DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE CAMPAÑAS PERMANENTES DE CONCIENTIZACION SOBRE PREVENCION DE ENFERMEDADES DE TRANSMISION SEXUAL.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1990/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Campañas permanentes de concientización sobre prevención de enfermedades de transmisión sexual. Artículo 1º - Campañas de concientización. Se dispone la realización de campañas publicitarias permanentes de concientización sobre las medidas para prevenir las enfermedades de transmisión sexual. Art. 2º – Destinatarios. Las campañas deben dirigirse principalmente a los sectores más afectados, entre ellos los jóvenes. Art. 3º - Instrumentación. Las campañas se instrumentarán a través de: a) cortos publicitarios en medios de comunicación en los términos que autoriza el artículo 76 de la ley 26.522; que se emitirán con la frecuencia y horarios necesarios para lograr la formación de opinión en torno a la gravedad y consecuencias que estas enfermedades implican; b) textos publicitarios acompañados de imágenes gráficas que ayuden a captar la atención del público, los cuales se exhibirán en establecimientos de enseñanza de todos los niveles, públicos y privados con subvención estatal; medios de transporte público de pasajeros y oficinas y edificios públicos; c) publicaciones en sitios web y redes gestionadas por los organismos públicos y VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” d) cualquier otro formato que el avance tecnológico aconseje. Art. 4º - Objetivos. Dentro de los objetivos de la campaña quedan comprendidas las siguientes acciones: a) informar sobre programas de prevención y promoción y los dispositivos con los que cuenta el Ministerio de Salud de la Nación sobre enfermedades de transmisión sexual; b) informar a la población sobre los riesgos a la salud que derivan del no uso de preservativos, del uso indebido de sustancias como alcohol y drogas ilícitas; c) cambiar las normas culturales sobre el uso de preservativos y sugerir estrategias para resistir el uso del mismo. Art. 5º - Difusión por medios digitales. La Secretaría de Comunicación y Medios podrá optar por sumar la difusión a través de Internet, emitiéndose los anuncios de campaña en los portales o plataformas digitales considerados más convenientes. Art. 6º - Contenidos. El Ministerio de Salud será el organismo responsable de los contenidos de la campaña, aportando información, datos estadísticos y documentación sobre esta temática. Art. 7º - Adhesión. Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley. Art. 8º - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Eduardo H. Galaretto.- Pablo D. Blanco.- Luis A. Juez.- Carolina Losada. Edith E. Terenzi.- Andrea M. Cristina. - VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”

Expediente
1990/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
9 de octubre de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidente: Es preocupante el aumento de los casos de enfermedades de transmisión sexual que se registra en nuestro país en los últimos años. Las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), como su nombre lo indica, son infecciones que pasan de una persona a otra durante una relación sexual (vaginal, anal u oral) y pueden producir enfermedades. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) cada día, más de un millón de personas entre 15 y 49 años contrae una infección de transmisión sexual que se puede curar; la mayoría de estas enfermedades no causan síntomas. A modo de ejemplo vale enunciar los datos aportados por un estudio realizado por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en el año 2024 y que resalta que entre 2003 y 2022 se notificaron 35.113 casos de infección por VIH en efectores de la ciudad de Buenos Aires. En la última década, el promedio anual de nuevos diagnósticos es de alrededor de 1.500: un 60% corresponde a residentes de la ciudad (20.205 personas) y un 40% a residentes de otros distritos, mayormente del área metropolitana. El 48,1% de los casos de los residentes fue reportado por efectores del subsector público, con un ascenso proporcional creciente año a año, que fue del 27% en 2003 al 52% en 2022. Otro dato de interés surge de la Dirección de Estadística e Información de Salud (DEIS): en 2022 se reportaron 113 muertes específicamente atribuidas a HIV, con mayoría de sexo masculino (69) y con una media y una mediana de edad de 59,7 y 60 años respectivamente. El promedio VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” de muertes anuales en los últimos diez años es 148. Sin embargo, se considera que existe un subregistro de la mortalidad asociada a las HIV. Por su lado, en la Revista Actualizaciones en SIDA en Infectología (ASEI), sitio de divulgación de la Fundación Huésped y la sociedad Argentina de Infectología, se informa que la sífilis muestra, en ambos sexos, un sostenido crecimiento que la llevó de 11,7 casos c/100 mil hab. en 2013 a 50,4 en 2018; 57,6 casos c/100 mil hab. para las mujeres mientras que en los varones llega a 45,2 casos c/100 mil hab. Las mayores tasas de notificación se observaron en grupos etarios de adolescentes y adultos jóvenes. En igual sentido el Ministerio de Salud de la Nación informa en el año 2023 un mayor número de casos de sífilis reportados en los grupos de 20 a 24 años, seguido de 25 a 29 años y 30 a 34 años, con una tasa de incidencia de 219, 185 y 126 casos cada 100.000 habitantes respectivamente. (Ver Boletín Epidemiológico septiembre 2024). Las enfermedades de trasmisión sexual pueden presentar diversos síntomas, o desarrollarse con ausencia de ellos. Por eso las infecciones de trasmisión sexual pueden pasar desapercibidas hasta que la persona sufre complicaciones o se diagnostica a su pareja. Datos de la OMS afirman que más allá del efecto inmediato de la infección, las ITS pueden tener consecuencias graves: • La transmisión de una ITS de la madre al hijo puede causar muerte prenatal o neonatal, prematuridad e insuficiencia ponderal del recién nacido, septicemia, conjuntivitis neonatal y anomalías congénitas. • La infección por el virus del papiloma humano causa cáncer de cuello uterino y otros tipos de cáncer. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” • La hepatitis B causó más de un millón de defunciones en 2022, principalmente por cirrosis o carcinoma hepatocelular. • Algunas ITS, como la gonorrea y la clamidya, son causas importantes de enfermedad inflamatoria pélvica y esterilidad femenina. Es por ello fundamental la prevención de las ITS en consejería sobre conductas de riesgo, medidas de prevención como por ejemplo el uso adecuado de preservativos, vacunación contra el HPV y hepatitis B. La mayoría de las ITS se previenen usando preservativo, peneano o vaginal, durante todas las relaciones sexuales, orales, anales y vaginales. En el caso de la hepatitis B, existe una vacuna efectiva para prevenirla que ya se encuentra incluida en el Calendario Nacional de Vacunación, desde el año 2000, en el cual también está incluida la vacuna para el HPV que la deben recibir los niños y niñas a los 11 años. Según una encuesta de riesgo realizada por Aids Healthcare Fundation (AHF) para Latinoamérica y el Caribe hace 10 años el preservativo se utilizaba en el 37 por ciento de las relaciones sexuales y ahora está por debajo del 15 por ciento. A nivel país el 14,5 % de las personas lo usan siempre, el 65% en algunas oportunidades y el 20% no lo usa nunca. La realidad es que, el preservativo, en la actualidad continúa siendo el principal método para prevenir enfermedades de transmisión sexual y por eso las campañas deben enfocarse principalmente en su utilización. Casi siempre el no uso del preservativo responde a cuestiones culturales y creencias tales como el desconocimiento o dudas sobre su capacidad de prevención de ITS, la reducción del placer sexual y la erección, la VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” educación sexual, el abuso de sustancias como alcohol y drogas ilegales, entre otras. Las campañas de prevención que proponemos en este proyecto de ley están enmarcadas en los artículos 1º inc. f) y 6º inc. a) de la ley nacional 25673. Otros factores pueden aumentar también el riesgo de contraer una infección de trasmisión sexual como: • Tener contacto sexual con varias parejas. • Tener antecedentes de infecciones de transmisión sexual. • Tener relaciones sexuales contra de su voluntad. • Abusar del alcohol o consumir drogas ilícitas recreativas. • Inyectarse drogas ilícitas. El Ministerio de Salud como órgano rector de las políticas sanitarias es quien tiene las facultades para establecer los contenidos de estas campañas tomando en consideración los programas, datos estadísticos e información sanitaria con los cuales cuenta y la normativa vigente en la materia. Creemos que, especialmente, los jóvenes no disponen de información permanente y de calidad y no distinguen las fuentes fiables para tomar decisiones. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Los datos señalados ponen en evidencia la necesidad de poner en la agenda este problema y desarrollar una política nacional activa para el control de las ITS en pos de mejorar la salud de la población. Sin más, queda fundamentado el presente proyecto, solicitando su pronta aprobación. Eduardo H. Galaretto.- Pablo D. Blanco.- Luis A. Juez.- Carolina Losada. Edith E. Terenzi VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/

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