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Disposición 438/2026 / AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA MENDOZA

Dispone dejar sin efecto la Disposición DI-2026-427 y autoriza nueva subasta electrónica

Alcance general
viernes, 30 de octubre de 2026·Disposición·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La norma deja sin efecto la Disposición DI-2026-427 y su Anexo, por error material involuntario en las bases de subasta. Luego autoriza la venta de mercaderías en modalidad electrónica, con nuevo valor de base y fecha de subasta.

Análisis regulatorio

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Anexos

Texto completo

1A. Sección, Mendoza, 23/10/2026

VISTO la Disposición DI-2026-427-E-ARCA-ADMEND#SDGOAI y el Anexo IF-2026-03299494-ARCA-OMSRSSUMMEND#SDGOAI; y

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 15 de octubre de 2026, se suscribió la Disposición DI-2026-427-E-ARCA-ADMEND#SDGOAI, cuyo Anexo IF-2026-03299494-ARCA-OMSRSSUMMEND#SDGOAI forma parte integrante.

Que, efectuada una nueva revisión del mencionado Anexo, se advirtió la existencia de un error material involuntario en la consignación de los valores correspondientes a las bases de subasta de la mercadería.

Que, en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la citada Disposición y su Anexo integrante, a fin de subsanar el error detectado.

Que, a tal efecto, se ha confeccionado un nuevo Anexo, identificado como IF-2026-03377331-ARCA-OMSRSSUMMEND#SDGOAI, en el cual se consignan los valores correctos correspondientes a las bases de subasta de la mercadería, el que forma parte integrante de la presente.

Que, las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catálogo correspondiente con el detalle de los valores de base, descripción y fotografías de los bienes, se encuentra disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.

Que, la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto n.º 953/2024 y la Ley 25.603

Por ello,

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADUANA DE MENDOZA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Disposición DI-2026-427-E-ARCA-ADMEND#SDGOAI y su correspondiente Anexo IF-2026-03299494-ARCA-OMSRSSUMMEND# SDGOAI.

ARTICULO 2°.- AUTORIZAR la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben, con la debida antelación y bajo modalidad electrónica, por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, al NUEVO VALOR DE BASE y con las observaciones que en cada caso se indican en Anexo IF-2026-03377331-ARCA-OMSRSSUMMEND#SDGOAI, que forma parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 3º.- La subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuara bajo modalidad electrónica a través de la pagina web del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/ de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 19 de noviembre de 2026.

ARTÍCULO 4º.- Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de 1 (un) día como así también en el sitio web oficial de la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO.

ARTICULO 5°: Regístrese, comuníquese. Dese intervención a la División Investigación y Operativa, Regional Aduanera Cuyo. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese.

Juan Daniel Sergio Tapia

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/10/2026 N° 80964/26 v. 30/10/2026