DeQuéSeTrata

Resolución 131/2026 / INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE

INYM: ratifica y prorroga inscripción/actualización en registro para designación de directores

Alcance general
viernes, 30 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

El Directorio del INYM ratifica la Disposición 03/2026 del Presidente y prorroga hasta el 11 de diciembre de 2026 la fecha límite para la inscripción o actualización de entidades en el Registro para designar directores del INYM. Dispone su publicación y comunicación a la Gerencia y al Órgano de Fiscalización interno.

Análisis regulatorio

🔒 Para usuarios registrados

Analizamos el impacto regulatorio real de esta norma: score, sectores, jurisdicciones y actores afectados.

Texto completo

Posadas, Misiones, 27/10/2026

VISTO: las actuaciones “Expte. INYM Nº 1702/2026 – Convocatoria de Entidades para Elección de Miembros del Sector Privado del Directorio”, y;

CONSIDERANDO:

QUE, el INYM como Ente de Derecho Público No Estatal creado por Ley 25.564, se encuentra dirigido y administrado por un Directorio conformado por doce Directores que representan a los sectores públicos y privados propios de la actividad, y constituye su máximo órgano de decisión.

QUE, por resolución 99/2026 se convocó a las a las Entidades y Asociaciones que integran los sectores de la actividad yerbatera indicados en el Artículo 6° de la Ley 25.564, a inscribirse en el Registro de Entidades y Asociaciones Privadas Habilitadas para la Designación de Directores del INYM, establecido por resolución 59/2004 de este Instituto.

QUE, dicha convocatoria incluye a las Entidades y Asociaciones que ya se encuentran inscriptas en el mencionado Registro, a los fines que actualicen la documentación presentada en su oportuna inscripción, mediante copia certificada de la Personería jurídica actualizada, memoria y balance aprobadas correspondiente al último ejercicio y Autoridades vigentes de la entidad.

QUE, la mencionada Resolución 99/2026 fijó el día 23 de Octubre de 2026 como fecha límite para que las entidades y asociaciones procedan a su inscripción y/o actualización en el Registro referido y presenten la documentación correspondiente.

QUE, por Disposición N° 03/2026 del señor Presidente de INYM se prorrogó “ad referéndum” de este Directorio, la fecha límite para la inscripción o actualización según correspondiere de los antecedentes en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”, disponiéndose como nueva fecha el día 11 de diciembre de 2026, todo con fundamento en la petición de los interesados y con el afán de posibilitar la mayor participación de asociaciones y entidades del sector yerbatero, lo que permitió dar continuidad al plazo que concluía el 23 de octubre de 2026.

QUE, dicho acto dispuso dar cuenta de su contenido a este Directorio para su tratamiento y consideración en la primera sesión que se realice, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 15, inciso f), del Estatuto del INYM y en el artículo 11, inciso f), del Reglamento Interno, por lo que la misma fue informada en la reunión del día de la fecha.

QUE, el tema fue tratado en reunión de Subcomisión de Fiscalización de fecha 21/10/2026, emitiendo dictamen que sugiere prorrogar el plazo para la presentación de entidades hasta el día 11 de diciembre de 2026, como asimismo el dictado de una disposición del Presidente que instrumente la mencionada prórroga, debiendo darse amplia difusión de la prórroga que se determine.

QUE, el artículo 15, inciso f), del Estatuto del INYM, aprobado por Resolución INYM Nº 70/2004, y el artículo 11, inciso f), del Reglamento Interno, aprobado por Resolución INYM Nº 01/2002, contemplan las facultades de la Presidencia para resolver asuntos urgentes y dar cuenta de lo actuado al Directorio en la primera sesión que se celebre.

QUE, en función a dicha autorización legal, y en atención a las circunstancias descriptas en los considerandos de la Disposición 03/2026 y los argumentos expresados en el dictamen de la subcomisión de fiscalización del día 21/10/2026, corresponde su consideración.

QUE, el tratamiento de la cuestión cumple con las normas estatutarias y reglamentarias mencionadas, por lo que corresponde ratificar la Disposición del señor Presidente del INYM, compartiendo los fundamentos expresados en sus considerandos y el dictamen de la Subcomisión de Fiscalización.

QUE, desde el INYM siempre se ha considerado que en todo proceso institucional debe asegurarse la mayor participación posible de propuestas, ideas e intereses, promoviéndose la intervención efectiva de todas las entidades que se desenvuelven en la actividad yerbatera.

QUE, la extensión del plazo de convocatoria otorgado a las entidades no obstaculiza el recambio de los representantes de los sectores privados del Instituto dentro del tiempo previsto en la Ley.

QUE, el Departamento de Asuntos Jurídicos ha tomado intervención para el dictado del presente instrumento.

QUE, la presente Resolución se dicta en cumplimiento de lo establecido en el Título IV de la Ley 25.564 y el Art. 13º del Estatuto del INYM.

QUE, el INYM se encuentra facultado para aplicar las medidas necesarias a fin de hacer cumplir la Ley 25.564, su decreto reglamentario 1240/02 y las disposiciones que en su consecuencia se dicten relacionadas con sus objetivos, según se desprende de lo dispuesto en los Arts. 4 y 5 de la Ley 25.564.

POR ELLO,

EL DIRECTORIO DEL INYM

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE, en todos sus términos y con los alcances establecidos en la presente Resolución, la Disposición N° 03/2026 del señor Presidente del INYM de fecha 23/10/2026, dictada en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 15, inciso f), del Estatuto del INYM, aprobado por Resolución INYM Nº 70/2004, y el artículo 11, inciso f), del Reglamento Interno, aprobado por Resolución INYM Nº 01/2002.

ARTICULO 2°: PRORROGASE hasta el día 11 de diciembre de 2026 la fecha límite para la inscripción o actualización de antecedentes según correspondiere, en el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la designación de Directores del INYM”, debiendo cumplimentarse con los requisitos establecidos en la Resolución 99/2026 del INYM, publicada en el Boletín Oficial el día 08/09/2026.

ARTICULO 3º: REGÍSTRESE. Publíquese por UN (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina, en medios de comunicación de amplia difusión de la zona productora de las provincias de Misiones y Corrientes y en el sitio web institucional del INYM. Comuníquese a la Gerencia y al Órgano de Fiscalización interno. Cumplido, ARCHIVESE.

Denis Alfredo Bochert - Elian Roberto Genski - Kevin H. Knott - Roberto Ferreyra - Luis Oscar Konopacki - Maria Soledad Fracalossi - Carlo L. Czajkowski - Manuel Caset - Gerardo Daniel Lopez - Rodrigo Martín Correa

e. 30/10/2026 N° 81205/26 v. 30/10/2026