REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·RIGI · transporte ferroviario y tecnología
Modernizar trenes y vías ya existentes ahora cuenta como construcción para entrar al RIGI
El Decreto 748/2026 precisa que renovar, sustituir, transformar o desarrollar infraestructura ferroviaria preexistente califica como construcción, y fija cuándo una obra ferroviaria o un nuevo producto tecnológico cuenta como ampliación de un proyecto no adherido.
Por Nicolás Yacoy · Director editorial
Decreto 748/2026 · PODER EJECUTIVOBoletín Oficial · 2026-08-18Publicado por DQST · 18 de ago de 2026

Antes
No estaba regulado si arreglar o modernizar infraestructura ferroviaria existente computaba como construcción a efectos del RIGI, ni bajo qué condiciones un proyecto tecnológico ampliaba por sumar un producto nuevo.
Después
Las obras de renovación, sustitución, transformación o desarrollo sobre infraestructura ferroviaria existente y accesoria computan como construcción; en ferroviario la ampliación exige un aumento verificable de la capacidad de transporte, y en Tecnología un nuevo producto amplía si supera USD 250.000.000, tiene vida útil de mercado de hasta 10 años y al menos 50% de componentes distintos por valor económico.
Arreglar lo viejo ya no queda afuera del régimen
El decreto precisa que las actividades del Sector de Infraestructura ferroviaria alcanzan las intervenciones que recaen sobre infraestructura preexistente cuando la renuevan o incorporan nueva infraestructura, y no solo la conservan.
Quedan expresamente incluidas la renovación de vías de una traza existente, la duplicación de vías, la rehabilitación de ramales no operativos, la renovación integral de puentes y de sistemas de señalamiento, entre otras obras. La sola conservación o mantenimiento no computa.
El criterio para ampliar un proyecto ferroviario ahora es medible
Una obra sobre infraestructura preexistente configura ampliación cuando produce un incremento verificable de la capacidad de transporte respecto de la existente antes del proyecto.
Ese incremento debe determinarse cuantitativamente sobre parámetros técnicos objetivos, que fijen la capacidad previa y el aumento resultante.
En Tecnología, un producto nuevo amplía si cruza tres umbrales
USD 250.000.000 es la inversión mínima computable para que la incorporación de un nuevo producto cuente como ampliación de un proyecto tecnológico preexistente.
A ese piso se suman una vida útil de mercado del producto de hasta 10 años, al menos 50% de componentes distintos por valor económico y un Informe Técnico de Ciclo de Vida Útil de profesional independiente.
REFORMA·▲ EL ESTADO AVANZÓ · REGULA·Administración Pública Nacional centralizada

El empleado estatal que se va cobra hasta 20 sueldos y no puede volver por 8 años
El Decreto 1203/2026 abre del 1 al 30 de noviembre de 2026 un retiro voluntario para la planta permanente y los contratados por tiempo indeterminado de la APN centralizada, con una gratificación de egreso de hasta 18 a 20 sueldos según el grupo o del 60% mensual por hasta 36 meses.
Decreto 1203/2026 · 19 OCT
REFORMA·Registro de la Propiedad Inmueble · CABA

Comprar un inmueble a nombre de una sociedad obliga a declarar quién es el dueño real
La Disposición 11/2026 del Registro de la Propiedad Inmueble porteño crea un Formulario de Declaración Jurada de Beneficiario Final que el escribano debe generar y adjuntar cuando una persona jurídica adquiere un inmueble, y a cambio deroga cuatro disposiciones técnicas previas y la vieja declaración del profesional.
Disposición 11/2026 · 19 OCT
REFORMA·▼ EL ESTADO RETROCEDIÓ · DESREGULA·SENASA · control fitosanitario de buques

Un solo reglamento y 72 horas: así cambian los controles a buques de riesgo
La Resolución 872/2026 reemplaza cuatro normas por un solo régimen contra la polilla esponjosa y obliga a los agentes marítimos a declarar el arribo en el sistema SIG-RES con 72 horas de antelación.
Resolución 872/2026 · 16 OCT
REFORMA·▲ EL ESTADO AVANZÓ · REGULA·Comisión Nacional de Valores · Cripto

Las plataformas de cripto ya no pueden operar sin inscribirse en la CNV
La Resolución General 1172/2026 obliga a los proveedores de servicios de activos virtuales a registrarse antes de operar, sostener un patrimonio neto mínimo de hasta U$S 150.000 según categoría y dejar de usar por cuenta propia los fondos de sus clientes.
Resolución General 1172/2026 · 15 OCT