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Resolución 375/2026 / INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

INCUCAI: normas y procedimientos para trasplante renal y donación renal cruzada

Reforma regulatoria
lunes, 26 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Resolución aprueba nuevas normas, procedimientos, criterios y modelos para la gestión de la lista de espera renal y la donación renal cruzada, incorporando además requisitos y consentimientos informados. Deroga las Resoluciones INCUCAI 435/2017 y 341/2021 y establece su vigencia al día siguiente de la publicación.

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Anexos

Texto completo

Ciudad de Buenos Aires, 22/10/2026

VISTO el EX-2026-27127717-APN-DCT#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, el Decreto Reglamentario Nº 16/2019 y las Resoluciones INCUCAI Nros. 435 de fecha 10 de octubre de 2017 y 341 de fecha 26 de noviembre de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27.447, son funciones del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) dictar las normas técnicas para la obtención y utilización de órganos, tejidos y células para implante y la habilitación de establecimientos y autorización de equipos de profesionales.

Que mediante la Resolución INCUCAI Nº 435/2017 se aprobó el PROGRAMA DE DONACIÓN RENAL CRUZADA, cuya implementación ofrece una alternativa terapéutica que contempla la donación renal proveniente de donante vivo relacionado en caso de incompatibilidad biológica donante-receptor.

Que, a través de la Resolución INCUCAI Nº 341/2021, se aprobaron las normas y procedimientos para la práctica de ablación e implante de riñón y uréter; habilitación de programas de trasplante; gestión de la lista de espera y criterios de distribución.

Que analizada la aplicación de las referidas normativas y atento a la experiencia recogida a través del tiempo transcurrido, resulta necesario efectuar una serie de modificaciones tendientes a optimizar y agilizar las diferentes etapas del proceso de donación, trasplante y seguimiento post-trasplante renal y trasplantes combinados con dicho órgano, así como también mejorar la accesibilidad al trasplante renal cruzado.

Que la COMISIÓN ASESORA DE TRASPLANTE RENAL y el COMITÉ DE BIOÉTICA DEL INCUCAI, han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas incumbencias.

Que la DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN ha desarrollado las modificaciones y adecuaciones en el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE (SINTRA), a fin de incorporar los cambios establecidos en la norma.

Que la presente resolución ha sido tratada por la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTE (COFETRA), conforme lo previsto en el artículo 61 de la Ley N° 27.447, en la reunión llevada a cabo el 11 de marzo de 2026.

Que las DIRECCIONES CIENTÍFICO TÉCNICA, MÉDICA y de ASUNTOS JURÍDICOS, han tomado la intervención de su competencia.

Que la medida que se adopta se dicta en el marco de las facultades conferidas por el artículo 57, apartados 4 y 5 de la Ley N° 27.447.

Que el presente tema se trató en reunión de Directorio el 22 de octubre de 2026, conforme surge del Acta N° 42.

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébense las “NORMAS PARA LA HABILITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS PARA TRASPLANTE RENAL”, que como ANEXO I (IF-2026-100815474-APN-DCT#INCUCAI) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º: Apruébense los “PROCEDIMIENTOS PARA LA GESTIÓN DE LISTA DE ESPERA RENAL”, que como ANEXO II (IF-2026-100819374-APN-DCT#INCUCAI) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º: Apruébense los “CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN Y ASIGNACIÓN DE ÓRGANOS PROVENIENTES DE DONANTES FALLECIDOS”, que como ANEXO III (IF-2026-100822089-APN-DCT#INCUCAI) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º: Apruébense los requisitos de la “DONACIÓN RENAL CRUZADA”, que como ANEXO IV (IF-2026-100824620-APN-DCT#INCUCAI) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º: Apruébense los modelos de “CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL PROGRAMA DE DONACIÓN RENAL CRUZADA”, que como ANEXO V (IF-2026-100828049-APN-DCT#INCUCAI) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º: El incumplimiento de lo dispuesto en la presente hará pasible a los infractores de las sanciones previstas en la Ley Nº 27.477, de conformidad a lo estipulado en el artículo 53 y concordantes del citado cuerpo legal.

ARTICULO 7º. – Dispónese que será de aplicación para los ciudadanos extranjeros que requieran las prácticas reguladas por la presente norma, la Resolución INCUCAI Nº 33/2023 o aquella que un futuro la modifique o sustituya.

ARTÍCULO 8º: Deróguense las Resoluciones INCUCAI Nros. 435/2017 y 341/2021.

ARTÍCULO 9º: La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 10º: Regístrese. Notifíquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido, archívese.

Gabriela Hidalgo - Richard Malan

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/10/2026 N° 79050/26 v. 26/10/2026