Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional
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“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-2139/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… HUSO HORARIO EN TODO EL TERRITORIO DE LA REP. ARGENTINA Artículo 1°.- Establézcase como Hora Oficial en todo el territorio del país la del huso horario de cuatro (4) horas al Oeste del meridiano de Greenwich, (-4 GMT), en concordancia con la que le corresponde a la República Argentina dentro del Sistema Internacional de los Husos Horarios. Artículo 2º.- Facúltese al Poder Ejecutivo a adaptar el huso horario geográfico, en todo el territorio nacional conforme a la época estival o invernal, de acuerdo a los criterios y estudios correspondientes a optimizar el uso eficiente de la energía, mayor aprovechamiento de la luz solar, la preservación de los recursos naturalezas y un menor gasto de la población en consuno de energía eléctrica, fijando anualmente la fecha de iniciación y de terminación del período estival que corresponda. Dicha facultad se otorga por el plazo de cuarenta y ocho meses (48), siendo este prorrogable. Artículo 3°.- Deróguense las Leyes 25155 y 26350 y toda normativa que se oponga a la presente Ley. Artículo 4°.- La presente ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Carolina Losada.- Stella M. Olalla.- Daniel R. Kroneberger.- Pablo D. Blanco.- Mercedes G. Valenzuela
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