DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

COMPETITIVIDAD - LEY 25413 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 3 SOBRE DISTRIBUCION DEL FONDO DE EMERGENCIA PUBLICA.

2024 - AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD PROYECTO DE LEY LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS Y EL SENADO DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1°.- Se sustituye el artículo 3° de la Ley 25.413 y sus modificatorias, por el siguiente: “ARTICULO 3°.- “ El setenta por ciento (70%) de este impuesto se destinará a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y el treinta por ciento (30%) restante a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. Fabiola Aubone Walberto Allende Jorge Chica Varinia Marín Liliana Paponet Eugenia Alianello

Expediente
5317-D-2023
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
20 de febrero de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor Presidente: El presente proyecto de Ley se ingresa con el fin de coparticipar los recursos provenientes del impuesto a los créditos y débitos en cuenta corriente, conocido como "impuesto al cheque", establecido mediante la Ley 25.413, otorgando una distribución de esos fondos en un 70% a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), y el 30% restante distribuirlos entre las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con motivo de compensar la pérdida de la recaudación del producido del impuesto a las ganancias que hoy todas las jurisdicciones provinciales deben enfrentar, producto de la reciente reforma del impuesto a las ganancias. Si bien una reforma tributaria integral es necesaria y fundamental, no puede ser indiferente considerar y articular distintas medidas que se hacen necesarias tomar a fin de atender las urgencias que estamos viviendo los argentinos y las argentinas, producto de la grave crisis económica y social que atravesamos. La distribución de los recursos fiscales entre el gobierno nacional y los gobiernos provinciales y municipales en Argentina, hoy se encuentra en un estado grave y preocupante, puesto que no está garantizada la distribución equitativa de los ingresos públicos afectando fuertemente la autonomía financiera de las provincias y municipios, golpeando fuertemente el desarrollo integral de cada una de las Provincias de nuestro Estado Federal. Atento al contexto citado, y en miras a corregir el desfinanciamiento que las Provincias están transitando, se propone mediante esta iniciativa modificar el actual artículo 3 de la Ley 25413, que establece: "El ciento por ciento (100 %) de este impuesto se destinará a la Administración Nacional de la seguridad Social (ANSES), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, es decir que lo producido por el impuesto al cheque se asigna en su totalidad a la ANSES"; proponiendo que los recursos provenientes del impuesto al cheque se distribuyan en un 70

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