Fundamentos del proyecto
Señora Presidente:
Presento esta iniciativa con el propósito de atender de manera urgente
y proponer desde el Poder Legislativo Nacional, una herramienta a la
justicia de nuestro país para el abordaje de este delito tan aberrante
como lo es la trata de personas.
Los argentinos aún estamos en shock ante la noticia de la desaparición
del niño de cinco (5) años Loan Danilo Peña, de la ciudad de 9 de julio,
provincia de Corrientes; quien falta de su hogar desde el pasado 13 de
junio del corriente año.
La trata de personas es una de las violencias más graves que se imprime
a una parte de la población, en particular, a su sector más vulnerable.
Viola en su totalidad el paradigma de derechos humanos, ya que trata
al individuo como objeto o mercancía.
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Además de la pérdida de dignidad del ser humano hay que contemplar
que la trata de personas integra los llamados delitos de la delincuencia
transnacional y es uno de los tres que mayor rentabilidad genera, junto
con el narcotráfico y el tráfico de armas.
Estamos ante un grupo delictivo organizado que funciona durante cierto
tiempo, actúa concertadamente con el propósito de cometer uno o más
delitos graves y que tiene como mira obtener directa o indirectamente,
un beneficio económico u otro beneficio de orden material.
Hacerse cargo de una problemática que durante muchos años sólo era
contemplada por sectores minoritarios no es una acción aislada en la
gestión de los gobiernos, sino que se enmarca en una totalidad de
políticas que poseen una cuestión de fondo: promover la autonomía del
sujeto. Autonomía que se traduce en la participación concreta en la
sociedad que forma parte, como actor y protagonista. Para eso, es
esencial el real conocimiento de los mecanismos y las instituciones que
rigen su funcionamiento.
La República Argentina asumió el compromiso de combatir el delito de
Trata de Personas promulgando el 29 de abril de 2008 la ley 26.364 de
“Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus
Víctimas”, modificada a su vez por la ley 26.842 y promulgada el 27 de
diciembre de 2012. Con la creación de esta norma el Estado Nacional
dio cumplimiento a obligaciones internacionales asumidas con
antelación.
En el año 2002, Argentina ratificó el “Protocolo para Prevenir, Reprimir
y Sancionar la Trata de Personas, especialmente mujeres y niños, que
complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Transnacional”, también conocido como
Protocolo de Palermo (Italia).
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En concordancia con ello, se promulgó la citada ley 26.364 que permitió
incorporar el delito de Trata de Personas al Código Penal de la Nación
(Ver CPN, Libro II, Título V, Capítulo I, art. 145 bis y ter.), dotando al
sistema legal de un marco preventivo, represivo y asistencial para hacer
frente al delito con el fin de erradicarlo.
La sanción de la ley habilitó la creación de organismos gubernamentales
que se ocupan de la persecución del delito, asistencia y
acompañamiento a las víctimas desde el momento mismo del rescate
en los lugares de explotación, esto último abordado desde un enfoque
multidisciplinario, con equipos técnicos especializados que garantizan
que las víctimas reciban apoyo psicológico, médico, asesoramiento
jurídico y conocimiento de sus derechos en tanto que son víctimas de
un delito y no responsables por la comisión del mismo.
Cualquiera sea el caso, lo importante es la identificación, visualización y
la toma de decisiones eficaces para el desbaratamiento y posterior
castigo de estas organizaciones.
De esta manera hoy enfrentamos la realidad lacerante de la trata de
personas, una expresión máxima de la violación de derechos humanos
que posiciona a nuestro país como lugar de ofrecimiento, captación,
traslado, recepción o acogimiento y explotación de victimas de trata de
personas en especial niños y mujeres.
Dando un paso más a fondo en el camino emprendido con estas
iniciativas legales, propongo en este proyecto la creación de secretarías
judiciales especiales como institución esencial y preponderante para la
lucha contra el delito de trata de personas, con la finalidad de dar una
rápida y efectiva respuesta en el marco de las investigaciones y posterior
desbaratamiento de estas organizaciones.
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Creemos que la complejidad de este delito requiere una respuesta
interdisciplinaria y coordinada que involucre a varios actores de la
sociedad, por ello la creación de estas secretarías específicas dentro del
fuero federal y el trabajo articulado entre todos los organismos públicos
resulta fundamental para garantizar la celeridad y eficiencia necesarias
a la hora de enfrentar a estas organizaciones delictivas que se mueven
con una logística e inteligencia inmediatas, eficaces y con alto nivel de
profesionalización e impunidad.
Si bien es cierto que los delitos de narcotráfico y trata de personas van
de la mano en cuanto a su comisión, la inteligencia, logística y actores
son totalmente diferentes, por lo que se requiere un abordaje
especializado, con la infraestructura, coordinación y profesionales
adecuados para atender las complejidades y especificidades de este
delito.
La trata de personas, especialmente de mujeres y niños, para
someterlos a trabajos forzosos y a la explotación, incluida la explotación
sexual, es una de las violaciones más atroces de los derechos humanos
a que hace frente la República Argentina en la actualidad.
Se trata de un fenómeno muy difundido que se agrava cada vez más.
Tiene sus raíces en las condiciones sociales y económicas de los países
de origen de las víctimas y se ve facilitado por las prácticas
discriminatorias contra la mujer e impulsado por la cruel indiferencia ante
el sufrimiento humano de parte de los que explotan los servicios que las
víctimas están obligadas a prestar. El destino de esas personas más
vulnerables es una afrenta para la dignidad humana y un grave problema
para todo Estado, todo pueblo y toda comunidad.
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Argentina debe seguir asumiendo un rol preponderante en la lucha
contra este delito, fortaleciendo la cooperación internacional para
socavar la capacidad de los delincuentes internacionales y ayudar a
salvaguardar la seguridad y la dignidad de los ciudadanos, sus hogares
y comunidad en su conjunto.
Cabe destacar, que la presente iniciativa tiene origen en similares
proyectos de ley presentados por las senadoras nacionales por mi
provincia, Cristina Fiore Viñuales y Nora del Valle Giménez.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares que acompañen este
Proyecto de Ley.-
Sergio N. Leavy. - María I. Pilatti Vergara. - Carlos A. Linares. -
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