DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyNo sancionado

RÉGIMEN DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO Y REGULARIZACIÓN DE LOS CONJUNTOS HABITACIONALES DE LA CIUDAD.-

PROYECTO DE LEY RÉGIMEN DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN, MANTENIMIENTO Y REGULARIZACIÓN DE LOS CONJUNTOS HABITACIONALES DE LA CIUDAD CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1°. Objeto. El objeto de la presente ley es garantizar condiciones adecuadas de habitabilidad en los conjuntos habitacionales construidos por el Estado de la Ciudad de Buenos Aires y constituir un régimen para la gestión, administración y mantenimiento de los conjuntos habitacionales de la Ciudad de Buenos Aires para tal fin. Artículo 2°. Ámbito de Aplicación. La presente ley rige para todos aquellos edificios de viviendas y conjuntos habitacionales construidos por la ex Comisión Municipal de la Vivienda, el Instituto de la Vivienda de la Ciudad, la Corporación Buenos Aires Sur, aquellos que se construyeron en el marco de los procesos de integración social y urbana de barrios populares y los construidos por cualquier los demás organismos con competencia habitacional en la CABA, así como también aquellos que se hayan construido y se construyan en el futuro por cualquier organismo que tenga por objeto el desarrollo de vivienda de interés social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Alcanza a aquellos conjuntos construidos por el Estado Nacional con dominio transferido a la Ciudad de Buenos Aires, y todas las edificaciones construidas en el marco del Plan de Urbanización de Villas y Asentamientos Precarios en Riesgo Ambiental de la Cuenca Matanza Riachuelo. La aplicación de la presente Ley se llevará a cabo de manera complementaria a las leyes 148 de ”Villas y Conjuntos Habitacionales”; 324 de “Recuperación de la traza de la Ex Au 3”, 341 de “Autogestión de la vivienda”; 624 de “Acceso a la vivienda para personas mayores”; 3.902 de “Regularización Dominial de Conjuntos Urbanos”; y las leyes que contemplan casos particulares, como las existentes referidas a la reurbanización e integración social y urbana de villas y asentamientos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. CAPÍTULO II GESTIÓN INSTITUCIONAL Artículo 3°. Unidad de Gestión. Constitúyase la ‘Unidad de Gestión del Plan Integral de Adecuación de las Condiciones de Habitabilidad, Regularización Dominial y Consorcial, Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.1/18/final_de_pagina/Mantenimiento y Administración de Conjuntos Habitacionales’ (en adelante ‘UGC’) la cual tiene por competencia diseñar, coordinar y ejecutar el Plan Integral contemplando los lineamientos definidos en el Capítulo III de la presente y lo que demanden los proyectos específicos, instrumentando las intervenciones que se requieran de las distintas áreas del Gobierno de la Ciudad. Artículo 4°. Autoridad de aplicación. Desígnase como Autoridad de Aplicación al Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad o al organismo que en un futuro lo reemplace. Artículo 5°. Composición. La UGC estará conformada de la siguiente manera: a) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat del GCBA, el cual se desempeñará como Coordinador General de la Unidad Ejecutora; b) Un/a representante de la Agencia Gubernamental de Control; c) Un/a representante del Instituto de Vivienda de la Ciudad; d) Un/a representante de la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires, e) Un/a representante del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción del GCBA; f) Un/a representante del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana del GCBA. Artículo 6°. Funciones. Son funciones de la UGC las que se describen a continuación: a) Coordinar las gestiones de las diferentes áreas de gobierno vinculadas con el objeto de la presente Ley; b) Garantizar el mantenimiento del estado edilicio e infraestructural de los conjuntos, de sus unidades funcionales y sus espacios comunes; c) Garantizar el mantenimiento del equipamiento urbano que se encuentre en los Conjuntos y su entorno, así como la construcción de nuevo equipamiento acorde con las necesidades de su población; d) Planificar acciones para la protecciòn patrimonial, física, ambiental, estructural, social y habitacional de los Conjuntos y sus habitantes; e) Desplegar acciones de acompañamiento socio comunitario a los hogares de los Conjuntos para su desarrollo económico, cultural, educativo, laboral y social; f) Impulsar ámbitos de participación de los habitantes de los conjuntos en los que se desarrolle el Plan Integral; g) Instrumentar un sistema de atención integral frente a la emergencia; h) Completar la regularización financiera y dominial de los hogares habitantes; i) Brindar acompañamiento para consolidar la organización consorcial de cada edificio de los Conjuntos, estableciendo mecanismos de conformación, seguimiento y sostenimiento de los consorcios; Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.2/18/final_de_pagina/j) Garantizar el correcto funcionamiento de todas las conexiones formales y seguras a los servicios públicos esenciales en todas las Unidades Funcionales de los Conjuntos con tarifas asequibles; k) Coordinar la colaboración con asociaciones profesionales, organizaciones sociales, organismos internacionales de cooperación, universidades y entidades públicas o privadas afines, tendientes a la realización de proyectos globales de capacitación, recuperación integral de los conjuntos y/o construcción de vivienda nueva. Artículo 7°. Acciones. La UGC deberá desarrollar las siguientes acciones: a) Ejecutar anualmente el relevamiento, censo y diagnóstico exhaustivo del estado edilicio e infraestructural de cada uno de los Conjuntos, así como socioeconómico de los hogares que en ellos habitan; b) Elaborar y desarrollar el Plan Integral de Adecuación de las Condiciones de Habitabilidad, Regularización Dominial y Consorcial, Mantenimiento y Administración de los Conjuntos Habitacionales bajo los parámetros establecidos en el Capítulo III de la presente; c) Implementar procesos de regularización dominial y titularización; d) Conformar y actualizar un Registro Público de los Conjuntos Habitacionales de la Ciudad de Buenos Aires; e) Elaborar y presentar Informes de Avance respecto de los indicadores de seguimiento establecidos en el Anexo I y Planes de Obra semestrales a la Comisión de Seguimiento y Control de la UGC creada la presente; f) Generar la difusión de la presente operatoria en los Conjuntos. Artículo 8°. Comisión de Seguimiento. A fines de garantizar el cumplimiento de la presente Ley, créase la Comisión de Seguimiento y Control de la UGC, la cual estará compuesta por: a) Representantes de la Presidencia y Vicepresidencia Primera de las Comisiones de Vivienda, Espacio Público y Planeamiento Urbano de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires; b) Miembros de las Juntas Comunales de todas aquellas Comunas que contengan Conjuntos incluidos en el Registro Público de Conjuntos Habitacionales; c) Vecinos y/o representantes de los habitantes de cada uno de los Conjuntos; d) Responsables de la dirección de los consorcios de cada uno de los Conjuntos; e) Un/a Representante del Ministerio Público de la Defensa; f) Un/a Representante del Ministerio Público Tutelar; g) Un/a Representante de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires; La Comisión de Seguimiento y Control tendrá asiento en las oficinas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. La misma deberá presentar semestralmente ante la Legislatura Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.3/18/final_de_pagina/Porteña Informes de Avance y Planes de obra, y anualmente los montos proyectados que se incluirán en el Presupuesto del GCBA del año siguiente. CAPÍTULO III PLAN INTEGRAL DE ADECUACIÓN DE CONJUNTOS HABITACIONALES Artículo 9°. Relevamiento. Realícese un relevamiento físico y social de las Unidades Funcionales, los Conjuntos Habitacionales y los hogares que habitan en ellos con el objeto de elaborar un diagnóstico preciso y clasificar su estado de situación acorde a la tipología establecida en el Anexo I de la presente, para el desarrollo del Plan Integral de Adecuación de las Condiciones de Habitabilidad, Regularización Dominial y Consorcial, de Mantenimiento y Administración de los Conjuntos Habitacionales (en adelante, ‘Plan Integral’) con la priorización de acciones acorde al diagnóstico obtenido. Artículo 10°. Registro. Créase el Registro Público de Conjuntos Habitacionales de la Ciudad de Buenos Aires en el ámbito de la UGC, implementando mecanismos de actualización de la cantidad y del estado de los bienes inmuebles comprendidos en el Artículo 2° y de las familias que los habitan, tomando como base el Anexo II de la presente. Artículo 11°. Habitabilidad. El Plan Integral debe incluir un plan de obras de adecuación y mejoramiento para garantizar las condiciones de habitabilidad de las edificaciones, de las unidades funcionales y de los espacios comunes, de acuerdo a las normas vigentes. Las acciones deben incluir lo necesario para el correcto funcionamiento de las infraestructuras y su sostenibilidad en el tiempo. En tanto condiciones de habitabilidad se considera al correcto asoleamiento y ventilación, la inexistencia de hacinamiento por hogar o por cuarto, el correcto funcionamiento de las cocinas y baños y la conexión formal y segura a los servicios esenciales. Artículo 12°. Regularización Dominial. A los efectos de concretar los procesos de regularización dominial en la presente operatoria, la UGC deberá: a) Realizar las subdivisiones y registración de las Unidades Funcionales necesarias para las escrituras a favor de los hogares; b) Impulsar el refinanciamiento en los casos de hogares deudores; c) Agilizar la regularización dominial a aquellos hogares que cumplan con los requisitos establecidos; d) Afrontar los gastos y honorarios notariales necesarios para la escrituración; Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.4/18/final_de_pagina/Artículo 13°. Regularización Consorcial. Con el objeto de garantizar el mantenimiento de las edificaciones y los espacios comunes la UGC acompañará el proceso de regularización consorcial mediante capacitaciones, asesoramiento y seguimiento jurídico para la correcta conformación de los consorcios. Hasta tanto, la UGC se hará cargo de la administración de los consorcios inactivos durante los primeros 10 años. Cumplido el plazo anterior, para el caso en el que no estén dadas las condiciones para la autosuficiencia de los consorcios, la autoridad de aplicación o un tercero, bajo la responsabilidad administrativa y fiscalizadora de la autoridad de aplicación, deberá hacerse cargo de la administración consorcial. Artículo 14°. Mantenimiento. La UGC deberá implementar acciones de mantenimiento integral de las infraestructuras y del equipamiento urbano de los Conjuntos, que garanticen su perdurabilidad y sostenibilidad. Artículo 15°. Conexiones a servicios. La escrituración y la finalización del proceso de regularización dominial no desvinculará a la autoridad de aplicación de la responsabilidad de garantizar las conexiones intradomiciliarias a todos los servicios públicos incluyendo agua, gas, electricidad, y desagüe cloacal, efectuadas y en correcto funcionamiento. Artículo 16°. Tarifas. Se implementará un sistema de protección de los hogares beneficiarios que incluya una tarifa social diferencial en todas las Unidades Funcionales. Artículo 17°. Cooperativas. Las obras y trabajos de adecuación y mantenimiento llevados a cabo por la UGC deberán ser ejecutados al menos en ochenta por ciento (80%) por cooperativas conformadas por habitantes de los Conjuntos. La autoridad de aplicación implementará capacitaciones y especializaciones profesionales a fin de incentivar la conformación de las mismas y garantizar la inserción sociolaboral de los habitantes de los Conjuntos. Artículo 18°. Accesibilidad. El Plan Integral contemplará acciones tendientes a garantizar la accesibilidad plena de: a) Aquellas viviendas donde habiten personas con discapacidad y/o movilidad reducida, a través de adecuaciones y/o relocalizaciones; b) los espacios comunes, vías de circulación y espacios verdes de los Conjuntos; c) el 25% de las Unidades Funcionales de los Conjuntos Habitacionales que se construyan en el futuro o incorporen al ámbito del GCBA. Artículo 19°. Movilidad. El Plan Integral establecerá acciones a fin de garantizar el acceso de los vehículos del sistema de emergencias a la entrada de los edificios y de los habitantes de los Conjuntos al transporte público urbano. Para ello, garantizará espacio de estacionamiento de autos particulares, el acceso a no más de 300 metros de los Conjuntos a las líneas de colectivos urbanos y las correspondientes paradas de tránsito de pasajeros. Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.5/18/final_de_pagina/Artículo 20°. Patrimonio. Facúltese a la autoridad de aplicación a promover la protección de aquellos Conjuntos que tengan valor cultural, histórico o arquitectónico de acuerdo con los parámetros dispuestos por la Ley N° 1.227. Artículo 21°. Proyección sociodemográfica. El Plan Integral incluirá acciones tendientes a sostener las condiciones de habitabilidad en las Unidades Funcionales en concordancia con la proyección de crecimiento demográfico de la población de cada uno de los conjuntos, a fines de evitar condiciones de hacinamiento por cohabitación de más de un hogar y de hacinamiento por cuarto. Artículo 22°. Vivienda nueva. Facúltese a la autoridad de aplicación a planificar, gestionar y generar la construcción de nuevos Conjuntos Habitacionales en tierras de dominio público o privado del GCBA, así como otras herramientas que garanticen el acceso al hábitat a fines de cumplimentar lo dispuesto por el Artículo 21° de la presente. Artículo 23°. Fondo. Créase el “Fondo Específico para la Regularización de los Conjuntos Habitacionales ” que estará compuesto por: a) 100% de los ingresos provenientes de las subastas públicas de cada año; b) 10% del Derecho para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable; c) Los recursos provenientes del Tesoro de la Ciudad de Buenos Aires, asignados por el mismo; d) Legados y Donaciones; e) Recursos del IVC; f) Los fondos producidos por el rendimiento de inversiones; g) Los aportes y/o los ahorros previos de los adjudicatarios de soluciones habitacionales; h) Los montos provenientes de Organismos Financieros Internacionales otorgados para programas o proyectos destinados a la ejecución de soluciones habitacionales. Artículo 24°. De forma. Comuníquese.

Expediente
CABA-431-D-2026
Cámara
Legislatura de CABA
Presentado
2 de marzo de 2026

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidenta: Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.6/18/final_de_pagina/La problemática entorno al estado de los Conjuntos Habitacionales gira alrededor de la responsabilidad del Estado frente a su mantenimiento, de su desentendimiento tras la regularización dominial y del poco acompañamiento a los hogares adjudicatarios frente a los vicios ocultos y para la conformación de los consorcios de cada edificio, que se agrega a la falta de políticas públicas para abordar el creciente déficit habitacional e impulsar la construcción de nuevos conjuntos de viviendas que acompañen la proyección demográfica de los hogares. En los conjuntos habitacionales existentes de mayor envergadura, el mantenimiento resulta inabordable para los vecinos, sin contar las innumerables falencias en la provisión de servicios, llegando a situaciones de emergencia crítica. En este marco, se produce una grave desvinculación del Estado post adjudicación del título de propiedad, en donde el GCBA no ejerce una responsabilidad sobre la sustentabilidad del hábitat construido y sobre la complejidad de resolver estos conflictos sin un abordaje comunitario. Además, las políticas sociales que atienden las emergencias, inmediatistas y espasmódicas, atendiendo únicamente la urgencia en vez de la prevención, son insuficientes para concretar un acompañamiento sobre los elementos que requieren acciones focalizadas. Respecto de los procesos de escrituración y regularización dominial, son muchos los impulsos legislativos que en los últimos 20 años buscaron normalizar la situación de las familias, y pocos los avances alcanzados. El Programa 104 de Rehabilitación y Puesta en Valor de los Conjuntos Urbanos se creó conjuntamente con la promulgación de la Ley 177 en el año 1999 (BOCBA Nº 703, 28/05/1999), mediante la que se ordenó la constitución de una Comisión Técnica para la formulación de propuestas de solución a los problemas que afectan el proceso de escrituración de los complejos urbanos y barrios denominados Lafuente, Cardenal Samoré, Donizetti, Rivadavia II, Illia, Consorcio XVI, Savio III y Copello. A través de la Ley N° 3902 en el año 2011, modificada en el 2018 por la Ley N° 6006, se norman los procesos de regularización dominial. Por otro lado, las leyes N° 623, 1333 y 1686 han instado la finalización de los procesos de escrituración de los Complejos Soldati, Ramón Carrillo y Piedrabuena. El Instituto de Vivienda de la Ciudad cuenta con un programa de regularización dominial para los habitantes de los conjuntos habitacionales que no resulta un instrumento ágil ni adecuado. Como primera instancia, la escrituración no resuelve los problemas de habitabilidad de las familias. Por otro lado, a través de la modernización de procesos y relevamientos de unidades listas para escriturarse, se trabaja sobre algunos de los complejos urbanos en los que el IVC tiene competencia activa y directa, pero no se cuenta con un listado fehaciente de los conjuntos en los que el GCBA mantiene responsabilidades y titularidad de dominio de los cientos de unidades funcionales en conjuntos habitacionales de vivienda social existentes en la Ciudad. El GCBA únicamente se encuentra abocado a Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.7/18/final_de_pagina/aquellos enmarcados en las leyes mencionadas, de manera insuficiente, focalizada y, en algunos casos, con un efecto casi nulo. En este estado de situación, la Ciudad enfrenta una crisis de grado estructural: los hogares se encuentran en una crítica situación económica que limita la posibilidad de afrontar el mantenimiento edilicio y el pago de expensas (de aquellos hogares que terminaron de escriturar) y de afrontar las cuotas (de aquellos que se encuentran en proceso regularización dominial), entre otros conflictos, producto del ‘deslinde’ del proceso en general por parte del Estado de la Ciudad y la inexistencia de programas de acompañamiento socioeconómico y capacitación consorcial. Se destaca particularmente que resulta urgente atender la crisis material por el grave deterioro edilicio, la insostenibilidad de las redes de infraestructura y la provisión de servicios básicos y el colapso operativo de los consorcios. En otro sentido, es necesario generar iniciativas que tiendan a la revinculación entre el Estado y sus habitantes, y de esta manera evitar la atomización y desarticulación del abordaje estatal en torno a su presencia e intervención en estos conjuntos. Síntomas de la crisis habitacional de los Conjuntos es la baja recaudación por parte del IVC de los procesos de regularización activos, la morosidad, el gravísimo deterioro aún en conjuntos de menos de 30 años, y la casi nula organización entre los hogares adjudicatarios, tanto a nivel de la conformación de lazos de solidaridad como del sostenimiento de los consorcios responsables del mantenimiento de los espacios comunes. El presente proyecto promueve un mayor fortalecimiento y unificación de las reparticiones del GCBA con responsabilidad sobre los conjuntos, la creación de un registro de los mismos y un programa de reordenamiento, normalización y recuperación patrimonial, estructural, ambiental y social de los Conjuntos Habitacionales, las viviendas y los consorcios, bajo los principios del derecho a la vivienda, a la ciudad y la radicación, y no únicamente enfocado en la normalización financiera. Apunta a consolidar el paradigma de la circularidad de las políticas públicas de vivienda ya que la regularización fortalece la recaudación que financia nuevas obras. En ese sentido, la Unidad de Gestión conformada mediante la presente debe abordar la problemática en los planos legal, infraestructural, institucional y cultural. Se debe impulsar nuevamente una campaña de regularización dominial y atender la cuestión consorcial, instando a un acompañamiento permanente en torno a la capacitación y su posterior conformación. Además, es necesario que se planifique la creación de vivienda nueva para disminuir los niveles de hacinamiento a los que se ha llegado por el abandono a los que han sido sometidos sus habitantes a lo largo de tantos años. Por todo lo expuesto, solicito el tratamiento del presente proyecto de ley. Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.8/18/final_de_pagina/ANEXO I INDICADORES CRÍTICO GRAVE REGULAR SUSTENTABL E Porcentaje de Unidades 50% o menos entre el 51 y el entre el 76 y el 96% o más funcionales (UF) con 75% 95% conexión formal a luz y agua Porcentaje de UF con 50% o menos entre el 51 y el entre el 76 y el 96% o más conexión formal a gas de 75% 95% red Conformación de No No Conformados Conformados y consorcios conformados conformados pero no activos activos en todos en todos los los edificios del edificios del Complejo Complejo Porcentaje de UF 50% o menos entre el 51 y el entre el 76 y el 96% o más escrituradas 75% 95% Informes de riesgo Faltas graves Faltas graves Faltas leves Sin faltas en ambiental y/o urgentes de y/o urgentes de informe de subsanación subsanación riesgo ambiental. Informes de riesgo Faltas graves Faltas graves Faltas leves Sin faltas en estructural y/o urgentes de y/o urgentes de informe de subsanación subsanación riesgo estructural Informes de riesgo Faltas graves Faltas graves Faltas leves Sin faltas en eléctrico y/o urgentes de y/o urgentes de informe de subsanación subsanación riesgo eléctrico Porcentaje de UF con 50% o más entre el 26 y entre el 6 y el 5% o menos vicios constructivos 50% 25% Estado de espacios Deterioro Falta de Falta de En buen estado comunes estructural mantenimiento mantenimiento grave Filtraciones en terrazas de Filtraciones Filtraciones Filtraciones Sin filtraciones los edificios graves graves menores Porcentaje de hogares 50% o más entre el 26 y entre el 6 y el 5% o menos deudores frente al IVC del 50% 25% total de UF Porcentaje de hogares que 50% o menos entre el 51 y el entre el 76 y el 96% o más pagan expensas 75% 95% Promedio de personas por Más de 3 Entre 2 y 3 Entre 2 y 3 Menos de 2 cuarto en sus UF personas por personas por personas por personas por cuarto cuarto cuarto cuarto Promedio de hogares por Más de 2 Entre 1 y 2 Entre 1 y 2 Un hogar por UF hogares por hogares por hogares por vivienda vivienda vivienda vivienda Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.9/18/final_de_pagina/(*) un Conjunto Habitacional se considerará en determinado estadío en el caso de cumplir con al menos 10 valores de los indicadores. Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.10/18/final_de_pagina/ANEXO II Escala Nombre Localización Clasificación Barrio Alvarado Magaldi y Alvarado ACUMAR Ribera Iguazú (ex Conjunto Mundo Grúa) Iguazú & Don Pedro de Mendoza ACUMAR Conjunto San Antonio San Antonio 721/31/45/75 ACUMAR Osvaldo Cruz y Conjunto Luna Osvaldo Cruz & Luna ACUMAR Conjunto Orma I Orma, Magaldi, Camino de la Ribera ACUMAR Padre Carlos Conjunto Mugica Av. Castañares y Gral. Paz ACUMAR Castañares, Portela 2304/20, Av. Conjunto San Francisco Lafuente ACUMAR Conjunto Valparaíso Valparaíso 3574, Veracruz 3459 ACUMAR Santiago de Compostela Conjunto Lacarra 3731/3737/3757/3763/3783 ACUMAR Olavarría 2825/51 esquina Luzuriaga Edificio Luzuriaga 835/67 ACUMAR Padre Federico Grote 753, Alfredo Edificio Padre Grote Palacios 744/48/60 ACUMAR Edificio Lafuente Av. Lafuente 64/68/70 ACUMAR Cachi, Cortejarena, Andrés Ferreyra, Barrios Barrio Patricios Taborda Históricos Av. Cobo, Av. La Plata, Senillosa y Barrios Barrio Azucena Butteler Zelarrayán Históricos Asamblea, Riglos, Estrada y J. M. Barrios Barrio Cafferata Moreno Históricos Emilio Mitre, Centenera, Zuviría y Av. Barrios Barrio Emilio Mitre Asamblea Históricos Av. Eva Perón, Nepper, Santander y Av. Barrios Barrio Varela Varela Históricos Av. Eva Perón, Bonorino, Bilbao y Barrios Barrio Bonorino Pedernera Históricos Av. Gral. Francisco Fernández de la Cruz, Cafayate, Berón de Astrada y Av. Barrios Barrio Almirante Brown Lisandro de la Torre Históricos Lisandro de la Torre, Tuyuti, Luchter y Barrios Barrio Tellier Boquerón Históricos Lisandro de la Torre, Ramón L. Falcón, Barrios Barrio Falcón Mirasol y Tuyutí Históricos Av. Segurola, César Díaz, Sanabria y Barrios Barrio Segurola Mercedes Históricos Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.11/18/final_de_pagina/Nazca, Álvarez Jonte, Cuenca, Juan Barrios Barrio Nazca Agustín García Históricos Pte. Roque Sáenz Galván, Crisólogo Larralde, Ruiz Barrios Barrio Peña Huidobro, Av. Balbín y Miller Históricos Av. Gral Paz, Yrurtia, Aizpurúa, Barrios Barrio Cornelio Saavedra Crisólogo Larralde y Andonaegui Históricos Barrios Barrio Albarellos Santos Vega 5800 Históricos Barrios Barrio Rawson I Tinogasta, Espinosa y Julio Cortázar Históricos Barrios Barrio Rawson II Tinogasta, Espinosa y Julio Cortázar Históricos Barrios Barrio Rawson III Tinogasta, Espinosa y Julio Cortázar Históricos Lisandro de la Torre, Tuyuti, Luchter y Barrios Barrio Liniers Boquerón Históricos Edificio B. Rivadavia Defensa 767 CNCB Edificio América San Juan 270 CNCB Edificio Valentín Alsina Av. Caseros y 24 de Noviembre CNCB Conjunto Colonia Sola Australia 2739 Colonia Sola Av. Castañares, Bonorino, Pte. Torres y Complejos Barrio Pte. Rivadavia Tenorio Habitacionales Av. Riestra, Torres y Tenorio, Barros Complejos Barrio Pte. Illia Pazos y Agustín de Vedia Habitacionales Av Castañares, Mariano Acosta, Complejos Barrio Ramón Carrillo Somellera y Av Lacarra Habitacionales Av. Fernández de la Cruz, Larraya, Pola Complejos Barrio Lugano y Chilavert Habitacionales Complejos Barrio Barrio Olímpico Av Escalada 4370/80 Habitacionales Complejos Barrio Pte. Mitre Arias, Melián, Ruiz Huidobro y Posta Habitacionales Sarandí, Constitución, Combate de los Complejos Conjunto Constitución Pozos y Pavón Habitacionales Complejos Conjunto Patricios 24 de Noviembre 2240 Habitacionales Martín Rodríguez y Av. Don Pedro de Complejos Conjunto Martín Rodríguez Mendoza Habitacionales Alfredo Palacios Blanes, Caboto, Almirante Brown, Complejos Conjunto (Catalina Sur) Ministro Brin y Necochea Habitacionales Comandante Complejos Conjunto Espora Iguazú, Pepirí, Cruz y Santo Domingo Habitacionales Av. Brasil, Azopardo, Av. Paseo Colón y Complejos Conjunto Consorcio XVI Pi y Margall Habitacionales Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.12/18/final_de_pagina/Irala, Pilcomayo, Germán Abdala, Pi y Complejos Conjunto Irala Margall Habitacionales Nueva Pompeya Complejos Conjunto (Zavaleta) Zavaleta 851, Av. Gral. Iriarte3917/71 Habitacionales Av. Alte. Brown 521/653, Arzobispo Complejos Conjunto Casa Amarilla Espinosa 402, Juan Manuel Blanes 421 Habitacionales Balbastro, Rivera Indarte, Bonorino y Complejos Conjunto Balbastro Saraza Habitacionales Av. Eva Perón, Dávila, Av. Curapaligüe, Complejos Conjunto Simón Bolívar B. Fernández Moreno Habitacionales Av. San Pedrito, Balbastro y Crisóstomo Complejos Conjunto Castex Álvarez Habitacionales San Pedrito, Balbastro y Crisóstomo Complejos Conjunto Castex II Álvarez Habitacionales Complejos Conjunto Lafuente Av. San Pedrito, Balbastro y Lafuente Habitacionales Complejos Conjunto Pte. Rivadavia II Bonorino, Calle E y Av. Riestra Habitacionales Rivera Indarte I, II Rivera Indarte 1555/1681, Balbastro Complejos Conjunto y III 1402, Av. Castañares 2405/07 Habitacionales Av. Escalada, Crisóstomo Álvarez, Complejos Conjunto J. J. Castro Santander y Guardia Nacional Habitacionales Av. Dellepiane, Av. Escalada, Saraza y Complejos Conjunto Nágera Mozart Habitacionales Av. Fernández de la Cruz, Av. Roca, Complejos Conjunto General Savio I y II Larrazábal y Cafayate Habitacionales Villa Lugano J. León Suárez, Chilavert, Saladillo y Av. Complejos Conjunto (Alborada) Fernández de la Cruz Habitacionales Mariano Acosta, Av. Coronel Roca, Complejos Conjunto Soldati Veracruz y Av. Lacarra Habitacionales Comandante Av. Gral Paz, Goleta Santa Cruz y Av. Complejos Conjunto Piedrabuena Piedrabuena Habitacionales Av. Dellepiane, Santander, Miralla y Complejos Conjunto Cardenal Copello Basualdo Habitacionales Av. Fernández de la Cruz, Murguiondo, Complejos Conjunto Ing. Mascías Lisandro de la Torre y Chilavert Habitacionales Av. Dellepiane, Av. Escalada y Av. Complejos Conjunto Cardenal Samoré Castañares Habitacionales Av. Fernández de la Cruz, Av. Roca, Complejos Conjunto Gral. Savio III Larrazabal y Cafayate Habitacionales Parque de las Av.Gral. Fernández de la Cruz, Av. Complejos Conjunto Victorias (La Dulce) Escalada y Pje. S/N Habitacionales Complejos Conjunto Néstor Kirchner Av. Escalada 4351 Habitacionales Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.13/18/final_de_pagina/Complejos Conjunto Parque Avellaneda Av. Castañares y Saraza Habitacionales Beron de Astrada 6150, Timoteo Villa Riachuelo Gordillo 5588, Ferre 6157, Lisandro De Complejos Conjunto (Torres de Lugano) la Torre 5465/75 Habitacionales Complejos Conjunto Piletones Ana María Janer y Juan Pablo II Habitacionales Complejos Conjunto Villa 17 (Pirelli) Echeandía 6950 y Zuviría 6951 Habitacionales Somellera 3652, Laguna, Riestra, Av. Complejos Conjunto Fátima Lacarra 2650; Habitacionales La Fábrica (180 Complejos Conjunto viviendas) Lacarra & Fernández de la Cruz Habitacionales Complejos Conjunto M. T. de Alvear I Lacarra, Directorio, Olivera, Alberdi Habitacionales Complejos Conjunto M. T. de Alvear II Lacarra, Directorio, Olivera, Alberdi Habitacionales Manuel Dorrego Av. Lisandro de la Torre, Av. Eva Perón, Complejos Conjunto (Los Perales) Cosquín, Justo Antonio Suárez Habitacionales Av. Lacarra, Av. Juan B. Alberdi, Av. Complejos Conjunto M. T. de Alvear III Directorio y Av. Olivera Habitacionales Av. Lisandro de la Torre, Bragado y Complejos Conjunto Justo Juárez Timoteo Gordillo Habitacionales Venancio Flores, Bahía Blanca y Complejos Conjunto Floresta Chilecito Habitacionales Beláustegui, Condarco, Remedios de Complejos Conjunto Torres San Jorge Escalada de San Martín, Terrada Habitacionales 17 de Octubre Av. De los Constituyentes, Prado, Complejos Conjunto (Gral. San Martín) Bolivia, Ezeiza y Av. Gral Paz Habitacionales Complejos Conjunto Albarellos Av. Gral Paz y Albarellos Habitacionales Lisandro de la Av. La Pampa, Miñones, Cazadores y Complejos Conjunto Torre Sucre Habitacionales Av. La Pampa, Sucre, Cazadores y Complejos Conjunto Pampa I Húsares Habitacionales Complejos Conjunto Pampa II La Pampa, Sucre, Cazadores y Húsares Habitacionales Leiva, Rodney, Guzmán y Concepción Complejos Conjunto Los Andes Arenal Habitacionales Donizetti y Complejos Edificio Rivadavia Av. Rivadavia 9402 y Donazetti 15 Habitacionales Monoblock Gral. Complejos Edificio Belgrano Migueletes & Virrey del Pino Habitacionales Decreto Conjunto Cachi Av. Cachi y Av. Perito Moreno 2044/GCBA/04 Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.14/18/final_de_pagina/Decreto Conjunto 26 de Junio Portela 2547 2044/GCBA/04 Cooperativ a Codepro Moreno 1928 FONAVI Cooperativ Gral. Mosconi - a Chile Chile 2529 FONAVI Cooperativ Poder Legislativo - a Carlos Calvo Carlos Calvo 3248 FONAVI Cooperativ Poder Legislativo - a Independencia Av. Independencia 3758 FONAVI Cooperativ 6 de Julio - a Bonifacio José Bonifacio 750 FONAVI Cooperativ Grand Bourg - a Cucha Cucha Cucha Cucha 1077 FONAVI Cooperativ Grand Bourg - a Gaona Av. Gaona 1422 FONAVI Cooperativ a 6 de Julio - Boyacá Boyacá 835-845 FONAVI Cooperativ a Amaui Zañartú 1520 FONAVI Cooperativ a Covitur José Bonifacio 2949 FONAVI Cooperativ a Villa Luro Francisco Bilbao 2341 FONAVI Cooperativ Personal a Subterráneos I Av. Escalada 4265 FONAVI Cooperativ Personal a Subterráneos II Av. Escalada 4215 FONAVI Cooperativ a Grand Bourg Remedios 4912 y Guardia Nacional 1651 FONAVI Cooperativ Poder Legislativo - a Tapalqué Tapalqué 7371 FONAVI Cooperativ Poder Legislativo - a Saladillo Saladillo 2270 FONAVI Cooperativ Gral. Mosconi - a Emilio Castro Emilio Castro 4946 FONAVI Cooperativ Grand Bourg - a Avellaneda Av. Avellaneda 4040 FONAVI Cooperativ Reconstrucción a Municipal Beláustegui 2760 FONAVI Cooperativ a Cofar Crisólogo Larralde 4222 FONAVI Cooperativ a Techos Olof Palme 4339 y 4519 FONAVI Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.15/18/final_de_pagina/Cooperativ a Hogar I y II Conesa 45 - Dorrego 2060 FONAVI Cooperativ a Mayo Hogar Jaramillo 2324 FONAVI Barrio NHT Zavaleta Iriarte & Zavaleta NHT Av. Piedrabuena y Dr. José Ignacio de la Barrio NHT Del Trabajo Rosa NHT Programa Terrazas de La Vivienda Edificio Boca Aristóbulo del Valle 285 Porteña Programa Vivienda Edificio Torres del Sur Av. Sáenz 1165 Porteña Av. Gral. Paz, Dellepiane Norte y A. Barrio INTA Bermejo Regularizaciones Barrio Las Palomas Riestra y Portela Regularizaciones Barrio Cildáñez Casco, Homero, White, Zuviría Regularizaciones Padre Carlos Mugica y San Pedro de Conjunto Saldías Jujuy Regularizaciones Yaguareté, Copihue, Carlos Perette, Isla de Pascua, Quetzal, Futaleufú, Carlos Reurbanizacione Barrio YPF Perette, Ciprés s Ciervo de las Pampas & Alberto Reurbanizacione Barrio Containera Chejolan s Yma Sumac, Bartolina Sisa, 8 de Marzo, Reurbanizacione Barrio Rodrigo Bueno María Elena Walsh, Delia Degliuomini s Reurbanizacione Barrio Papa Francisco Av. Fernández de la Cruz & Escalada s Villa 20 Mza 1 Larrazábal, Barros Pazos, Larraya, Reurbanizacione Barrio A/B/C/D/G/F Chilavert s Reurbanizacione Barrio Conjunto Fraga Elcano, Guevara, Céspedes, Triunvirato s Villa 1-11-14 Ana Reurbanizacione Conjunto María Janer Ana María Janer y Torres y Tenorio s Villa 1-11-14 Reurbanizacione Conjunto Bonorino Mz 3t Sector BonorinoMz 3t s Villa 1-11-14 Reurbanizacione Conjunto Bonorino Mz 3u Sector BonorinoMz 3u s Villa 1-11-14 Reurbanizacione Conjunto Bonorino Mz 3v Sector BonorinoMz 3v s Villa 1-11-14 Reurbanizacione Conjunto Bonorino 3w Sector BonorinoMz 3w s Villa 1-11-14 Reurbanizacione Conjunto Riestra Mz 2v Sector Riestra Mz 2v s Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.16/18/final_de_pagina/Villa 1-11-14 Reurbanizacione Conjunto Riestra Mz 2x Sector Riestra Mz 2x s Reurbanizacione Conjunto 25 de Marzo Av. Fernández de la Cruz y Fonrouge s Villa 20 28 Viviendas Barros José Barros Pazos, Fonrouge, Pje Reurbanizacione Conjunto Pazos & Fonrouge Mercosur, Larraya s Villa 20 Módulo Pola, Delpini, Larraya, Fernández de la Reurbanizacione Conjunto A/B Cruz s Cildáñez - Torres Zuviría 1 a 5 y 8 a Reurbanizacione Conjunto 10 Zuviría y Cens s Cildáñez - Torres Reurbanizacione Conjunto Casco 5 al 8 Dr. Horacio Casco y White s Cildáñez - Torres Reurbanizacione Conjunto Homero 1 al 4 Homero y Crisóstomo Álvarez s Cildáñez - Torres Reurbanizacione Conjunto Casco 9 y 10 Dr. Horacio Casco y Cens s Edificio Dean Funes 1121 Dean Funes 1121 TPyC Edificio Dean Funes 1155 Dean Funes 1155 TPyC Humberto Primo Edificio 2823/35/41 Humberto Primo 2823/35/41 TPyC Edificio Moreno 2576 Moreno 2576 TPyC Almte. Brown Edificio 918/934 Almirante Brown 918/934 TPyC Castro Barros Edificio 929/43 Castro Barros 929/43 TPyC Edificio Culpina 264 Culpina 264 TPyC Edificio Estrada 48/74 Estrada 48/54 TPyC Edificio Varela 649/57 Varela 649/57 TPyC Edificio Albariño II Albariño 41/65 TPyC Edificio Albariño II Albariño 91/93/95/97 TPyC Edificio Bragado Bragado 4747/61/63/65 TPyC Edificio Directorio 3921/37 Directorio 3921/37 TPyC Edificio Oliden 434/36/50 Oliden 434/36/50 TPyC Edificio Directorio 3325/55 Directorio 3325/3355 TPyC Ramón Falcón Edificio 3991/99 Ramón Falcón 3991/99 TPyC Ramón Falcón Edificio 5673/85 Ramón Falcón 5673/85 TPyC Edificio Rivadavia 10162/74 Rivadavia 10162/74 TPyC Traza Ex AU3 - Edificio Holberg Holberg 2190 Ley 324 Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.17/18/final_de_pagina/Traza Ex AU3 - Edificio Tomás Le Bretón Tomas Le Breton 4252 Ley 324 Traza Ex AU3 - Edificio Giribone 840 Giribone 840/2 Ley 324 Traza Ex AU3 - Edificio Giribone 1326/42 Giribone 1326/42 Ley 324 Traza Ex AU3 - Edificio Estomba Estomba 1148/54 Ley 324 Traza Ex AU3 - Edificio Virrey del Pino Virrey del Pino 4159 Ley 324 Conjunto Palos Palos 460 UE La Boca Conjunto Suárez Suarez 515 UE La Boca Conjunto Brandsen I Brandsen 626 UE La Boca Conjunto Brandsen II Brandsen 660 UE La Boca Conjunto Alvar Núñez Alvar Núñez 245 UE La Boca Conjunto Espinosa Arzobispo Espinosa 351/57/67 UE La Boca Coronel Salvadores Conventillo 757 Coronel Salvadores 757/99 UE La Boca Don Pedro de Av. Don Pedro de Mendoza Conventillo Mendoza 2383 2383/91/93/99, California 601/5/7/23/27 UE La Boca Daniel Cerri Conventillo 1148/50/52 Daniel Cerri 1148/50/52 UE La Boca Martín Rodríguez Conventillo 865 Martín Rodríguez 865 UE La Boca Conventillo Suárez 951 Suárez 951 UE La Boca Daniel Cerri Conventillo 1168/70 Daniel Cerri 1168/70 UE La Boca Conventillo Hernandarias 1937 Hernandarias 1937 UE La Boca Conventillo Irala 1935/41 Irala 1935/41 UE La Boca Conventillo Martín Rodríguez Martín Rodríguez 839/43 UE La Boca Conventillo Río Cuarto 1257 Río Cuarto 1257 UE La Boca Conventillo Río Cuarto 1261 Río Cuarto 1261 UE La Boca Conventillo Río Cuarto 1271 Río Cuarto 1271 UE La Boca Conventillo Suárez 625 Suárez 625 UE La Boca Conventillo Suárez 629 Suárez 629 UE La Boca Coronel Salvadores Edificio 829/31 Coronel Salvadores 829/31 UE La Boca Martín Rodríguez Edificio & Suárez Martín Rodríguez & Suárez UE La Boca Último cambio: 27/2/2026 13:36:00 - Cantidad de caracteres: 30881 - Cantidad de palabras: 5391 Pág.18/18/final_de_pagina/

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