Dictamen de mayoría
Aprobar con modificacionesTexto propuesto (3 artículos)
Sustituye · art. 1 · Ley 24.898
Artículo 1°. Modifícase el Artículo 1º de la ley 24898 sobre Información sobre la Intensidad de la Radiación Ultravioleta, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- El Servicio Meteorológico Nacional suministrará, junto con la información climática, datos referidos a la intensidad de la radiación solar ultravioleta en todas las zonas del país.”
Sustituye · art. 2 · Ley 24.898
Artículo 2°. Modifícase el Artículo 2º de la ley 24898 sobre Información sobre la Intensidad de la Radiación Ultravioleta el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- La información a que se refiere el artículo anterior estará a disposición de todos los medios masivos de comunicación social y de la población en general y su divulgación será obligatoria para todas las emisoras integrantes de la cadena oficial de radiodifusión y televisión.”
Artículo 3°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.