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Resolución 43/2026 / CÁMARA NACIONAL ELECTORAL

Aprueba supresión y reemplazo de circuitos electorales en La Punta (San Luis)

Reforma regulatoria
miércoles, 28 de octubre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La Cámara Nacional Electoral aprueba la supresión del Circuito Electoral 0003 “La Punta” y su sustitución por los circuitos 0003A, 0003B, 0003C y 0003D, con delimitaciones cartográficas anexas. Dispone comunicaciones a la justicia electoral y registra/gestiona la actualización en los sistemas electorales.

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Anexos

Texto completo

Ciudad de Buenos Aires, 27/10/2026

VISTO el expediente “S” 43/2026 caratulado “Registro Nacional de Divisiones Electorales s/distrito SAN LUIS s/ subdivisión de circuito electoral (Municipio de La Punta)”, elevado en virtud de lo previsto por el artículo 40 del Código Electoral Nacional, y

CONSIDERANDO:

1º) Que a fs. 116/118, el Juzgado Federal con competencia electoral de San Luis eleva para consideración del Tribunal el anteproyecto de subdivisión del circuito electoral 3 “La Punta”, Sección Electoral 001 - Departamento de Juan Martín de Pueyrredón, con el propósito de facilitar el ejercicio del voto de sus habitantes y mejorar el ordenamiento del tránsito durante la jornada electoral, debido al crecimiento demográfico de la localidad.

2º) Que a fs. 122/126 obra el informe técnico elaborado por la Unidad de Geografía Electoral. Sobre la base de la propuesta confeccionada por la Secretaria Electoral del distrito y conforme lo establecido por los criterios Nº 3, 4, 6, 8, 9, 10, 12 y 14 -del Anexo I de la Acordada Nº 49/2020 CNE-, se prevé la supresión del Circuito Electoral 0003 “La Punta”, y su posterior sustitución por los Circuitos 0003A “La Punta”, 0003B “La Punta”, 0003C “La Punta” y 0003D “La Punta”, Sección Electoral 001 - Departamento de Juan Martín de Pueyrredón.

3º) Que, con la intervención de la Unidad de Geografía Electoral del Tribunal, el anteproyecto aludido cumple actualmente con los lineamientos técnicos previstos para su integración en el Sistema de Información Geográfica (S.I.G.).

Cabe destacar que en las presentes actuaciones obra la información de los locales de votación y la documentación cartográfica correspondiente.

4º) Que, por otra parte, resulta pertinente señalar que han tomado conocimiento el señor Intendente de la Ciudad de La Punta (fs. 100/101), el señor Gobernador de la Provincia de San Luis (fs. 102/103), el señor Ministro de Gobierno (fs. 104/105), el Juzgado Electoral Provincial (fs. 109/110) y las agrupaciones políticas con reconocimiento en el distrito (fs. 58/99).

5º) Que, finalmente, no puede pasarse por alto que la modificación de circuitos conlleva numerosas tareas registrales y de administración electoral, las que deben realizarse con la suficiente antelación. Por ello, y sin perjuicio de la prosecución del trámite de las presentes actuaciones, resulta ineludible disponer que tales tareas se realicen a partir de la fecha de la comunicación de la presente, ad referendum de la resolución definitiva sobre la cuestión.

Por todo lo expuesto, la Cámara Nacional Electoral

RESUELVE:

1º) Aprobar el anteproyecto de supresión del Circuito Electoral 0003 “La Punta”, que será sustituido por los Circuitos 0003A “La Punta”, 0003B “La Punta”, 0003C “La Punta” y 0003D “La Punta”, Sección Electoral 001 - Departamento de Juan Martín de Pueyrredón, cuya representación y delimitación cartográfica obran como Anexos I y II de la presente.

2º) Hacer saber al Juzgado Federal con competencia electoral de San Luis lo previsto en el considerando 5º de la presente.

3º) Remitir las actuaciones al Poder Ejecutivo Nacional.

Regístrese, notifíquese al Juzgado Federal con competencia electoral de San Luis, tómese nota en el Sistema de Gestión Electoral (SGE), publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y ofíciese al Poder Ejecutivo Nacional.

Alberto R. Dalla Vía - Santiago H. Corcuera - Daniel Bejas

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/10/2026 N° 80429/26 v. 28/10/2026