DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY SOBRE EDUCACION INTELIGENTE.

“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” (S-0604/2025) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados ,… LEY DE EDUCACIÓN INTELIGENTE Artículo 1°. Objeto. La presente Ley tiene por objeto asegurar la incorporación a la enseñanza y el aprendizaje de contenidos relacionados con la Tecnología digital, la Inteligencia Artificial (IA), datos, robótica y programación, en la currícula educativa de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con el fin de promover el desarrollo de competencias digitales y tecnológicas en los estudiantes. Artículo 2°. Derecho. El Estado reconoce y garantiza el derecho de acceso igualitario a una educación de calidad y actualizada de todos los niños, niñas y adolescentes que habitan el país, en materia de educación sobre tecnología digital, Inteligencia Artificial (IA), datos, robótica y programación, como herramientas de acceso a una educación de calidad. Artículo 3°. Definiciones. A los efectos de la presente ley, se entiende por: a) Tecnología digital: Tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC): es el conjunto de recursos, herramientas, equipos, programas informáticos, aplicaciones, redes y medios que permitan la compilación, procesamiento, almacenamiento y transmisión de información, como por ejemplo voz, datos, texto, video e imágenes, entre otros. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” b) Sistema de IA: un sistema basado en una maquina que está diseñado para funcionar con distintos niveles de autonomía y que puede mostrar capacidad de adaptación tras el despliegue, y que, para objetivos explícitos o implícitos, infiere de la información de entrada que recibe la manera de generar resultados de salida, como predicciones, contenidos, recomendaciones o decisiones, que pueden influir en entornos físicos o virtuales. c) Base de datos: Conjunto de datos cualquiera que fuera la forma, modalidad de creación, almacenamiento, organización, tipo de soporte, tratamiento, procesamiento, localización o acceso, centralizado, descentralizado o repartido de forma funcional o geográfica. Indistintamente, se la puede denominar también como archivo, registro, fichero o banco de datos. d) Robótica: diseño y construcción de máquinas o dispositivos tendientes a la automatización de procesos. e) Programación: proceso de diseñar y escribir una secuencia de instrucciones en un lenguaje de computación. Artículo 4º. Principios Rectores. La presente ley se regirá por los siguientes principios fundamentales, orientados a garantizar una implementación ética, inclusiva y responsable de la tecnología digital, inteligencia artificial (IA), datos, robótica y programación en el ámbito educativo: a) Transparencia: la autoridad de aplicación y cualquier proveedor de sistemas de IA deberán asegurar una comunicación clara y accesible sobre el uso de estas tecnologías en el ámbito educativo. Esto incluye la divulgación de los algoritmos, criterios y procesos de análisis VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” empleados, para que tanto docentes, estudiantes como familias comprendan su funcionamiento y su impacto en el aprendizaje. b) Responsabilidad y ética: la autoridad de aplicación es responsable de garantizar que las tecnologías utilizadas en la educación sean éticas y respeten la privacidad y los derechos de los estudiantes, en cumplimiento con lo dispuesto en las leyes 25.326 y 26.061. c) Equidad e Inclusión: la incorporación de IA y tecnologías digitales en la educación debe enfocarse en mejorar la calidad de la enseñanza y promover un acceso equitativo y justo para todos los estudiantes, asegurando la inclusión y la reducción de brechas digitales. Se pondrá especial énfasis en el respeto y la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en concordancia con la ley 26.061 y sus modificatorias, como así también en los tratados internacionales vigentes en la materia. d) Innovación para la mejora educativa: el uso de IA, datos, robótica y programación deberá orientarse a enriquecer los procesos de enseñanza y aprendizaje, fomentando la creatividad, el pensamiento crítico y el desarrollo de competencias tecnológicas en los estudiantes. La implementación de estas tecnologías deberá basarse en prácticas pedagógicas actualizadas, con un enfoque en el aprendizaje colaborativo y adaptado a las necesidades individuales. e) Sostenibilidad y adaptación contextual: Las tecnologías aplicadas deberán ser sostenibles y adaptarse a las realidades locales, priorizando soluciones que consideren las diferencias sociales, culturales y económicas del país. Asimismo, se promoverá un uso responsable y eficiente de los recursos disponibles, para asegurar la continuidad y permanencia de los programas tecnológicos en el sistema educativo. Artículo 5°. Incorporación. Contenidos mínimos. Incorpórese los incisos VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” h) e i) al artículo 92 de la ley 26.206 de Educación Nacional, que quedarán redactados de la siguiente manera: “h) Los contenidos y enfoques básicos de Inteligencia Artificial (IA), algoritmos, manejo de datos, robótica y programación básica, aplicaciones de la IA en diferentes industrias, su ética y regulación, priorizando el intercambio de experiencias y la articulación con sectores tecnológicos; i) El desarrollo de capacidades y habilidades cognitivas y técnicas por medio de la Inteligencia Artificial, programación y la robótica, priorizando el enfoque de aprendizaje por proyectos, el intercambio de experiencias y la articulación con los diferentes sectores de la sociedad relacionados con la materia.” Artículo 6º. Implementación. La Secretaria de Educación de la Nación, en coordinación con las autoridades educativas de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá: a) Incorporar de manera gradual y progresiva, los contenidos de IA, manejo de datos, robótica y programación en los programas de estudio de los niveles primario, secundario y terciario, de acuerdo con las particularidades de cada nivel educativo. b) Desarrollar un enfoque interdisciplinario que permita integrar la IA en diversas asignaturas, tales como matemáticas, ciencias naturales, ciencias sociales, filosofía y tecnología. c) Implementar actividades pedagógicas que fomenten el pensamiento crítico, la resolución de problemas, la creatividad y el análisis ético del uso de tecnologías basadas en IA y manejo de datos. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” Artículo 7º. Capacitación docente. La Secretaria de Educación de la Nación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación y las autoridades de Educación de las provincias, garantizará y promoverá la capacitación continua y específica de los docentes en el uso y enseñanza de contenidos vinculados a la tecnología en general, incluyendo la Inteligencia Artificial, datos, robótica y programación, para ello: a) Desarrollarán programas de formación docente que aborden tanto los aspectos técnicos como pedagógicos de las tecnologías digitales e IA. b) Implementarán mecanismos de actualización permanente para asegurar que los docentes estén al tanto de los avances tecnológicos y científicos en el campo de las tecnologías digitales, IA, datos, robótica y programación; priorizando la formación pedagógica y capacitación de docentes con especialidad en la enseñanza intensiva de educación sobre tecnologías digitales, Inteligencia Artificial, datos, programación y robótica, en todos los establecimientos educativos secundarios del país. c) Promoverán alianzas con universidades, centros de investigación y empresas tecnológicas que puedan contribuir a la formación docente en IA, datos, robótica y programación. Artículo 8º. Materiales educativos y recursos tecnológicos. El Estado Nacional, a través de la Secretaría de Educación, promoverá el desarrollo, producción y distribución de materiales educativos y recursos tecnológicos adecuados para la enseñanza de la Inteligencia Artificial, datos, robótica y programación, garantizando que: a) Los estudiantes tengan acceso a dispositivos y plataformas tecnológicas que faciliten la comprensión y aplicación de conceptos relacionados a dichas temáticas. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” b) Se priorice la inclusión digital y la reducción de brechas tecnológicas en los sectores más vulnerables de la población. Artículo 9º. Colaboración con Organismos Públicos y Privados. La autoridad de aplicación o quien ella designe podrá celebrar convenios de colaboración con universidades, institutos tecnológicos, centros de investigación y empresas del sector tecnológico para la implementación y desarrollo de contenidos y, la formación de docentes en tecnologías digitales, Inteligencia Artificial, datos y robótica. Artículo 10º. Colaboración Internacional. El Estado Nacional promoverá acuerdos de cooperación internacional con organismos multilaterales, instituciones académicas y tecnológicas extranjeras para intercambiar conocimientos, buenas prácticas y experiencias en la implementación de IA y tecnologías digitales en el sistema educativo. Artículo 11. Evaluación y monitoreo permanente. Se creará un área o Comisión Especial en materia de Tecnología y Futuro, en el ámbito en el ámbito del Ministerio de Capital Humano u organismo que en el futuro lo reemplace, órgano que se encargará de coordinar estratégicamente la implementación de la educación en materia de Inteligencia Artificial, datos y Robótica, en todas las provincias. La misma se encargará de evaluar y monitorear la implementación de esta ley y, estará integrada por expertos en educación, tecnología, futuro e inteligencia artificial, teniendo entre otras las siguientes funciones: a) Supervisar la inclusión efectiva de los contenidos y resultados obtenidos, en términos de calidad y eficacia, cualitativa y cuantitativamente, mediante la elaboración de indicadores claves de impacto, rendimiento y herramientas de monitoreo. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” b) Proponer actualizaciones o modificaciones necesarias de acuerdo con los avances tecnológicos. c) Generar reuniones grupales con los actores intervinientes con miras en la retroalimentación continua. d) Elaborar informes periódicos mediante la realización de auditorías y evaluación de resultados anuales. Artículo 12. Autoridad de Aplicación. Designase como autoridad de aplicación de esta ley a la Autoridad Administrativa en materia de Educación de la Nación. Artículo 13. Financiamiento. Los recursos necesarios para la aplicación de la presente ley serán atendidos por el Estado mediante la asignación de recursos presupuestarios, cumpliendo con la responsabilidad de respaldar el desarrollo de la educación tecnológica, conforme el artículo 85 de la Ley de Educación Nacional 26.206. El Estado Nacional deberá contribuir con la asistencia técnica y financiera necesaria para que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires puedan asegurar, en lo que a sus competencias corresponda, la aplicación de la presente ley. A los fines de la distribución de recursos, deben tenerse en cuenta las particularidades de cada provincia. Asimismo, deberá preverse en el presupuesto del año inmediato subsiguiente la incorporación de los recursos necesarios para el correcto cumplimiento de las funciones de la autoridad de aplicación. Complementariamente, se promoverán acuerdos y alianzas estratégicas entre el sector productivo, universidades, organizaciones no gubernamentales, y otras entidades que brindan conocimientos, planes o programas educativos relacionados con la tecnología en diferentes VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” provincias de Argentina, con el objetivo de alinear acciones en función de objetivos comunes. Artículo 14. Sanciones. Las instituciones educativas que no cumplan con las disposiciones de esta ley podrán estar sujetas a sanciones de acuerdo con lo establecido en la legislación y reglamentación educativa vigente. Artículo 15. Comuníquese al Poder Ejecutivo. María V. Huala.- Luis A. Juez.- Andrea M. Cristina

Expediente
604/25
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
28 de abril de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora presidente: La presente iniciativa tiene por objeto principal incorporar contenidos relacionados con las tecnologías digitales, Inteligencia Artificial (IA), manejo de datos, robótica, programación y uso de la tecnología en general y particular, en la enseñanza y aprendizaje de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional, con el fin de promover el desarrollo de competencias digitales y tecnológicas en los estudiantes, preparando a las futuras generaciones para enfrentar los desafíos del siglo XXI, toda vez que el contexto actual requiere y reclama la necesidad de transformar la educación en una fuente de crecimiento constante, para construir un país con mayores y mejores oportunidades para toda su población. Esencialmente considero importante destacar dos aspectos relevantes que hacen a la fundamentación del presente Proyecto, por un lado el contexto tecnológico, dado que la IA se ha convertido en una de las tecnologías más disruptivas del siglo XXI, con impacto transversal en VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” todas las áreas del conocimiento, la industria y la sociedad, por ello su incorporación en la educación resulta ser clave para garantizar que las nuevas generaciones cuenten con las habilidades necesarias para desenvolverse en un mundo cada vez más digitalizado; por otro lado, la transformación del mercado laboral a través de la automatización y la implementación IA, desplazando ciertos tipos de empleo y creando nuevos, por ello no solo es fundamental que los estudiantes aprendan a utilizar estas tecnologías, sino que también comprendan sus principios y limitaciones para poder adaptarse a estos cambios y utilizarlos de forma ética y consciente. Los acelerados avances de las tecnologías digitales nos desafían e interpelan a reimaginar la educación, incluyendo nuevos contenidos y modelos que promuevan el desarrollo de competencias del futuro. Esto implica, teniendo en cuenta el desarrollo integral del ciudadano del futuro, la necesidad de aggiornarnos a las nuevas tecnologías también en materia educativa, contemplando estas temáticas, sus usos, abordajes e implicancias; toda vez que en el marco de la creciente digitalización y automatización, es imperativo trabajar sobre una transformación educativa auténtica y que los estudiantes consuman la tecnología y se sirvan de ella, sino que también la comprendan y se conviertan en creadores de herramientas tecnológicas, como la IA, robótica y programación, para poder competir globalmente. Por ello, es vital trabajar e implementar iniciativas como la que aquí presento para llegar verdaderamente a las instituciones educativas y a cada uno de los estudiantes, integrando una visión innovadora y promoviendo sistemas educativos inteligentes que garanticen que la educación no solo adopte la tecnología, sino que también forme a los estudiantes en las competencias necesarias para prosperar en un mundo cada vez más digitalizado, competitivo y con prospectiva. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” Los sistemas educativos inteligentes deben integrar herramientas tecnológicas, y también fomentar un entorno de aprendizaje adaptativo y centrado en el estudiante, respondiendo a los desafíos que plantea la inteligencia artificial y las tecnologías digitales con miras de futuro. Para lograrlo, resulta clave el rol tanto público como privado, nacional e internacional, trabajando en acuerdos de cooperación y articulación de acciones que faciliten el desarrollo y fortalecimiento de políticas educativas y, asimismo, en la construcción de capacidades para que los sistemas educativos puedan integrar tecnologías de manera efectiva, equitativa y sostenible.1 Como indica el experto en educación e IA de la UNESCO, Wayne Holmes, “la equidad, en educación, implica reconocer que, para que todos los jóvenes alcancen su pleno potencial, no basta la igualdad de oportunidades. Las niñas y niños más vulnerables necesitan apoyo adicional y más rápido de nuestra parte”. Por eso, el enfoque aquí planteado implica también reconocer la realidad educativa, de recursos y de demandas de cada provincia de nuestro país, y es ahí donde los acuerdos y el trabajo en conjunto con los demás actores de la sociedad cumpliran un rol más que importante. Ahora bien, nuestra Constitución Nacional (CN) en su artículo 14 garantiza a todos los habitantes de la República Argentina el derecho a enseñar y aprender; otorga al Congreso de la Nación la facultad de legislar en educación (art. 75 inc. 18) y de dictar leyes de organización educativa (art. 75 inc. 19), estableciendo principios comunes. Esto permite al Estado Nacional fijar contenidos mínimos obligatorios, como los de IA y robótica, que puedan formar ciudadanos preparados para el mercado laboral y la ciudadanía digital. Además, los temas de tecnología 1 Fernando Salvatierra, Especialista de Programa de TIC del IIPE UNESCO, Oficina para América Latina y el Caribe VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” y educación responden a políticas de desarrollo económico y social, competencias nacionales por excelencia. Estos artículos constituyen el marco constitucional para que el Congreso legisle sobre temas esenciales para la formación de los ciudadanos, respondiendo a necesidades nacionales. Por su parte, la Ley de Educación Nacional (Ley 26.206) permite a las jurisdicciones locales adaptar los contenidos educativos nacionales a su realidad particular, sin eximirse de cumplir con los contenidos básicos establecidos, atendiendo que las provincias tienen autonomía en la organización y administración de sus sistemas educativos. Esto significa que, aunque la Nación establezca contenidos en IA, programación y robótica, cada jurisdicción puede determinar cómo integrarlos de manera que sean pertinentes para su contexto social y económico. Es decir la Nación establece contenidos mínimos, las provincias pueden agregar especificidades o metodologías propias para enriquecer la enseñanza, respetando su autonomía pero asegurando un nivel mínimo común. El artículo 2 de la ley dispone que la educación es un bien público y un derecho personal y social, cuyo fin y organización corresponden a la Nación con la participación de las provincias. La propia ley define criterios mínimos que deben garantizarse en todas las jurisdicciones, para asegurar la equidad y la calidad educativa en todo el territorio nacional. La Nación, entonces, tiene la facultad de fijar contenidos curriculares comunes que respondan a los desafíos contemporáneos, como el aprendizaje de IA y tecnología. El artículo 8 de la ley establece que la educación debe promover el desarrollo integral de las personas para que puedan participar activamente en la sociedad, por lo tanto, dado el impacto de la tecnología en la vida cotidiana, el mercado laboral y la economía, el conocimiento en IA, programación y datos resulta fundamental para la formación de estudiantes capaces de adaptarse y contribuir en el VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” contexto actual; siendo la IA una tecnología emergente, debe incluirse dentro de este marco. Todos estamos de acuerdo en que la educación debe tender a garantizar la igualdad de oportunidades, por ello todos los estudiantes, sin importar su provincia o localidad, deben acceder a la misma calidad de educación y contenidos que les permitan enfrentar los desafíos de un mundo tecnológico. Dado el avance de la tecnología y su impacto transversal, el conocimiento en las tecnologías digitales, la IA, la ciencia de datos y programación es fundamental para reducir la brecha educativa y digital en el país. Por lo tanto, es a nivel nacional que se tiene la responsabilidad de implementar medidas para asegurar que la educación sea equitativa, lo cual incluye la posibilidad de establecer contenidos obligatorios que contribuyan a la inserción social y profesional de los estudiantes en un contexto digital y global accediendo a una formación moderna que los prepare con miras de futuro. Asimismo, educar en estas materias motiva a los estudiantes a explorar y desarrollar soluciones innovadoras, preparándolos para ser agentes activos en un mundo tecnológicamente avanzado. En el artículo 11 de la misma ley se mencionan los fines y objetivos que deben contemplarse en la política educativa nacional, incluyendo la necesidad de promover el acceso a nuevas tecnologías como parte del derecho a una educación integral; es decir, la IA y las competencias digitales fortalecen el perfil de estudiantes críticos, creativos y autónomos, preparados para enfrentar los desafíos y aprovechar las oportunidades de la sociedad digital. Asimismo, dado que la IA está íntimamente relacionada con el uso de la ciencia de datos, es importante garantizar que los estudiantes comprendan los derechos y responsabilidades asociados a la recolección y manejo de información personal, en línea con la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 25.326). Por su parte, la educación debe fomentar el uso responsable de la tecnología. Además de enseñar VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” a los estudiantes a programar y a entender la IA, es importante desarrollar una conciencia ética y crítica sobre su uso. Incluir estos temas en la currícula no solo brinda habilidades técnicas, sino también una comprensión del impacto y las implicaciones éticas de la tecnología. La educación en IA y datos no es solo técnica, sino que también incluye valores de responsabilidad y ética, fundamentales en el uso y desarrollo de tecnología. Por otro lado, conforme a la Ley de Economía del Conocimiento (Ley 27.506), se busca fomentar el empleo de calidad, generar valor agregado, aumentar las exportaciones de las empresas de servicios basados en el conocimiento, facilitar el desarrollo de las MiPyMEs, promover nuevas tecnologías, abarcando IA, software, biotecnología, robótica y más, fomentar la innovación mediante incentivos fiscales, la estabilidad de beneficios y créditos fiscales sobre contribuciones patronales, apoyando la competitividad y exportación de estos servicios. Además, pretende facilitar la inserción de sectores sociales vulnerables al mercado laboral en estas áreas. Todo ello en pos de posicionar a la Argentina como líder en innovación tecnológica al ofrecer también incentivos fiscales y beneficios que promueven el crecimiento de sectores como la inteligencia artificial (IA), la biotecnología y la programación. Su enfoque en la formación de una economía basada en el conocimiento es fundamental para potenciar el desarrollo de industrias avanzadas y promover la competitividad internacional. En nuestro país ya existen ejemplos de leyes que han implementado de modo transversal en todos los niveles educativos diversas temáticas de necesario abordaje a lo largo del diseño curricular; temáticas que han sido reguladas a nivel nacional, estableciendo contenidos mínimos que todas las provincias deben incluir. Este tipo de legislación demuestra que el Estado Nacional tiene la facultad de definir temas de interés común y de alta relevancia social, como es el caso de la formación en VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” IA y tecnología. Las provincias pueden adaptar estos contenidos a su contexto, pero están obligadas a cumplir con la ley nacional. De la misma manera, los temas que aquí propongo, deberían integrarse a lo largo de la currícula tanto como contenidos específicos y como competencias transversales, garantizando la uniformidad en la formación sobre temas fundamentales. Siendo entonces que los contenidos curriculares comunes forman parte de la educación nacional obligatoria, y son establecidos en la ley general que debe aplicarse en todas las jurisdicciones, asegurando de este modo un estándar nacional que las provincias deben respetar y complementar en función de sus contextos, es así como la Ley Nacional de Educación y la Constitución Nacional brindan a nivel Nacional la autoridad para fijar contenidos básicos comunes que deben ser enseñados en todas las provincias, con el objetivo de asegurar una educación equitativa y de calidad. La inclusión de IA, programación, ciencias de datos y robótica responde a la necesidad de una ciudadanía competente en la era digital, un objetivo de interés nacional que requiere la colaboración de todas las jurisdicciones. Por eso, un proyecto de ley como el que aquí propongo, que establezca la enseñanza de estos contenidos y fomente el pensamiento con prospectiva de futuro, en todos los niveles educativos, fortalece la cadena de valor de la economía del conocimiento desde la educación de base, puesto que al preparar a las futuras generaciones en estas habilidades estratégicas con miras anticipatorias sobre esta era digital y de constante avance tecnológico, no solo se eleva la competitividad del país, sino que se garantiza una fuerza laboral adaptada a las demandas de innovación que el mercado laboral actualmente demanda. Como precedentes internacionales resulta oportuno mencionar: VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” - La Unión Europea: En el año 2021, la Comisión Europea presentó el "Plan de Acción en Educación Digital", que subraya la importancia de incluir IA y otras tecnologías en los sistemas educativos, antecedente que puede ser tomado como ejemplo respecto a los avances en la educación en otras regiones del mundo. - Estados Unidos: En varias jurisdicciones de EE.UU., especialmente en estados como California y Massachusetts, se ha comenzado a incluir módulos de IA y pensamiento computacional desde los primeros niveles educativos, destacando la creciente importancia de esta formación en la educación básica. - Colombia por su parte implementó tres iniciativas que pueden servir de referencia al proyecto que se propone: 1. Talento Tech - Formación en habilidades digitales avanzadas. El objetivo principal es fortalecer las competencias digitales de los colombianos, preparándose para los desafíos del mercado laboral actual y futuro.2 2. AvanzaTEC - Impulsó a la formación digital gratuita: es una plataforma que ofrece cursos gratuitos y certificaciones en habilidades digitales, dirigidos a estudiantes, graduados y emprendedores interesados en áreas como seguridad de la información, analítica de datos, inteligencia artificial y programación, lo que garantiza una formación de calidad y alineada con las demandas del mercado laboral y, además, proporciona herramientas para monitorear el progreso de los 2 https://www.talentotech.gov.co/portal/ VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” estudiantes y facilita la obtención de certificaciones reconocidas por la industria.3 3. SENATIC - Educación digital para el trabajo: Este programa es una colaboración conjunta con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), orientada a formar técnicos en articulación con la educación media en colegios públicos y privados de Colombia, facilitando la inserción laboral tanto a nivel nacional como internacional.4 Asimismo, a nivel de gobiernos locales en nuestro país, se pueden mencionar casos de éxitos implementados, tales como: • Primera escuela pública de Google en Hispanoamérica: La Escuela Primaria Municipal Manuel Dorrego de Vicente López se convirtió en la primera escuela pública Google Reference del país, favoreciendo a que los jóvenes puedan acceder a mayores y mejores oportunidades, incorporando la enseñanza digital y la tecnología en las aulas. Como parte de este proyecto se incorporaron computadoras Chromebook, herramientas de Google y se capacitó a los docentes de la institución para estar preparados ante este cambio. El Programa Google Reference School reconoce a las instituciones educativas que utilizan de forma innovadora las herramientas educativas de Google, fomentando la utilización de la tecnología para el aprendizaje y el desarrollo profesional. De esta manera, la Escuela Municipal Dorrego se suma como la primera institución pública a otras cuatro instituciones 3 https://www.avanzatec.gov.co/portal/ 4 https://mintic.gov.co/senatic/ VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” privadas de Argentina que ya son parte del programa. Es la única escuela pública en toda Hispanoamérica en ser reconocida por Google.5 ● Educación STEAM en las escuelas municipales de Vicente Lopez: A partir del desafío de desarrollar el interés por la ciencia y la tecnología, resolviendo problemas reales, estimulando la indagación, la creatividad y la innovación en los alumnos de todos los niveles para que puedan formar el pensamiento crítico como herramienta para la vida, la Municipalidad de Vicente López implementa políticas de Educación STEAM en las escuelas del partido junto a la Fundación Siemens. Su objetivo radica en formar y facilitar nuevas herramientas a estudiantes y docentes en temas de tecnologías del futuro y en habilidades digitales. La educación STEAM busca desarrollar el interés por la ciencia y la tecnología, resolviendo problemas reales, estimulando la indagación, la creatividad y la innovación en los alumnos de todos los niveles para que puedan formar el pensamiento crítico como herramienta para la vida. La Municipalidad de Vicente López cuenta con un equipo de educación STEAM que acompaña a las escuelas con: capacitaciones abiertas, formación situada, equipamiento tecnológico, eventos, participación en ferias de ciencias y actividades recreativas extracurriculares. Esta política pública comenzó en el año 2014 en conjunto con «Experimento» de la Fundación Siemens con el objetivo de acercar recursos a las Escuelas Secundarias, Primarias, y desde el año 2017, al Nivel Inicial. En cuanto a resultados obtenidos, el Municipio de Vicente López fue declarado el Primer Territorio STEAM de la Argentina, integrándose así a la red internacional de jurisdicciones comprometidas con el fortalecimiento de la educación en Ciencia, Tecnología, Ingeniería, Arte 5 https://www.vicentelopez.gov.ar/gestion/la-primera-escuela-publica-google-en-argentina-esta-en-vicente- lopez https://portalril.org/inspirarme-caso.php?id_caso=4678 VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” y Matemáticas (STEAM, por sus siglas en inglés) impulsada por la Fundación Siemens Stiftung. Hasta el momento fueron capacitadas 72 escuelas y más de 350 docentes del Municipio.6 ● Instituto Tecnológica de Goya: La ciudad de Goya en la provincia de Corrientes, al insertarse en la economía del conocimiento, tenía como principal objetivo centrarse en la formación de recursos humanos por eso crearon el Instituto Tecnológica de Goya. Dos actores claves permitieron avanzar con los objetivos propuestos: las escuelas técnicas ORT Argentina y la consultora que había trabajado con el gobierno local para el diseño del Programa Goya Comunidad Digital. El diagnóstico al que arribaron tras varias reuniones fue la necesidad de formar programadores juniors con una formación educativa integral y de excelencia que les permitiera integrar, como empleados, o crear sus propias empresas de desarrollo de software. Con ese abordaje la Municipalidad de Goya firmó un convenio con las Escuelas Técnicas ORT Argentina mediante el cual dicha institución educativa se incorpora como parte del diseño de la carrera y ejerce el asesoramiento pedagógico, incluyendo la propuesta de contratación de docentes.7 ● TUMO: Implementado recientemente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es un modelo de aprendizaje creado en Armenia que combina tecnología y creatividad. Este sistema innovador se basa en un enfoque de autoaprendizaje y talleres guiados, que permite a los jóvenes 6 https://portalril.org/inspirarme-caso.php?id_caso=3313 https://www.vicentelopez.gov.ar/gestion/vicente-lopez-es-el-primer-municipio-argentino-en-impulsar-la- educacion-steam 7 https://portalril.org/inspirarme-caso.php?id_caso=5539 https://www.goya.gob.ar/?q=instituto-tecnologico-goya VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” explorar sus intereses y desarrollar habilidades clave mediante proyectos innovadores. Los estudiantes, que tengan entre 12 y 18 años, tienen la oportunidad de formarse en ocho disciplinas destacadas: desarrollo de videojuegos, cine, animación, modelado 3D, diseño gráfico, programación, robótica y música. Esta iniciativa ha alcanzado reconocimiento internacional, estando presente en ciudades como Ereván, París, Berlín, Tirana, Lyon, Zúrich y Lisboa. Hasta la fecha, ha transformado la educación de más de 80,000 jóvenes en más de 12 países, consolidándose como un referente en la formación de habilidades tecnológicas y creativas. El modelo fomenta la autonomía, creatividad y habilidades tecnológicas, establece un enfoque que promueve el desarrollo integral de jóvenes en disciplinas de alta demanda en el mercado laboral actual y futuro.8 Cada estudiante diseña su propio recorrido educativo, lo que les permite desarrollar competencias esenciales para el futuro. Los resultados de impacto son sobresalientes: 83% de los estudiantes reportan una mejora en su rendimiento académico y en su interacción con sus grupos y más del 80% de los participantes afirma que el programa los ayudó a ingresar al mercado laboral. ● Programa Codo a Codo: El programa Codo a Codo 4.0, impulsado por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA), como una política pública diseñada para formar a estudiantes y profesionales en competencias tecnológicas y habilidades digitales avanzadas, buscando fortalecer la empleabilidad en el sector IT y fomentar el desarrollo económico y profesional a través de la capacitación gratuita y de calidad. Desde sus inicios, el programa ha experimentado un crecimiento significativo. Se convirtió en un programa de referencia en la formación de habilidades de tecnología, integrando 8 https://tumo.pt/ VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” capacitación gratuita, adaptada a las demandas del mercado y accesible a una amplia comunidad de estudiantes y profesionales. Por último, como ejemplo de iniciativa de formación en habilidades digitales por parte del sector privado, destacamos a la Fundación Telefónica, que tiene como objetivo impulsar el desarrollo digital inclusivo. A lo largo de 2023, sus programas y proyectos educativos, centrados en la innovación y la nueva empleabilidad, beneficiaron a un total de 1,671,293 personas en ocho países de habla hispana. La misma ofrece múltiples cursos y programas formativos, enfocados en diversas competencias clave para el mercado laboral y la sociedad digital.9 Ahora bien, enfatizo en que la presente iniciativa está pensada con enfoque gradual y de implementación progresiva, incorporando módulos de las temáticas de manera paulatina en los distintos niveles educativos, comenzando con conceptos básicos en la primaria, y aumentando la complejidad en los niveles secundarios y terciarios; entendiendo que esto permitirá un abordaje más ordenado y productivo respecto a la incorporación de los conocimientos; incluyendo paralelamente como aspecto crucial, a la capacitación docente, para asegurar que los educadores puedan enseñar estos contenidos de forma más efectiva. Asimismo, propongo la integración de una área o Comisión para monitorear y actualizar los contenidos y modalidad de la presente, asegurando de esta forma su actualización continua. Incorporando también, articulaciones de colaboración con universidades, institutos tecnológicos y organismos tanto públicos como privados, especializados en IA y datos, para desarrollar programas educativos actualizados y adaptados a las necesidades de la población a la que se encuentran 9 https://www.fundaciontelefonica.com.ar/ VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” dirigidos. Por ello, otro aspecto a destacar resulta ser la colaboración con el sector privado, siendo clave en un área tecnológica como la IA, donde los avances son constantes y generalmente liderados por la industria privada. Esta iniciativa fue elaborada teniendo en cuenta su alto impacto a largo plazo, dado que un sistema educativo que incorpore IA, manejo de datos, programación, robótica, y sobre todo capacidad de pensamiento con prospectiva, preparará a los estudiantes argentinos para ser competitivos en la economía global, promoviendo la innovación y el desarrollo tecnológico; y, a su vez, considerando garantizar que todos los estudiantes de nuestro país, tengan acceso a los mismos, fomentando la igualdad de oportunidades. Poder enseñar y adquirir habilidades como las aquí planteadas es fundamental para que los estudiantes también generen ideas innovadoras dando lugar a elaborar proyectos que impulsen emprendimientos en base a tecnología. Estas disciplinas brindan las herramientas necesarias para que los jóvenes comprendan y aprovechen las oportunidades que ofrece el mundo actual en términos de tecnología. El conocimiento sobre inteligencia artificial (IA) y el manejo de datos preparan a los estudiantes para analizar grandes volúmenes de información, detectar patrones y tomar decisiones informadas, como así también desarrollar soluciones y proyectos de aplicación real; además, fomenta la creatividad y la innovación, ya que los estudiantes no solo consumen tecnología sino que también la crean y la adaptan a nuevas aplicaciones. Esta capacidad de innovación es el motor principal detrás del desarrollo de startups y los emprendimientos en base tecnológica. Entendiendo que legislar sobre IA es un desafío que requiere equilibrio entre la promoción de la innovación y la protección y garantía de los VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” derechos y el bienestar de la población, incorporar este tipo de temáticas a la currícula educativa, se traduce en un avance más para que nuestro país pueda posicionarse como un referente regional en la incorporación y regulación de tecnologías emergentes, estableciendo como base, un marco legal que fomente la aprehensión de conocimientos y la innovación tecnológica con un enfoque ético y de inclusión social. Educando mejor, se crece, la diferencia la lograremos trabajando por una educación de calidad y en constante evolución. En tanto ello, y de forma alineada con los objetivos constitucionales y las leyes nacionales existentes que promueven la inclusión de nuevas tecnologías y el progreso científico en la educación, considero que la incorporación de las tecnologías digitales, la Inteligencia Artificial, la ciencia y manejo de datos, la programación y la robótica y, el pensamiento prospectivo, en los contenidos educativos es un paso necesario para garantizar que los estudiantes argentinos estén preparados para los desafíos del futuro, toda vez que la educación del mañana está en nuestras manos hoy. El presente proyecto de Ley responde a la necesidad de preparar a las futuras generaciones para un contexto tecnológico en constante evolución, en el que la Inteligencia Artificial (IA), el manejo de datos y la programación son herramientas fundamentales para el desarrollo personal y profesional. La incorporación de estos contenidos en la currícula educativa desde niveles tempranos no solo fomenta habilidades técnicas y digitales, sino que también promueve el pensamiento crítico y la creatividad, pilares esenciales en una sociedad digitalizada. Sostengo que la formación educativa en inteligencia artificial, datos y programación es esencial para que el país se posicione como un polo de desarrollo tecnológico e innovación. Esta ley no solo busca dotar a VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2025 – AÑO DE LA RECONSTRUCCION DE LA NACION ARGENTINA” los estudiantes de herramientas para insertarse en el futuro laboral, sino también garantizar un desarrollo tecnológico con criterios de equidad, transparencia y responsabilidad social. Por todo lo anteriormente expuesto solicito a mis pares en esta Cámara, me acompañen en el presente proyecto de Ley. María V. Huala.- Luis A. Juez.- Andrea M. Cristina VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/

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