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Disposición 274/2026 / AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO ADUANA BERNARDO DE IRIGOYEN

Autoriza venta en subasta electrónica de mercaderías en Aduana Bernardo de Irigoyen

Notificación
martes, 20 de octubre de 2026·Disposición·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Disposición autoriza la venta de mercaderías en estado en que se encuentran mediante subasta pública electrónica, a realizarse el 05/11/2026 a través de la web del Banco Ciudad. El Anexo integra los lotes con descripciones y valores base para la subasta.

Análisis regulatorio

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Anexos

Texto completo

Bernardo de Irigoyen, Misiones, 19/10/2026

VISTO, lo establecido en los Artículos N.° 417 y siguientes de la Ley N.° 22.415, la Ley N.° 25.603, el CONVE-2020-00621694-AFIP, y

CONSIDERANDO:

Que, el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al Convenio N.° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria;

Que, la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Aduanera, en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, comunicaron la inclusión en la subasta electrónica N.° 3.973, a realizarse el día 05/11/2026, de la mercadería detallada en el Anexo N.°IF-2026-03328652-ARCA SSUMADBEIR_SDGOAI.

Que, las mercaderías pertenecientes a los Lotes N.° 23082GSM000093 y 23082GSM000094, detalladas en dicho ANEXO, fueron ofrecidas oportunamente en la Subasta N.° 3.669 de fecha 28/08/2025, resultando sin postor y que de acuerdo a lo dispuesto en el Art. N.° 431 Apartado II de la Ley N.° 22.415 e Instrucción General N.° 007/2004, se procede a ofrecer la misma a un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada;

Que, respecto de la mercadería de los Lotes N.° 23082GSM000093 y 23082GSM000094, perteneciente a los EXPEDIENTES FPO. N.° 5.502/2023 y 5.503/2023, el Juzgado Federal de Eldorado ordena, mediante los Oficios N.° 700/2024 y 731/2024, que: “...para evitar el irremediable deterioro de la mercadería, conservando su valor patrimonial corresponde registrarla a disposición de la Dirección General de Aduanas, autorizando su subasta...”;

Que, mediante Nota N.° NO-2025-00637856-AFIP-DIRANE#SDGOAI, la Dirección Regional Aduanera elevó una consulta al Instituto Nacional de Alimentos (INAL), a efectos de requerir su intervención conforme a lo establecido en la Disposición ANMAT N.° 10088-E/2017, respecto de los Lotes N.° 23082GSM000093 y 23082GSM000094; y que, en respuesta, mediante Nota N.° NO- 2025-28410969- APN-DFYC#ANMAT, dicho organismo informó que los productos consultados pueden ser comercializados en una subasta pública;

Que, el presente acto, coadyuva al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos y la reducción de los costos por almacenaje de las mercaderías cuya guarda y custodia tiene encomendada;

Que, la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el visto;

Que, las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/;

Que, ha tomado conocimiento la División Evaluación y Control de Procesos Operativos Regionales de la Dirección Regional Aduanera Noreste y la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera;

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N.° 618/1997 del 10 de Julio de 1997.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR DE LA ADUANA DE BERNARDO DE IRIGOYEN

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben — con la debida antelación y bajo modalidad electrónica—, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo N.° IF-2026-03328652-ARCA-SSUMADBEIR_SDGOAI que integra la presente.

ARTICULO 2º.- La subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica a través de la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 05 de Noviembre de 2026.

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la intervención de su competencia. Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día. Cumplido, archívese.

Jose Antonio Maidana

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/10/2026 N° 77723/26 v. 20/10/2026