DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

DECLARASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA ECONOMICA, FINANCIERA, FISCAL, PREVISIONAL, DE SEGURIDAD, DE SALUD, TARIFARIA, ENERGETICA, ADMINISTRATIVA Y SOCIAL HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024.

DECLARAR LA EMERGENCIA PÚBLICA NACIONAL EN MATERIA ECONÓMICA, FISCAL, PREVISIONAL, DE SEGURIDAD, DEFENSA, TARIFARIA, ENERGÉTICA, SANITARIA, ADMINISTRATIVA Y SOCIAL ARTÍCULO 1.- Declaración. Plazo. Se declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2024. Este plazo puede ser prorrogado por el Congreso Nacional por un máximo de un (1) año. Todas las disposiciones que no sean de emergencia son permanentes y no caducan. Esta ley contiene delegaciones legislativas al Poder Ejecutivo nacional en determinadas áreas de administración y emergencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 76 de la Constitución Nacional, según las bases de delegación establecidas aquí y por el plazo mencionado anteriormente. Las normas que se dicten en el ejercicio de esta delegación serán permanentes, excepto cuando la naturaleza de la medida determine su carácter transitorio y así se disponga expresamente. ARTÍCULO 2.- Bases de la Delegación. Además de las bases establecidas en otros artículos, las bases específicas de la legislación son las siguientes: a. Promover y asegurar la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia y competencia, con respeto a la propiedad e iniciativa privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes y servicios. b. Establecer la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y procurar eliminar todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como cualquier requisito normativo que distorsione los precios de mercado. c. Promover la reactivación productiva mediante: i) la eliminación de las restricciones a la competencia, la creación de empleo y la e. Fortalecer el servicio civil de la Administración Pública nacional. A tal fin se deberá establecer un sistema de acceso y ascenso en la función pública a través de la realización de concursos abiertos integrados con jurados jerarquizados, en los que se valore la capacidad y la idoneidad de los postulantes. La carrera administrativa deberá cumplir con: i) altos estándares de integridad; ii) capacitación continua; iii) sistemas de evaluación del desempeño; f. Desburocratizar y simplificar la normativa que rige a la Administración Pública nacional, eliminando, a tal fin, toda gestión dispendiosa, en protección de la dignidad de los habitantes de la Nación y de todos sus derechos, promoviendo el funcionamiento dinámico y eficaz de la gestión pública, a través de prestaciones profesionales, útiles y de alta calidad. g. Ordenar y regular el Sistema de los Contrataciones Públicas en un único cuerpo normativo, con el objeto de lograr una contratación pública profesionalizada, estratégica, sustentable, íntegra, transparente, sujeta al control cívico, electrónica, eficiente, eficaz, que garantice mediante la regla de la licitación o concurso público, la mayor concurrencia y sana competencia entre oferentes, previendo para cuando correspondiere el criterio adjudicación de valor por dinero. h. Transformar, modificar, unificar o eliminar asignaciones específicas, fideicomisos o fondos fiduciarios públicos creados por normas con rango legal, inclusive los destinados a subsidios, revisando su procedencia y destino para lograr una mayor racionalidad, eficiencia, eficacia, transparencia y control de la utilización de los recursos públicos. i. Regular y reordenar el sector energético en función de: i) la apertura de la exportación de hidrocarburos y sus derivados, de forma ágil y segura, a fin de lograr la mayor cantidad de participantes en la industria, debiendo el Estado asegurar las condiciones de suministro para todos los usuarios; ii) adecuar y recomponer las tar El artículo 3 trata sobre la forma en que se presenta la información en los documentos.

Expediente
5336-D-2023
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
22 de febrero de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor Presidente: El presente Proyecto de Ley tiene como objeto la Declaración de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, de salud, tarifaria, energética, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2024 en nuestro País. Señor Presidente lo que hoy estamos planteando con esta Ley para la reactivación económica de Argentina, no es un hecho aislado. A modo de síntesis podemos citar: - En el año 2019 el ex Presidente Alberto Fernández envió al Congreso el proyecto de Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva declarando “la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social” hasta el 31 de diciembre de 2020, es decir por un año, y con la posibilidad de que sea prorrogada, como ocurrió en casos anteriores. - El 6 de enero de 2002, el ex presidente, Eduardo Duhalde, promulgó la ley de “Emergencia pública y reforma del régimen cambiario”. Esta ley declaraba la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria. Es de destacar que esta Ley fue prorrogada consecutivamente en los gobiernos posteriores, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2017, es decir, hasta la mitad del mandato de Mauricio Macri. Es decir, que a todos los Gobiernos se le han brindado las herramientas necesarias para poder implementar las políticas en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social para lo cual habían sido elegidos por la voluntad popular. Tal cual lo he expresado en otras oportunidades, hoy nuestro País se encuentra inmerso en una de las crisis económicas más importantes de nuestra historia y es de vital importancia brindarle al Poder Ejecutivo Nacional las herramientas necesarias para sacar a nuestro País Absolutamente nadie puede negar que en las últimas elecciones en la Argentina, se eligió un nuevo paradigma, un nuevo gobierno basado en principios libertarios, que ha surgido tras el fracaso sistemático de los modelos tradicionales que nos han gobernado. Y nosotros como representantes del Pueblo, no podemos estar ajenos a este momento histórico que estamos viviendo, no podemos ser ajenos al dolor de nuestro Pueblo, debemos poseer un rol activo para lograr los objetivos brindando las herramientas necesarias para garantizar la gobernabilidad. Señor Presidente, estoy totalmente convencido que existe un solo camino para recuperar la Argentina. Y sin lugar a dudas estamos en el camino correcto. Por lo anteriormente expuesto es que le solicito a mis pares el acompañamiento del presente Proyecto de Ley. Julio Moreno Diputado de la Nación

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