acogimiento a facilidades. También informa el plazo para interponer recurso de apelación y las formalidades de presentación.

Análisis regulatorio

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Texto completo

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina notifica en el Sumario Financiero 1669, Expte. EX-2025-00078362- -GDEBCRA-GSENF#BCRA, que, mediante Resolución RESOL-2026-360-E-GDEBCRASEFYC#BCRA del 27/10/26, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer a Mas Divisas SA (CUIT 30-71579240-7) multa de $ 3.279.094.276 (pesos tres mil doscientos setenta y nueve millones noventa y cuatro mil doscientos setenta y seis), a Tomás Gonzalo Duarte (DNI 35.630.219) multa de $ 983.728.282 (pesos novecientos ochenta y tres millones setecientos veintiocho mil doscientos ochenta y dos) e inhabilitación de 6 (seis) años y a Ana María Navarro (DNI 6.413.703) multa de $ 491.864.141 (pesos cuatrocientos noventa y un millones ochocientos sesenta y cuatro mil ciento cuarenta y uno) e inhabilitación de 3 (tres) años. Con las inhabilitaciones impuestas no podrán desempeñarse como promotores, fundadores, directores, administradores, miembros de los consejos de vigilancia, síndicos, liquidadores, gerentes, auditores, socios o accionistas de las entidades comprendidas en las Leyes de Entidades Financieras y 18.924. Dentro del término de 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir de la última publicación del presente, los sancionados deberán abonar el importe de las multas aplicadas u optar -en el caso de estar comprendido en el Punto 3.2 de la normativa vigente- por solicitar el acogimiento al régimen de facilidades para el pago de la multa previsto en el Régimen Disciplinario a cargo del Banco Central de la República Argentina (Leyes 21.526 y 25.065) y tramitación de sumarios cambiarios (Ley 19.359) ” - Sección 3” -, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. En ambos casos se deberá enviar un correo electrónico a la dirección scfmultas@bcra.gob.ar perteneciente a la Gerencia Legal de Liquidaciones y Control de Fideicomisos sita en Edificio Perón 455, P. 5° Of. 5503, CABA. Para conocer más información al respecto ingresar en www.bcra.gob.ar, “Servicios y trámites” y luego en “Pagar multas cambiarias y financieras”. De interponer recurso de apelación, en los términos del artículo 42 de la Ley de Entidades Financieras, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 25 bis de la Ley 19.549, deberá hacerlo dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles desde la presente notificación, debiendo cumplir con lo dispuesto por el inc. 3) art. 2° de la Acordada 13/05 de la CNACAF y, en consecuencia, acompañar el formulario de la acordada referida. Dicho recurso, el cual tiene efecto devolutivo, deberá presentarse en soporte papel ante la Mesa General de Entradas de este Banco, de lunes a viernes de 10 a 15 horas y estar dirigido a la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. Para la compulsa de las actuaciones se deberá concurrir a esta Gerencia sita en Reconquista 250, P. 6° OF. 8602, de esta ciudad, de lunes a viernes de 10 a 13 horas, con un pendrive a los efectos de incorporar a dicho soporte el material solicitado. Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial.

Diego Humberto Pécora, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero - Pablo Federico Sirolli Bethencourt, Analista Coordinador, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.

e. 02/11/2026 N° 81654/26 v. 04/11/2026