DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

CODIGO PENAL DE LA NACION. INCORPORESE LOS ARTICULOS 211 BIS Y 211 TER SOBRE PENALIZACION DE FALSAS AMENAZAS.

“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” PROYECTO DE LEY El Senado y La Honorable Cámara de Diputados de la Nación, etc. “Modificación al código penal - penalización de falsas amenazas” ARTÍCULO 1° – Incorpórase el artículo 211 bis del Código Penal, que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 211 bis. – Será reprimido con prisión de cuatro (4) a diez (10) años el que, por cualquier medio, realizare una falsa amenaza o denuncia relacionada con la colocación, activación o inminente uso de explosivos, sustancias químicas, biológicas, nucleares, radiactivas, o cualquier otro tipo de elemento capaz de poner en peligro la vida o integridad física de las personas, o simulare la inminencia de un atentado contra bienes o instalaciones públicas o privadas.” ARTÍCULO 2° – Incorpórase el artículo 211 ter al Código Penal, que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 211 ter. – Si la conducta prevista en el artículo anterior tuviere por finalidad infundir terror en la población, alterar el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, paralizar servicios esenciales o generar un efecto intimidatorio colectivo con fines políticos, ideológicos o religiosos, la pena será de diez (10) a veinte (20) años de prisión, sin posibilidad de reducción condicional ni morigeración de la pena.” ARTÍCULO 3° – Comuníquese al Poder Ejecutivo. Damián Arabia Diputado Nacional/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”

Expediente
3299-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
24 de junio de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

  2. En comisión (origen)

    actual

  3. Media sanción

  4. Con dictamen (revisora)

  5. Sancionado

  6. Promulgado

Giro a comisión (1)

Legislación Penalcabecera

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor Presidente: El presente proyecto de ley propone incorporar al Código Penal de la Nación los artículos 211 bis y 211 ter, con el objetivo de tipificar de manera autónoma las falsas amenazas de atentado, y establecer una agravante específica cuando estas conductas se enmarcan dentro de fines terroristas. En los últimos años, la Argentina ha sido testigo de una preocupante proliferación de falsas amenazas de bomba o atentado, dirigidas a escuelas, aeropuertos, hospitales, organismos públicos, líneas de transporte y otras instalaciones estratégicas. Estos hechos generan disrupción institucional y un altísimo costo operativo para el Estado, al obligar a desplegar personal policial, evacuaciones, investigaciones y protocolos de emergencia. Frente a esta realidad, el Código Penal vigente sólo prevé la figura de la “intimidación pública”, cuya redacción resulta ambigua e insuficiente para abordar la gravedad y especificidad de este tipo de amenazas, que no buscan solamente alterar el orden, sino simular ataques de altísima peligrosidad. Por eso, el artículo 211 bis castiga a quien —por cualquier medio— realice una falsa amenaza, o simule la inminencia de un atentado contra personas o instalaciones. Asimismo, se incorpora el artículo 211 ter, que introduce una agravante por finalidad terrorista. Cuando esta falsa amenaza tenga como objetivo infundir terror en la población, alterar el normal funcionamiento de las instituciones democráticas se establece una pena más severa, sin posibilidad de reducción condicional ni morigeración. Este proyecto se encuentra plenamente alineado con los estándares del derecho internacional en materia de lucha contra el terrorismo, como los establecidos por las Naciones Unidas, la Convención Interamericana contra el Terrorismo y el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Esta iniciativa responde a una necesidad de largo plazo: devolver al país reglas claras y previsibles en materia penal, que permitan actuar preventivamente frente a amenazas que dañan profundamente la convivencia democrática y la seguridad pública. Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del proyecto. Damián Arabia Diputado Nacional/final_de_pagina/

Documentos (1)

Texto original
Abrir