DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE DEROGA DIVERSAS LEYES QUE REGULAN ACTIVIDADES ECONOMICAS AGRARIAS.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0624/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1º: Derógase la Ley N° 26.737. Artículo 2º: Derógase la Ley N° 18.600. Artículo 3º: Derógase la Ley N° 18.905. Artículo 4º: Derógase la Ley N° 22.667. Artículo 5º: Derógase la Ley N° 18.770. Artículo 6º: Derógase la Ley N° 12.916. Artículo 7º: Derógase la Ley N° 18.859. Artículo 8º: Derógase la Ley N° 19.990. Artículo 9º: Derógase la Ley N° 21.608. Artículo 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Juan C. Romero

Expediente
624/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
18 de abril de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidente: El presente Proyecto de Ley deroga distintas regulaciones referidas a actividades económicas agrarias, como la producción de azúcar,/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” algodón y vino, muchas de ellas surgidas en la década del 70, como respuesta a una coyuntura puntual, coyuntura que dista mucha de ser la actual. Resulta imperioso revertir la situación de estancamiento y empobrecimiento en la que se encuentran sumidas nuestras economías regionales desde hace décadas, las cuales estuvieron regidas por erráticas políticas oficiales, y que han tenido como norte un intervencionismo distorsivo. Una de las claves para superar este contexto es la eliminación de numerosas regulaciones que ahogan a las fuerzas productivas de nuestro país. Por ello, se deben sortear definitivamente los obstáculos legales que nos llevaron a una indebida injerencia del Estado. Acrecentar las actividades productivas, expandiendo la producción y propiciando la inversión, son objetivos a alcanzar para sacar a la economía de un viejo letargo. Llevar adelante una desregulación de la actividad agropecuaria, promoviendo nuestros productos al mundo de manera inteligente y estratégica y brindando el mejor escenario para la llegada de inversiones, es la salida certera del estancamiento de nuestras economías y nuestra gente. El presente Proyecto de Ley promueve la derogación de distintas normativas regulatorias y de promoción que no cumplieron con las expectativas pensadas 50 años atrás, sino todo lo contrario. Estas desregulaciones están contempladas en el DNU 70/2023 vigente. Recordemos que dicho Decreto fue rechazado recientemente por ésta cámara, y se encuentra a la espera de su tratamiento en Diputados. Frente a los hechos, resulta fundamental dar seguridad jurídica a los argentinos, promoviendo que dichas desregulaciones sean debatidas y consensuadas por ambas Cámaras./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Se propone la derogación de la Ley N° 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, (Ley de Tierras); de la Ley N° 18.600, de la Ley N° 18.905 y de la Ley N° 22.66, relativas a la política vitivinícola nacional, que prevé, por ejemplo, la fijación anual del cupo nacional de producción de vino. Contempla la derogación de la Ley N° 18.770 que regula el régimen de entregas de azúcar para consumo interno por parte de los productores; de la Ley N° 21.608 de Promoción Industrial de la Presidencia del Gobierno de Facto de Jorge Rafael Videla, que en los hechos hoy deroga aspectos residuales, ya que ha sido modificada en gran parte de las gestiones de gobiernos democráticos. Se deroga la Ley N° 12.916, sobre la creación de la Corporación Nacional de Olivicultura; la Ley N° 19.990, que establece una política regulatoria para el cultivo y comercialización del algodón y, por último, se deroga la Ley N° 18.859 sobre el transporte y comercialización de productos destinados a la alimentación del ganado. La derogación de las leyes mencionadas, la gran mayoría con origen en la década del 70, promulgadas por presidentes como Levingston, Lanusse, Onganía, Videla y Bignone, apunta definitivamente a terminar con el corsé de la regulación de precios, cupos, burocracia, falta de transparencia, que no hizo más que marcar el destino desafortunado de las economías regionales, y con ellas, las de miles de productores y consumidores de nuestro país. Por todo lo expuesto, solicito a mis Pares que acompañen el presente Proyecto de Ley. Juan C. Romero/final_de_pagina/

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