Decreto 1284/2026 / CONTRATOS
Aprueba Modelo de Contrato de Préstamo BID 6198/OC-AR para PROSEFE
Alcance generalResumen
Se aprueba el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR por hasta USD 400 millones destinado al PROSEFE. Además, se faculta al Ministerio de Economía y al Secretario de Finanzas para suscribir y acordar modificaciones no sustanciales, y se designa al Ministerio de Seguridad como organismo ejecutor.
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Anexos
Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-94780091-APN-DGDA#MEC y el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR destinado a cooperar en la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Federal en Argentina (PROSEFE)” propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Federal en Argentina (PROSEFE)”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS MILLONES (USD 400.000.000).
Que el objetivo general del citado Programa consiste en contribuir a reducir el delito y la violencia asociados al Crimen Organizado (CO), a través del fortalecimiento de las capacidades de las instituciones de seguridad federal.
Que los objetivos específicos del Programa son: (i) aumentar la efectividad de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA (PFA) para investigar delitos asociados al CO; (ii) mejorar la efectividad del despliegue territorial de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA (GNA) y la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (PNA) en áreas priorizadas y en la frontera norte y (iii) mejorar la efectividad del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL (SPF) para gestionar los centros penitenciarios federales.
Que el referido Programa se desarrollará a través de CUATRO (4) componentes: i) Fortalecimiento de la capacidad investigativa de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, ii) Fortalecimiento de la seguridad en áreas priorizadas y en la frontera norte, iii) Fortalecimiento de la gestión penitenciaria federal y iv) Fortalecimiento Institucional del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
Que la ejecución y la utilización de los recursos del Préstamo serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, a través de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL que actuará como responsable con competencia técnica en la materia y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, la cual estará a cargo de la gestión de aspectos financieros, de adquisiciones, presupuestarios y de seguimiento y monitoreo del Programa.
Que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA se expidió sobre el impacto en la Balanza de Pagos internacionales de operaciones con organismos internacionales de crédito y manifestó que la dimensión de la operación bajo análisis “implica un impacto limitado en términos macroeconómicos sobre los flujos de la balanza de pagos internacionales” y, por ende, concluye que dicho impacto “será acotado y consistente con la dinámica prevista para las operaciones externas”.
Que, por su parte, la OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO del MINISTERIO DE ECONOMÍA informó que no tiene objeciones que formular en relación con el financiamiento requerido “en función de que el costo financiero del préstamo de referencia, basado en la información disponible y los supuestos realizados, es inferior al que la República podría obtener en el mercado”.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMÍA, suscriba el Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, y al señor Secretario de Finanzas, en forma indistinta, para que en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA suscriban el Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR y su documentación adicional.
Que, asimismo, corresponde facultar al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, para que acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Federal en Argentina (PROSEFE)”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado Préstamo.
Que los servicios jurídicos permanentes han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 53 de la Ley N° 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014) y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS MILLONES (USD 400.000.000) destinado a financiar el “Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Federal en Argentina (PROSEFE)”, que como ANEXO I (IF-2026-101061145-APN-SSRFI#MEC) forma parte integrante del presente decreto. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como ANEXO II (IF-2026-82356715-APN-SSRFI#MEC) las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo” y como ANEXO III (IF-2026-82480118-APN-SSRFI#MEC), las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo”.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario o a los funcionarios que este designe, y al señor Secretario de Finanzas a suscribir en forma indistinta, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el artículo 1° del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía o al funcionario o a los funcionarios que este designe a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de Préstamo BID N° 6198/OC-AR cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1° de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Programa de Fortalecimiento de la Seguridad Federal en Argentina (PROSEFE)” al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, a través de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL que actuará como responsable con competencia técnica en la materia y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, la cual estará a cargo de la gestión de aspectos financieros, de adquisiciones, presupuestarios y de seguimiento y monitoreo del Programa.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Diego César Santilli - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 28/10/2026 N° 80529/26 v. 28/10/2026