Fundamentos del proyecto
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto modificar el sistema de registración automotor, su régimen jurídico y la creación de un Registro Único Nacional Digital (RUNDA), terminar con los Registros Seccionales que dejarán de existir, facilitar los trámites a los ciudadanos, reducir costos y terminar con los mecanismos de intermediación ineficientes.
A partir de la implementación de un mecanismo de autogestión digital, se optimizarán y agilizarán las inscripciones, registraciones, patentamiento y transferencias de autos, camiones, camionetas, ómnibus y colectivos, sus respectivos remolques y acoplados, maquinaria vial, motovehículos, maquinarias agropecuarias y todos aquellos que se autopropulsen, reduciendo costos y burocracia con una administración segura y eficiente del Sistema Registral Automotor.
El nuevo Registro otorgará transparencia y seguridad jurídica, con el consecuente control estatal en la registración automotor y el carácter constitutivo que se le otorga a la transmisión dominial, eliminando definitivamente la estructura de intermediación enquistada en nuestro país que solo beneficia a unos pocos en perjuicio de todos.
Las modificaciones propuestas, contienen cuatro puntos claves:
1) La creación de un REGISTRO UNICO NACIONAL, que simplifica la totalidad de los trámites relacionados prescindiendo de las delegaciones Seccionales de los Registros Automotores que no resultan necesarias. Tenemos presente que la referida intermediación no existe en ningún país del mundo.
Una plataforma de fácil acceso funcionando los 365 días del año y por el sistema de autogestión a través de la cual el trámite deviene simple, rápido y económico. Por otra parte, se centraliza la registración Nacional con el beneficio de contar con toda la información y control centralizado eliminando la instrumentación dispersa por todas.
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Con la unificación de bases de datos en una misma plataforma se brinda también mayor seguridad jurídica general.
2) Arancel UNICO, con una sola erogación a cargo del ciudadano por el servicio registral, no relacionado con el valor del bien a transferir. La disminución de costos favorecerá a los de menos recursos quienes podrán tener la posibilidad de acceder a las transferencias comprendidas que hoy resultan inaccesibles. Asimismo, beneficia el orden de recursos que hoy se llevan en un 80% los titulares de registros, o sea particulares especialmente beneficiados en desmedro de todos los argentinos.
Se terminan los formularios en papel, actos presenciales y la tramitación de acciones por los diferentes organismos, con el correspondiente pago de innumerables costos.
Con el sistema propuesto se beneficia al ciudadano con un sistema moderno acorde al siglo XXI, ahorrándole tiempo y recursos.
3) La implementación de una PATENTE UNICA para toda la vida vinculada a la persona y no al vehículo, el pago anual único de patente no relacionada al valor del vehículo.
4) Adecuación de los procesos a las nuevas tecnologías que permitirán al ciudadano acceder a todos los datos necesarios, para realizar sus transferencias e inscripciones que estarán cargados en una PLATAFORMA UNICA REGISTRAL, que contendrá todo lo relativo a registración automotor con trazabilidad de datos.
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REGIMEN NORMATIVO VIGENTE. Antecedentes tecnológicos
El contexto socio político actual, exige una reforma sustancial del Régimen Jurídico del Automotor, norma que nació con el Decreto- ley 6582/58, ratificado por la Ley 14.465 y que sufrió varias modificaciones con el dictado de sus posteriores, ley 21.053; 21338; 22.019; 22.130; 22.977; 23.077; 24. 673; 24.721; 25.232; 25.345; 25.677 y 26.348.-
Este plexo normativo, se fue complementado por un sin número de Disposiciones y Resoluciones de la Dirección Nacional de Propiedad Automotor, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que se hace necesario, actualizar y renovar el Régimen de Registración Automotor.
El primer paso hacia un proceso digital fue el Sistema Infoauto, sistema que debía ser un reflejo fiel de las constancias obrantes en el Legajo B.
El mismo empezó a utilizarse en algunos Registros Seccionales a partir del año 1989, y se implementó oficialmente por Resolución M.J. N° 347/1992, resultando un importante avance en la modernización de esos Organismos, en beneficio directo del Estado y los usuarios.
Dicho sistema se encontraba programado en Dbase, corriendo bajo el Sistema operativo D.O.S, Windows 95/98, mutando sus versiones hasta la última conocida, que fue el Infoauto III (2002).
El sistema, casi integral, permitía el cobro y expedición del recibo correspondiente para el usuario, luego del cobro de haber calificado y procesado el trámite rogado por el peticionario en el Legajo B correspondiente; se procesaba el mismo en el sistema Infoauto, capaz de confeccionar e imprimir la documentación requerida, Títulos, Cédulas e Informes.
La primera base
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dicho sistema manual era más sensible a errores humanos por el volumen de
información.
Por Disposición DN 188/05 se determinó que, las bases de datos del Sistema Integrado
de Anotaciones Personales en los Seccionales obrarían para su consulta en el sitio de
Internet www.registros.dnrpa.gov.ar, de acceso restringido a los RR.SS.
Esto fue el nacimiento de la primera base de datos centralizada online, en donde la
registración de una inhibición, en cualquier Registro Seccional del país, se podría
consultar en forma inmediata desde dicho sistema web.
El segundo sistema anexo que se crea para convivir con el Sistema Infoauto es el
ACRE. El mismo reemplaza a los pedidos para cambio de radicación solicitados
mediante Central de Fax, y lo hace de manera electrónica; al aceptar el dominial
recibido por el Registro de origen, el ACRE anexa dichos datos a la base de datos del
sistema Infoauto, evitando la multiplicidad de carga manual y minimizando los errores
de transcripción. Este sistema, como el infoauto, necesitaba de una transmisión
electrónica diaria, comunicando y recibiendo los datos desde la central en DNRPA.
El avance del tiempo y de los recursos tecnológicos se van volviendo obsoletos e
incompatibles a la mayoría de los sistemas; los nuevos sistemas operativos de
Microsoft y a la vez, la postura del mismo de dejar de dar soporte técnico,
actualizaciones y parches de seguridad de sus viejos sistemas, hacen inviable
mantener el sistema Infoauto, Acre; sumando a esto que la programación en la
actualidad y los componentes de software necesarios, cada vez requieren de más
soporte a nivel de hardware, y de las últimas actualizaciones de software.
Un nuevo Estado; un cambio de paradigma para los usuarios y los empleados en una
sociedad cada vez más exigente de servicios eficientes, dinámicos y certeros. En los
últimos años
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En su oportunidad, las nuevas tecnologías, las necesidades sanitarias y la modernización de los procesos, fueron incrementando de manera exponencial los trámites a distancia, en la mayoría de las reparticiones de la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Entidades Autárquicas en los tres niveles del Estado.
En igual sentido, se han desarrollado todas aquellas acciones que permiten promover la interoperabilidad e integración de los sistemas de gestión, con el fin de mejorar el control y la eficiencia, la transversalidad de los datos, para que el ciudadano no necesite aportar información que ya se encuentra en las bases de datos actuales de la administración.
Todo ello sin olvidar, el permanente compromiso asumido por el Estado, de desarrollar servicios en línea para los usuarios, cada vez más personalizados, flexibles y trazables, apoyados en criterios de accesibilidad. En este proyecto se propone dejar de trabar y encarecer los trámites que se pueden simplificar para dejar de utilizar la tecnología para uso de los agentes (encargados de Registros) por una plataforma accesible y dinámica para libre disposición de la gente.
ELIMINACIÓN DE TODA INTERMEDIACIÓN, COOPERACIÓN TÉCNICA Y FINANCIERA
A partir de las sanciones de las leyes 23.283 (promulgada el 29 de octubre de 1985 y 23.412 (promulgada el 10 de octubre de 1986) se creó un sistema de cooperación técnica financiera entre el Ministerio de Justicia de la Nación y ACARA (Asociación de Concesionarios Automotores de la República Argentina).
El ingreso de fondos que surgen de la venta de los formularios, chapas patentes, cédulas, títulos y la gestión registral, honorarios, convenio, etc. constituyen el fondo de cooperación técnica y financiera, que debe ser auditado por las propias autoridades del Ministerio de Justicia. Téngase en cuenta que el destino de esos fondos es extrapresup
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A lo largo de todos estos años y al visualizar el considerable nivel de ingresos que reportaba esta actividad, fueron creando cada vez más obligaciones registrales para todos los ciudadanos, ya sea por las inscripciones iniciales, transferencias, cambios de jurisdicción, renovaciones, duplicaciones, etc.
Esta actividad tercerizada genera un margen de rentabilidad importante. En las condiciones actuales su intervención no excede la mera intermediación, pues no incorpora valor al servicio.
En consonancia con la reforma del estado, planteada por el Poder Ejecutivo Nacional, se hace necesario la revisión y análisis de todos estos convenios y en función de lo expresamente establecido en la cláusula vigésimo cuarta del Convenio Marco entre el Ministerios de Justicia y Derechos Humanos y la Asociación de concesionarios de automotores de la República Argentina (ACARA), “el ministerio podrá en cualquier momento y sin expresión de causa rescindir el presente convenio, sin cargo alguno para el Estado Nacional, debiendo comunicar dicha decisión en forma fehaciente y con una antelación no menor a 90 días de la fecha de efectivización”.
Por su parte, la cláusula vigésimo séptima del referido Convenio establece las pautas que deberán llevarse a cabo para la liquidación y el destino del saldo existente en el fondo de cooperación técnica y financiera.
Asimismo, dentro de la Asociación de Concesionarios Automotores de la República Argentina, se crea una Empresa, denominada en su momento Servicios Computables S.A., hoy denominado E – Pagos, integrada con propio personal de ACARA y luego escindiría de la misma, cuyos accionistas reportan a los principales directivos de.
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ACARA, que se mantienen en los últimos 30 años (con algunas altas y bajas). Además de ello, la Asociación, comienza a desarrollar y suscribir convenios con distintas provincias y municipios para recaudar a través de los distintos trámites registrales la emisión y liquidación de deudas de patentes (SUCERP) para las provincias y el cobro de multas provenientes de infracciones de tránsito, SUGIT, para los Municipios, a cambio de un porcentaje sobre toda la recaudación que en algunos casos llegan al 30%.
Reitero, todos estos recursos, descontada la gestión de la empresa E- pagos, ingresaron en principio exclusivamente al patrimonio del Ente Cooperador, situación que se ha ido corrigiendo, a partir de distintas Disposiciones de la DNRPA, incorporando a todos esos Municipios en un esquema de Convenios con la propia DNRPA, para darle institucionalidad al sistema recaudatorio.
En relación al mercado de Motovehiculos, se creó en el año 2010, un nuevo sistema de patentamiento, con la carga de una preinscripción, donde los Concesionarios de Motovehiculos inician dicho trámite en el portal provisto por ACARA, donde luego, imprimen un formulario, denominado “permiso de Circulación provisorio”. En la oportunidad, si bien se vio favorecido el intercambio de bienes y generó un cambio positivo para la formalidad del mercado, ACARA agregó un gasto adicional a la venta de cada formulario (que es de autogestión), pero de carácter obligatorio, para los concesionarios, recaudación que tiene la particularidad de no integrar el “fondo de cooperación técnica y financiara” con el MDJYDH que determina la ley de Entes Cooperadores.
De este modo, ACARA, se constituye como un ente de posición dominante, que determina la creación de nuevos cargos,
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Su función no es más que una mera intermediación y no incorpora valor agregado al servicio. Resultando en una desproporcionalidad de costos, a cargo del usuario. Por esta razón se propone mantener exclusivamente la función técnica de Acara, eliminando su función y actividad financiera brindando la transparencia indispensable. Si bien desde un punto de vista estrictamente pragmático, los resultados de este sistema podrían haberse evaluado oportunamente como positivos en términos de eficacia, los aranceles han sufrido diversas modificaciones (Resol. 1513/1993 M.J., Res. 249/1994, Res. M.J y D.H. 396/2002, Res. M.J y D.H. 1981/2012), dando lugar a un aumento de gastos para el comprador y un correlativo ingreso para los ingresos de los encargados de registros
IMPACTO DE LA REFORMA EN ASPECTOS PRESUPUESTARIOS
Actualmente, las sumas recaudadas por los trámites de registración automotor, motos y máquinas agrícolas, del año 2022 ascendió a $ 60.000 millones y el año 2021 $ 48.000 millones. Sin duda, estamos ante uno más de los casos en los cuales, el Estado es el principal empleador “en negro”, y se hace necesario ordenarlo.
En el Ministerio de Seguridad de la Nación se pagan a más de 700 empleados por Contrato Marco, mediante incentivos por un total de $ 88 millones /mes, $ 1.056 millones, y por contratos aparte se pagan 358 sueldos más por un total de $ 72 millones/mes, $ 864 millones al año.
El Ministerio de Justicia y DD HH de la Nación se pagan incentivos y sueldos a más de 4.000 empleados.
El fondo de ACARA hoy está quebrado y no puede pagar ni incentivos ni sueldos referidos.
De todo lo que se recauda en los Registros, sólo entre el 20 % y el 30% va al Estado y de ese monto ACARA perc
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Sin duda, hay una situación en la cual se debe poner ORDEN y proponer el uso de un sistema que priorice el bienestar de la gente.
Un solo arancel de primer registro y pago de patente anual.
El costo para el ciudadano no debe superar el 1 % del valor del automotor.
No es posible continuar con un sistema que sólo beneficia a los particulares responsables de los Registros en perjuicio del Estado y de la gente.
En cuanto al impacto del personal de los Registros Automotores, quienes resultan personal dependiente de sus Encargados, debemos tener en cuenta que en promedio cuentan con dos empleados promedio por Registro Seccional. Como ocurre en circunstancias actuales en diversos sectores de la economía y actividades profesionales con la enorme influencia de la inteligencia artificial se presenta una realidad de reacomodarse a las demandas de distintas demandas de trabajo. Sin duda, no podemos dejar de priorizar el interés de los 46 millones de argentinos sobre el privilegio e interés de un mínimo sector.
UN SOLO ARANCEL DE PRIMER REGISTRO Y PAGO DE PATENTE ANUAL.
El costo para el ciudadano no debe superar el 1,5 % del valor del automotor.
No es posible continuar con un sistema que sólo beneficia a los particulares responsables de los Registros en perjuicio del Estado y de la gente.
La mejor propuesta es modificar todo el régimen, reacomodando el personal idóneo que se pueda en un área especial dentro de los Registros Civiles locales y analizar los impactos económicos con el aspecto tributario.
COMPARATIVA DE REGIMENES DE OTROS PAISES
A continuación, se presenta un cuadro con el resumen de la cantidad de trámites exigidos para tramitar la transferencia de un auto usado en cada país, indicando si el mismo es digital o presencial, la jurisdicción de la que depende, su costo en dólares y la duración total del proceso de transferencia.
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En Argentina, el país con mayores costos de la región
IMPUESTO DE SELLOS 3% VALOR DEL AUTO;
ARANCEL DE TRANSFERENCIA 1,5 % DEL VALOR DE AUTO NACIONAL
Y 2% DE LOS IMPORTADOS;
TODOS LOS DEMÁS ARANCELES ( FORMULARIOS) POR UN TOTAL DEL
0,5% AL 1 % DEL VALOR DEL AUTO;
IMPUESTOS DE AUTOS OK : En Argentina son del 45% más caros que en Chile.
Brasil los bajó de 35% a 17 %.-
ELIMINACION DE REQUISITOS
La modificación del sistema de registración automotor y la creación de un
Registro Único Nacional Digital (RUNDA), contiene además la simplificación y
eliminación de algunos requisitos que a lo largo de los años se fueron agregando, como
condición para hacer efectivo el trámite de inscripción inicial o transferencia de usados,
que si bien fueron pensados como herramientas de prevención de siniestros o de
delitos, pesan sobre los costos de tramitación y trasladan al ciudadano la ineficiencia
del Estado que debería ser con su poder de policía, quien procurara que las acciones
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que se pretende prevenir o evitar que no se lleven a cabo. Me refiero a la obligación
del grabado de cristales y autopartes y verificaciones policiales. Respecto al grabado
de autopartes y cristales, resultan obligaciones a cargo del ciudadano que encarece
los costos del trámite de registración, que no representa una solución integral al delito
que se pretende prevenir, que podrían subsanarse con adecuados controles en la vía
pública, cuya ejecución corresponde a las autoridades de tránsito respectivas.
Con el sistema actual, se transfiere un tema de seguridad, que debe estar
exclusivamente a cargo del Estado y es el Estado quien debe brindar las condiciones
básicas de seguridad y control para no requerir del ciudadano el hacerse cargo de
esas falencias.
Por otra parte, la verificación técnica vehicular se creó con el objeto de determinar si
un vehículo cuenta con las condiciones mínimas que garanticen su propia seguridad,
la de quienes transporta y la de los usuarios de la vía pública. Está sobradamente
probado estadísticamente que, a partir de la modernización del parque automotor, los
siniestros viales se producen: 1º) en su mayor porcentaje por fallas humanas, 2º) otro
porcentaje por el estado de caminos y rutas y 3º) en menor medida, dependen de un
desperfecto técnico del vehículo. El 95% de las causas de siniestros viales tienen una
causa que nada tiene que ver con el estado técnico del automotor.
Por tal motivo, se propone que la revisión técnica, actual VTV, sea reemplazada por
un único trámite a realizarse en talleres oficiales de cada marca, como se encuentra
previsto en el ordenamiento jurídico de su creación, al momento de efectuarse los
respectivos service mecánicos cada dos años a partir de los 60.000 km, a cuyo
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Un nuevo Estado; un cambio de paradigma para los usuarios y los empleados en una sociedad cada vez más exigente de servicios eficientes, dinámicos y certeros. En los últimos años hemos visto incrementarse exponencialmente la cantidad de usuarios de internet; ello debido a las nuevas tecnologías, a la ampliación de cobertura en diferentes regiones del país del servicio por distintos prestadores, y el menor costo de los dispositivos para acceder.
En su oportunidad, las nuevas tecnologías, las necesidades sanitarias y la modernización de los procesos, fueron incrementado de manera exponencial los Trámites a Distancia, en la mayoría de las reparticiones de la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Entidades Autárquicas en los tres niveles del Estado.
En igual sentido, se han desarrollado todas aquellas acciones que permiten promover la interoperabilidad e integración de los sistemas de gestión, con el fin de mejorar el control y la eficiencia, la transversalidad de los datos, para que el ciudadano no necesite aportar información que ya se encuentra en la base de datos actuales de la administración.
Todo ello sin olvidar, el permanente compromiso asumido por el Estado, de desarrollar servicios en línea para los usuarios, cada vez más personalizados, flexibles y trazables, apoyados en criterios de accesibilidad.
Si bien puede entenderse como una desventaja de desarticular toda esta estructura existe una realidad que nos impone adaptarnos a una modernidad del siglo como relaciona IA nos desafían a apartarnos como sociedad a la indispensable utilización de la tecnología para el verificado
El proyecto propuesto, va a beneficiar a los millones de argentinos que realizan trámites de inscripción y transferencias de automotores, camiones, tractores para semirremolque, camionetas, rurales, jeeps, furgones de reparto, ómnibus.
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microómnibus y colectivos, sus respectivos remolques y acoplados, todos ellos aun
cuando no estuvieran carrozados, las maquinarias agrícolas incluídas, tractores,
cosechadoras, grúas, maquinarias viales e industriales, motovehículos y todas
aquellas que se autopropulsen
Que la solución propuesta, se basa fundamentalmente en la autogestión, reducción de
costos para los usuarios, celeridad del trámite y evitar intermediaciones.
Con la puesta en marcha del sistema se ordena cuentas y el sistema impositivo,
evitando la configuración del hecho imponible de instrumentaciones que justifique
sellados.
Esto ha sido un avance en materia de suscripción de documentos digitales a distancia,
razón que motivó a que a partir de noviembre de 2023 comenzaron en forma parcial
realizarse la presentación, pago y gestión del trámite de Inscripción Inicial de
automotores de manera remota, es decir, sin la necesidad de que concurra a una
Oficina Registral, quedando vigentes un sin fin de presentaciones personales, en
convivencia con el sistema digital .
Ha comenzado un nuevo camino en la modernización y centralización del trámite, todo
en una pantalla que por ahora es una sección dentro del sitio web de la Dirección
Nacional de Registros de la Propiedad Automotor (DNRPA), pero que en el futuro será
una Aplicación .
Este innovador avance, hace a la necesidad de una reestructuración de Régimen
implementado por Decreto ordenatorio 1114/97, a partir de la creación de un Registro
Unico Nacional y Digital de Inscripción, Registración, Patentamiento
Transferencias, para el Régimen Jurídico del Automotor, tanto para vehiculos 0 km,
como para usados.
Finalmente, para hacer factible la transición ordenada hacia el nuevo sistema se
propone un límite de tiempo máximo de 12 meses
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encuentran en plataforma de la Dirección Nacional de Propiedad Automotor asimismo
ya existen las bases de datos suficiente para el logro del objetivo registral.-
VÁSQUEZ, PATRICIA MARÍA
DIPUTADA DE LA NACIÓN