DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE DECLARA MONUMENTO HISTORICO NACIONAL AL EDIFICIO SEDE DE LA CASA DE SAN LUIS, EN LA CALLE AZCUENAGA 1083/87 DE CABA. EN LOS TERMINOS DE LA LEY 12.665.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1033/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1º- Declárase Monumento Histórico Nacional al edificio sede de la Casa de San Luis, ubicado en la calle Azcuénaga 1083/1087 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo 4° de la Ley 12.665 y sus modificatorias. Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Bartolomé E. Abdala

Expediente
1033/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
18 de junio de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidente: Mediante el presente proyecto de ley se propone la declaración como monumento histórico nacional al edificio en el cual se emplaza actualmente la Casa de San Luis en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la calle Azcuénaga 1083/1087. El edificio donde se emplaza la Casa de San Luis cuenta con una vasta riqueza histórica y cultural. Alrededor de 1920 Carlos Lagomarsino - fundador del conocido negocio “Sombreros Lagomarsino” - fue quien solicitó la construcción de la casa. La misma estuvo a cargo del arquitecto Virginio Colombo, con estilo Art Nouveau. Pasados los años ‘60, funcionó allí la primera Escuela de Aviación y el servicio de Inteligencia de la Aeronáutica. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Posteriormente fue adquirido por el Banco Interamericano Regional, el Banco de la Mujer “Juana de Arco”, por casi una década. Luego de una quiebra, alrededor de 1982 se hizo cargo el Banco Central, el cual lo subastó y fue adquirido por una inmobiliaria. Fue en ese momento que fue adquirido por la Provincia de San Luis, bajo la gobernación de Adolfo Rodriguez Saá e inaugurado oficialmente en 1985. Sin lugar a dudas el inmueble es una parte fundamental del patrimonio cultural de la provincia y también de la nación, tanto por los destinos como por las funciones que acogió. Además, ha sido distinguido como “Edificio Emblemático Art Nouveau 2023” en el marco del 10° Aniversario de la Ruta del Art Nouveau; con lo cual denota la importancia que tiene el edificio en el patrimonio nacional y su inconmensurable valor no sólo monetario, sino arquitectónico y cultural. Más allá de todas los destinos del edificio, cabe resaltar que siempre mantuvo su impronta original y todas las refacciones han tendido a mantener su impronta y belleza de la construcción original: Pisos de roble de eslovenia, vitrales y rosetones majestuosos que acompañan la escalera de la entrada principal de la casa, así como las paredes estucadas y decoradas, algunas de ellas a mano. La ley 12.665 y sus modificatorias crea la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, establece que es la Comisión la encargada de llevar un registro de todos los bienes protegidos, dentro de los cuales se incluyen como categorías: monumentos, lugares, poblados y áreas urbanas o de amortiguación de interés histórico nacional así como también bienes de interés histórico, artístico, arquitectónico, industrial, arqueológico. Por último también incluye las categorías de sepulcro histórico, paisaje cultural e itinerario cultural nacional. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Dichos bienes y lugares quedan bajo la custodia y conservación del Estado, impidiendo que sean enajenados, ni gravados, etc. sin intervención de la Comisión, que es la encargada de ejercer la superintendencia inmediata sobre los objetos protegidos por la ley. Es innegable el valor que el edificio de la Casa de San Luis conforma en el patrimonio cultural, tanto material como inmaterial de la provincia de San Luis. Es un claro reflejo de la trascendental transformación de la cual fue protagonista la provincia desde la vuelta de la democracia. En primer lugar, sirvió como punto de encuentro y recepción para concretar proyectos relacionados a la promoción industrial, que transformaron el destino de la provincia. De igual importancia fue y es la atención social hacia los habitantes de San Luis que requieren algún tipo de acompañamiento o asesoramiento en la capital, así como personas con interés en la provincia. Se destacan las actividades sociales, históricas, culturales y turísticas que han tenido sede en la Casa a lo largo de estos años. Es producto de todos esos acontecimientos y de la calidez humana de quienes se han desempeñado y desempeñan en ella, que la Casa de San Luis ha generado un profundo cariño e interés en todos los ciudadanos de la provincia. Es por todo lo precedentemente expuesto que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de ley. Bartolomé E. Abdala VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/

Documentos (1)

Texto Original
Abrir