Resolución 349/2026 / JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
Prórroga y adecuación de objetivos de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Grandes Proyectos Urbanos”
Alcance generalResumen
Se prorroga la vigencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Grandes Proyectos Urbanos” hasta el 9 de diciembre de 2027. Además, se sustituyen sus objetivos, ampliando funciones de articulación, coordinación, asesoramiento y formulación de marcos metodológicos vinculados a proyectos urbanos.
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Texto completo
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-75418800- -APN-DACYGD#AABE, la Ley complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus modificaciones, la Ley N° 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, los Decretos Nros. 1382 de fecha 13 de agosto de 2012, 167 de fecha 2 de marzo de 2018 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, todos ellos con sus modificatorios y complementarios, las Resoluciones Nros. 107 de fecha 23 agosto de 2024 y 78 de fecha 29 de septiembre de 2026, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 108 de la Ley N° 27.431 y sus normas modificatorias, incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2014) y sus modificatorias, la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, pudiendo ser prorrogadas siempre que estén previstas en el Presupuesto del año siguiente al vencimiento del plazo.
Que, asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias, en los términos del artículo 108 de la Ley N° 27.431, y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional, actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1382/12 y sus modificatorias, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado actualmente en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el Órgano Rector, centralizador de toda actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorias se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que mediante la Resolución Nº 107/24 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se creó la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE GRANDES PROYECTOS URBANOS”, con dependencia de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE), organismo descentralizado de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la citada resolución, dicha Unidad quedaría disuelta a los DOS (2) años de su entrada en vigencia, estableciéndose su vencimiento para el 27 de agosto de 2026.
Que mediante la Resolución N° 78/26 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se delegó en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, el ejercicio de las competencias inherentes a la creación y administración de dichas Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias.
Que, en tal sentido y en virtud de que las circunstancias que dieron origen a la creación de la citada Unidad Ejecutora Especial Temporaria se encuentran en pleno curso de ejecución y que sus objetivos no se encuentran agotados, deviene indispensable que la misma mantenga su vigencia.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO cuenta con los créditos presupuestarios necesarios para atender los gastos derivados de la prórroga de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE GRANDES PROYECTOS URBANOS”, conforme las previsiones de la Ley N° 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.
Que, en consecuencia, se considera pertinente prorrogar la vigencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE GRANDES PROYECTOS URBANOS”, dependiente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con el objeto de continuar llevando adelante las acciones y proyectos que motivaron su creación.
Que resulta pertinente ceñir la prórroga requerida a las limitaciones del presente ejercicio gubernamental, determinando su caducidad el día 9 de diciembre de 2027 coincidiendo con la expiración del mandato constitucional de la actual administración.
Que, asimismo, resulta menester adecuar los objetivos asignados a la citada Unidad Ejecutora Especial Temporaria a las políticas públicas a ser desarrolladas por la presente gestión de gobierno.
Que las áreas competentes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la debida intervención.
Que la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO y la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.
Que los servicios jurídicos permanentes han intervenido en el marco de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Resolución N° 78 de fecha 29 de septiembre de 2026 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Por ello,
LA SECRETARIA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del vencimiento del plazo previsto en el artículo 4° de la Resolución N° 107 del 23 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y hasta el 9 de diciembre de 2027, la vigencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE GRANDES PROYECTOS URBANOS”, dependiente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución N° 107 del 23 de agosto de 2024 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS por el siguiente:
“ARTÍCULO 2º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE GRANDES PROYECTOS URBANOS” tendrá como objetivos:
1. Articular las relaciones de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, con los organismos de la Administración Pública Nacional, de los gobiernos de las provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de los municipios para el diseño, ejecución y evaluación de programas y Grandes Proyectos Urbanos, que por su dimensión y/o particularidades requieran un tratamiento específico por parte de la Agencia.
2. Coordinar un plan de trabajo con las unidades de la Agencia con el fin de procurar cumplir con el desarrollo de Grandes Proyectos Urbanos y/o programas considerados como estratégicos.
3. Dirigir la elaboración del marco metodológico, técnico y conceptual para la formulación de los planes para Grandes Proyectos Urbanos en coordinación con las áreas de la Agencia y de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, respetando los estándares internacionales para la creación y conservación de espacios verdes en zonas urbanas, así como culturales, deportivas y educativas, atendiendo a una planificación orientada a mejorar el nivel de vida de los ciudadanos.
4. Asesorar a las áreas competentes de la Agencia en la elaboración de contratos, convenios y todo tipo de acuerdos o instrumentos necesarios para la organización y ejecución de Grandes Proyectos Urbanos.
5. Coordinar el análisis de la normativa urbanística, ambiental y administrativa que posibilite el desarrollo de los Grandes Proyectos Urbanos, en coordinación con las áreas de la Agencia con competencia en la materia.
6. Promover vínculos con actores públicos y privados del ámbito del desarrollo urbanístico sustentable y de la innovación y con las áreas de la Administración Pública Nacional competentes en la materia, para elaborar acciones y programas que potencien el desarrollo de Grandes Proyectos Urbanos, para lograr el agregado de valor a los mismos a través de la interacción económica y social.
7. Coordinar la realización de reuniones de trabajo que amplíen los enfoques y expectativas de diversos actores sociales a los fines de incorporar en la formulación de los programas y los Grandes Proyectos Urbanos las opiniones y propuestas de los sectores empresariales, de los trabajadores, de las organizaciones sociales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, de las entidades intermedias y de otros actores de la sociedad civil vinculados a las temáticas de urbanización y otras que se le asignen.”
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Entidad 205 – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mariana Vello
e. 30/10/2026 N° 81286/26 v. 30/10/2026