DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

REGIMEN DE ZONA FRIA - LEY 27637 -. INCORPORACION DEL ARTICULO 9, SOBRE DECLARACION DE ORDEN PUBLICO.

"2024 Año del Treinta Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional Argentina" Proyecto de Ley El Senado de la Nación y la Cámara de Diputados de la Nación reunidos en Congreso sancionan con fuerza de Ley. Artículo 1º.- Incorporase como artículo 9° de la Ley 27.637, el siguiente: Artículo 9°: "La presente ley, y el régimen establecido por el art. 75 de la Ley 25.565 son de orden público." Artículo 2°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. "2024 Año del Treinta Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional Argentina"

Expediente
5129-D-2023
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
24 de enero de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor presidente: En la "Ley de Bases y puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos" enviada por el Poder Ejecutivo con sus reformas, se incorporó una modificación que permite al Poder Ejecutivo modificar, transformar y/o eliminar fondos fiduciarios del sector energético, incluidos los destinados a subsidios, que podrían impactar fuertemente en la economía doméstica de millones de familias argentinas. Significa, darle facultades al Poder Ejecutivo, para la derogación de la Ley de Zona Fría, la cual otorga una reducción del 30% al 50% en los costos de los usuarios de gas residencial por red que residen en las regiones que el artículo 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 contemplan. El régimen para bonificar el consumo de gas en zonas de bajas temperaturas como la Patagonia se había creado en los años 90´, mediante el ya comentado artículo 75 de la ley 25.565, pero hace dos años se extendió a varias localidades del centro del país, mediante la sanción de la ley 27.637. Los recursos, de este régimen, surgen del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas que se financia con un recargo al resto de los hogares, ni más ni menos que en concepto de solidaridad para quienes viven en zonas particulares que requieren medidas específicas, como estas. "2024 Año del Treinta Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional Argentina" Ahora bien, estamos hablando de un universo de usuarios de más de 1.240.000 hogares en el territorio bonaerense y alrededor de 4 millones en todo el país. En consecuencia, regímenes diferenciales como este, debe tener una protección especial en el tiempo, que no quede a la mera decisión y espasmos de la política de turno. Es por ello que este proyecto propone declarar de orden público el Régimen de Zona Fría y su ampliación, limitando las modificaciones arbitrarias y sin sustento, que contrarían los pactos, tratados y convenciones que disponen progresividad y no regresividad de los derechos de ciudadanos, usuarios y/o consumidores. Eugenia Alianiello Marcela Passo

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