Resolución 465/2026 / SECRETARÍA GENERAL
Acepta renuncia de Osvaldo Javier Sosa al cargo de Administrador General de la Residencia Presidencial de Olivos
Organización internaResumen
La Resolución acepta, a partir del 17 de septiembre de 2026, la renuncia de Osvaldo Javier SOSA como Administrador General de la Residencia Presidencial de Olivos. Además instruye realizar el pago de la liquidación final.
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SECRETARIA GENERAL
Sanción: 20 de octubre de 2026B.O. 36018Ver en InfoLeg ↗
Modifica a
- Decreto 279/2024 · PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
- Resolución 233/2026 · SECRETARIA GENERAL
Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2026
VISTO el EX-2026-91166724--APN-CGD#SGP, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, los Decretos Nros. 101 del 16 de enero de 1985 y 279 del 25 de marzo de 2024 y la Resolución Nº 233 de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN del 4 de junio de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO, tramita la solicitud de renuncia a partir del 17 de septiembre de 2026, del señor Osvaldo Javier SOSA (D.N.I. Nº 33.377.497) en el cargo de Administrador General de la Residencia Presidencial de Olivos de la Administración de Servicios Generales de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante el Decreto Nº 279/24 se designó a partir del 7 de marzo de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al señor Osvaldo Javier SOSA (D.N.I. Nº 33.377.497) en el cargo de Administrador General de la Residencia Presidencial de Olivos de la Administración de Servicios Generales de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios y cuya última prórroga operó mediante Resolución SGP Nº 233/26.
Que el agente mencionado presentó su renuncia mediante NO-2026-90944323-APN-AGRPO#SGP a partir del 17 de septiembre de 2026.
Que las áreas técnicas competentes informan que el causante no presenta cargos pendientes de rendición patrimonial, ni registra deudas.
Que la Subsecretaría Legal de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN informó que el agente no se encuentra vinculado a sumarios administrativos en trámite.
Que en consecuencia y, no existiendo objeciones que formular, resulta procedente la aceptación de la misma.
Que resulta necesario se instruya a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN respecto al correspondiente pago de la liquidación final a favor del agente mencionado.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría Legal de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º inciso c) del Decreto Nº 101/85 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por aceptada, a partir del 17 de septiembre de 2026, la renuncia presentada por el señor Osvaldo Javier SOSA (D.N.I. Nº 33.377.497) en el cargo de Administrador General de la Residencia Presidencial de Olivos de la Administración de Servicios Generales de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 2º- Instrúyese a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a realizar el pago de la liquidación final a favor del agente mencionado.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Karina Elizabeth Milei
e. 22/10/2026 N° 78305/26 v. 22/10/2026