DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

CONTRATO DE TRABAJO - LEY 20744 -. MODIFICACIONES SOBRE LICENCIAS OTORGADAS POR FALLECIMIENTO.

“2025 - AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA” Proyecto de Ley El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación, sancionan con fuerza de ley. ARTICULO 1º: Modifíquese el inciso C del artículo 158 de la Ley de contrato de trabajo (Nº20744) el que quedara redactado de la siguiente manera: C) Por fallecimiento del cónyuge o de la persona con la cual estuviese unido en aparente matrimonio, en las condiciones establecidas en la presente ley; de hijo o de padres, cinco (5) días corridos. Esta licencia se extenderá un día por cada 200 km siempre que el trabajador pudiera demostrar la distancia existente. ARTICULO 2º: Modifíquese el inciso D del artículo 158 de la ley de contrato de trabajo (Nº 20744), el que quedará redactado de la siguiente manera: D) Por fallecimiento de hermano, tres (3) días corridos. Esta licencia se extenderá un día por cada 200 km siempre que el trabajador pudiera demostrar la distancia existente. ARTICULO 3º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional./final_de_pagina/“2025 - AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA”

Expediente
5078-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
12 de septiembre de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

  2. En comisión (origen)

    actual

  3. Media sanción

  4. Con dictamen (revisora)

  5. Sancionado

  6. Promulgado

Giro a comisión (2)

Legislación del trabajocabeceraFamilias, Niñez y Juventudes

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Sr. Presidente El presente proyecto de Ley, tiene por objeto modificar las licencias otorgadas por la ley de contrato de trabajo cuando un trabajador pierde a un hermano, un padre o una madre, un hijo o una hija, o a la persona con quien ha decidido transcurrir su vida. Lo cierto es que la legislación actual resulta poco benévola e incluso leonina cuando establece la cantidad de días que corresponden a los trabajadores que sufren una irreparable pérdida. La finalidad de las licencias es permitir que el trabajador se ausente para poder afrontar la perdida, transcurrir el duelo y también ocuparse de los trámites administrativos que estas circunstancias traen aparejadas, sin sumarle a todo ello el estrés laboral. Perder a un ser querido es una experiencia difícil y emotiva y lo último en lo que se quiere pensar es en preocuparse del trabajo. Las perdidas si bien impactan primordial y principalmente sobre nuestras emociones, lo cierto es que también afectan significativamente el bienestar físico; es por ello que durante una cierta cantidad de días que la legislación reconoce como derecho del trabajador para ausentarse, lo que se pretende es que quien ha perdido un ser querido tenga el tiempo y el espacio necesarios para procesar su dolor sin el estrés adicional de las responsabilidades laborales. Las complejas etapas del duelo (negación, ira, negociación, depresión y aceptación) requieren tiempo e introspección, espacio que es posible con la licencia por duelo de un ser querido. Sin embargo, no se reduce solo a una/final_de_pagina/“2025 - AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE LA NACIÓN ARGENTINA” cuestión de estrés emocional, sino que también el estado de luto provoca agotamiento, lo que puede generar, razonable, una mala productividad en el trabajador, desgano, incumplimiento de las responsabilidades a su cargo o incluso mal cumplimiento de las mismas, ello es porque el duelo afecta las funciones cognitivas y provoca errores, por lo que dar tiempo a los empleados para procesar su pérdida puede reducir la posibilidad de estos. Los padres, los hijos, los hermanos, los cónyuges y los convivientes son un pilar fundamental en cualquier núcleo familiar y su perdida genera un dolor inconmensurable y que difícilmente pueda algún día superarse. Es fundamental para los trabajadores que, si bien es cierto que ninguna licencia va a ser suficiente, sea al menos respetado en su dolor y no tenga que por unos días tener preocupaciones laborales que solo contribuyan a su desequilibrio emocional y le impidan recuperarse. La ley de contrato de trabajo en su redacción originaria, no resulta en absoluta favorable ni considerada con los empleados, porque otorga días de licencias en los que absolutamente nadie podría ni siquiera pensar en volver a su trabajo, es por ello que una modificación que sea más contemplativa y empática con las situaciones excepcionales y dolorosas resulta sumamente necesaria y oportuna. En este contexto es que solicito a mis pares que me acompañen con la firma del presente proyecto de ley./final_de_pagina/

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