Disposición 2/2026 / MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGÍA
Incorpora eventos cardiovasculares a la notificación obligatoria (SNVS 2.0)
Reforma regulatoriaResumen
La Disposición incorpora tres eventos cardiovasculares a la Nómina de Eventos de Notificación Obligatoria: Insuficiencia Cardíaca Descompensada, Accidente Cerebro Vascular e Infarto Agudo de Miocardio. Además, fija el canal de notificación para dos de ellos mediante el SNVS 2.0.
Análisis regulatorio
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Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2026
VISTO el Expediente EX-2026-86914930-APN-DGD#MS, la Ley N° 15.465 del 29 de septiembre de 1960, el Decreto N° 3640 del 19 de mayo de 1964, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Resolución Ministerial N° 2827 del 15 de noviembre de 2022 y la Disposición N° 1 del 29 de abril de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que por la Disposición N° 1 del 29 de abril de 2026 se sustituyeron los Anexos I y II de la Resolución Ministerial N° 2827/2022 —los cuales contienen, respectivamente, la “Nómina de Eventos de Notificación Obligatoria” en los términos de la Ley N° 15.465 y el “Manual de Normas y Procedimientos de Vigilancia y Control de Eventos de Notificación Obligatoria”.
Que el dinamismo del contexto epidemiológico, el conocimiento sobre los riesgos sanitarios y la revisión permanente de las acciones de salud pública hacen necesaria la actualización periódica de la Nómina de Eventos de Notificación Obligatoria, resultando oportuno profundizar el abordaje de las patologías crónicas mediante la incorporación de nuevos eventos de alto impacto sanitario.
Que las enfermedades cardiovasculares constituyen la principal causa de muerte en Argentina y en el mundo.
Que, en este sentido, resulta de interés prioritario obtener información sobre las características demográficas y epidemiológicas de la población que sufra eventos cardiovasculares mayores, la incidencia de las internaciones por dicha causa y la demanda de procedimientos durante las mismas, a fin de construir indicadores de calidad de atención, eficiencia y gestión de recursos.
Que, para ello, se propone establecer la vigilancia de las internaciones por Infarto Agudo de Miocardio (IAM), Accidente Cerebrovascular (ACV) e Insuficiencia Cardíaca Descompensada (ICM), mediante la implementación de la notificación obligatoria.
Que, la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles ha prestado su conformidad técnica.
Que han tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICAS DE SALUD, la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN SANITARIA y la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha emitido opinión en el marco de su competencia.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el Decreto N° 1138/2024 y sus modificatorios y la Resolución N° 2827/2022.
Por ello,
LA DIRECTORA DE EPIDEMIOLOGÍA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. — Incorpóranse a la Nómina de Eventos de Notificación Obligatoria aprobada por la Resolución Ministerial N° 2827/2022, cuyo Anexo I fuera sustituido por la Disposición N° 1/2026, los eventos “Insuficiencia Cardíaca Descompensada”, “Accidente Cerebro Vascular” e “Infarto Agudo de Miocardio”.
ARTÍCULO 2°. - La notificación de los eventos “Insuficiencia Cardíaca Descompensada”, y “Accidente Cerebro Vascular” se realizará a través del Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS 2.0).
ARTÍCULO 3°. - La notificación del evento “Infarto Agudo de Miocardio” continuará realizándose a través de su respectivo sistema de registro vigente.
ARTÍCULO 4°. - La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Cecilia Gonzalez Lebrero
e. 15/10/2026 N° 76272/26 v. 15/10/2026