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Resolución Sintetizada 431/2026 / SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Aprueban lineamientos y requisitos contables para seguros colectivos de retiro de renta variable

Reforma regulatoria
miércoles, 30 de septiembre de 2026·Resolución·Administrativo·Ver en boletinoficial.gob.ar ↗

Resumen

La SSN aprueba lineamientos para “Seguros Colectivos de Retiro de Renta Variable Vinculada a Activos” y exige a las entidades incluir en las Notas contables el detalle de reservas matemáticas y saldos de activos vinculados. Además habilita a superar porcentajes del Estado de Cobertura previstos en el Reglamento General.

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Texto completo

SINTESIS: RESOL-2026-431-APN-SSN#MEC Fecha: 28/09/2026

Visto el EX-2026-90676549-APN-GA#SSN...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los lineamientos para los “Seguros Colectivos de Retiro de Renta Variable Vinculada a Activos”, que obran como Anexo I (IF-2026-90696205-APN-GTYN#SSN) de la presente Resolución. ARTÍCULO 2º.- Establécese que las entidades que comercialicen “Seguros Colectivos de Retiro de Renta Variable Vinculada a Activos”, deberán incorporar en las Notas a los Estados Contables el detalle de las reservas matemáticas de cada póliza y de su correspondiente saldo del conjunto de activos vinculados. Para cada grupo de pólizas bajo el mismo activo vinculado, deberá detallarse: i. Reserva Matemática de Seguros Colectivos de Retiro de Renta Variable Vinculada a Activos: $ - ii. Valuación del activo vinculado al cierre de ejercicio: $ - ARTÍCULO 3º.- Establécese que, para los “Seguros Colectivos de Retiro de Renta Variable Vinculada a Activos”, se podrán superar los porcentajes establecidos en los puntos 35.8. y 35.9. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN Nº 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014) para el cálculo del Estado de Cobertura. ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.

e. 30/09/2026 N° 71736/26 v. 30/09/2026