Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional
Presentado
Media sanción
actual
Con dictamen (revisora)
Sancionado
Promulgado
Giro a comisión (1)
EDUCACIÓN Y CULTURAcabecera
Texto del proyecto
Texto base: dictamen de mayoría — el articulado original del proyecto todavía no está estructurado.
Artículo 1°
Establézcase como Fiesta Nacional del Mate y la Amistad, a la festividad que se realiza en el mes de septiembre de cada año en la ciudad de Gobernador Ingeniero Valentín Virasoro, situada en el departamento de Santo Tomé, de la provincia de Corrientes.
Artículo 2°
Inclúyase la Fiesta Nacional que se declara en el artículo 1° de la presente ley, en el calendario turístico y cultural nacional, y dispóngase su difusión por medio de los organismos con competencia en la materia.
Artículo 3°
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dictámenes de comisión (1)
- Orden del Día 139/26Senado de la Nación Argentina27/08/2026Mayoría · Aprobar con modificaciones · 9 firmas
Documentos (1)
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