Fundamentos del proyecto
Señora Presidente:
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Me motiva la presentación de este proyecto de ley la imperiosa
necesidad de que nuestro país cuente con una estrategia de gestión
integrada de prevención y control de epidemias y/o pandemias.
Dicha prevención es vital y deber ser además parte primera e importante
para estar preparados cuando llegue el momento de abordar un tema
tan actual como eventos de salud pública de importancia nacional o
internacional con potencial epidémico y/o pandémico.
En un mundo interdependiente e interconectado con peligro de
propagación de las enfermedades transmisibles, la oportunidad y
responsabilidad de preparar y fortalecer las capacidades básicas para
la detección y respuesta del sistema de salud son fundamentales para
una apropiada gestión de riesgos que genere un sistema resiliente y la
protección y el cuidado de las personas.
Es de vital importancia que el Estado Nación, sin dejar de incluir a otros
efectores de nuestro sistema Argentino de Salud, ponga en marcha
Planes de Abordaje Estratégicos para la prevención y acción en caso de
epidemias y pandemias, sin olvidar que la Argentina y el Mundo debieron
abordar directamente la acción ante la propagación rápida del COVID-
19. No hubo posibilidades de prevención, no había vacunas y luego del
estrago que provoco con millones de muertes en el mundo, la ciencia
avanzo en mejores procedimientos de tratamientos y en vacunas para
la prevención.
Que la salud es un derecho humano fundamental e indispensable para
el ejercicio de los demás derechos humanos, previsto en la
CONSTITUCIÓN NACIONAL de manera implícita en el preámbulo y en
el artículo 33, explícitamente en el artículo 42 y principalmente en el
artículo 75, inciso 22 que incorpora con rango constitucional los Tratados
Internacionales de Derechos Humanos
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Que el párrafo 1 del artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos
Humanos afirma que "toda persona tiene derecho a un nivel de vida
adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y en especial
la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los
servicios sociales necesarios".
Que, en este sentido, el artículo 12 del Pacto Internacional sobre
Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece: "1. Los Estados
Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al
disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. 2. Entre las
medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de
asegurar la plena efectividad de este derecho, figuraran las necesarias
para: a) La reducción de la mortinatalidad y de la mortalidad infantil, y el
sano desarrollo de los niños; b) El mejoramiento en todos sus aspectos
de la higiene del trabajo y del medio ambiente; c) La prevención y el
tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales
y de otra índole, y la lucha contra ellas; d) La creación de condiciones
que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de
enfermedad".
En el marco de las Atribuciones del Congreso dadas por el Artículo 75
de la Constitución Nacional corresponde al Congreso, entre otras
facultades:
19. "....Proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento
de su territorio; promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar
el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones. Para estas
iniciativas, el Senado será Cámara de origen"
23. Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la
igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de
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los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados
internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular
respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con
discapacidad.
En este sentido presento esta iniciativa que viene a crear un Programa
Estratégico de preparación y respuesta para eventos de salud pública
de importancia nacional o internacional con potencial epidémico y/o
pandémico, el cual está destinado a ser usado por todos aquellos
actores intersectoriales y de los distintos niveles que están implicados
en la preparación, planificación y respuesta a emergencias en salud. Y
tiene como propósitos y objetivos entre otros:
1- Prever las competencias, responsabilidades y funciones concertadas
para prevenir, contener y mitigar el impacto de eventos de salud con
potencial epidémico y/o pandémico o con impacto en la salud pública,
incluida la transmisión, la morbilidad y la mortalidad, así como las
consecuencias socioeconómicas.
2- Fortalecer y mejorar las capacidades de preparación, prevención y
respuesta frente eventos de salud pública, incluyendo aquellos con
potencial epidémico y/o pandémico, tomando en cuenta las lecciones
aprendidas en epidemias y/o pandemias anteriores y en especial de
COVID-19.
3- Prever las competencias, responsabilidades y funciones concertadas
para prevenir, contener y mitigar el impacto de eventos de salud con
potencial epidémico y/o pandémico o con impacto en la salud pública,
incluida la transmisión, la morbilidad y la mortalidad, así como las
consecuencias socioeconómicas.
Creo que debe enfatizarse en la gestión integral del riesgo
multiamenazas, es decir, en la importancia de considerar que todas las
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capacidades políticas, técnicas y organizativas de los gobiernos y de la
sociedad civil, son importantes para afrontar diferentes escenarios de
riesgo sanitarios, con incumbencias y roles diferenciados a lo largo del
espectro de la evaluación del riesgo, la prevención y la mitigación, la
preparación, la respuesta y la recuperación.
Por lo tanto, los componentes y capacidades del Sector Salud que se
identifiquen en este Programa, deben ser mantenidas y mejoradas de
manera continua para fortalecer la resiliencia del sistema sanitario ante
eventos críticos de cualquier naturaleza.
Es nuestra responsabilidad legislar para el cuidado de la población y
dejar las reglas claras para enfrentar las distintas adversidades, más aun
teniendo en cuenta la situación que ya vivimos en el verano pasado con
el Dengue.
De acuerdo al último Boletín Epidemiológico, "la temporada pasada
(desde el 2 de agosto de 2023 al 29 de julio de 2024) tuvo 583.297
confirmados, 1.638 casos graves y 419 fallecidos, lo que representa una
letalidad del 0,072%. Cifras que marcaron un récord histórico de la
enfermedad en el país".
El dengue solía tener un comportamiento con brotes importantes cada
tres o cuatro años y con periodos sin casos. En 2020 habíamos tenido
un brote muy importante que coincidió con el inicio de la pandemia por
Covid-19. Lo que está pasando en Chaco desde hace un tiempo es que
tenemos casos durante todo el año, es decir, se volvió una enfermedad
endémica", cuenta a el DiarioAR la médica infectóloga María Laura
Lescano, directora del Hospital Perrando de Resistencia.
Como vemos estamos frente a una situación que tiene perspectivas de
agravarse en los próximos meses y es por ello que considero
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fundamental contar con un programa que nos permita prepararnos ante
lo que podría llegar a ser una epidemia en nuestro país.
El estado debe estar presente tomado todas las acciones y empleando
los recursos que sean necesarios para que la población este protegida
y atendida como se merece.
Ante los riesgos de que nuestro país se tenga que enfrentar ante nuevas
epidemias y/o pandemias, debemos aprender de las experiencias del
pasado para no cometer errores que pueden costar vidas de argentinos
y argentinas.
El Estado Nacional debe prepararse, asumir una serie de obligaciones y
diseñar planes de acción en pos del bienestar de la población, con
anticipación y adecuadas acciones a tal fin.
Por todo ello, es que solicito a mis pares me acompañen en la
aprobación del presente proyecto de ley.
Lucía B. Corpacci.- Guillermo E. Andrada
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