Fundamentos del proyecto
Señor Presidente;
El presente proyecto de ley tiene por objeto garantizar la transparencia fiscal al consumidor, lo cual es de crucial importancia a la hora de propiciar la concientización ciudadana y garantizar un sistema transparente, honesto y sustentable.
La Constitución Nacional prevé en su artículo 42 que "los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo... a una información adecuada y veraz..." para lo cual "las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo". A su vez, la "cláusula de progreso" prevista en el inciso 18 de su artículo 75 dispone que corresponde al Congreso Nacional "proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria...".
Por otra parte, el artículo 1.100 del Código Civil y Comercial dispone en cuanto a la información y publicidad dirigida a los consumidores que "el proveedor está obligado a suministrar información al consumidor en forma cierta y detallada respecto de todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, las condiciones de su comercialización y toda otra circunstancia relevante para el contrato. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada con la claridad necesaria que permita su comprensión".
En forma concordante, el artículo 4 de la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor dispone que "el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización. La información debe ser siempre gratuita para el consumidor y proporcionada en soporte físico, con claridad necesaria que permita su comprensión...".
En este sentido, se advierte que, así como con la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor y con la ley 27.642 de Etiquetado Frontal se han realizado progresos en la calidad de la información al consumidor,
Esta opacidad se patentiza aún más al advertir que en el contexto internacional la regla es que los tributos se visibilizan en las facturas o tickets de consumo, se trate de un impuesto al valor agregado o de un impuesto a las ventas. De entre los regímenes se destaca el sistema de transparencia fiscal al consumidor de Brasil, cuya ley federal 12.741 dispone desde 2012 que en los documentos fiscales debe constar la información del valor aproximado de la totalidad de los impuestos federales, estaduales y municipales que tengan incidencia en la formación de los respectivos precios de venta. Dicha ley menciona ocho tributos que deben considerarse a tales efectos, resultando indistinto si el gravamen se aplica sobre el vendedor o el comprador. En el ticket se expone el total de tributos como así también el subtotal por jurisdicción, por lo cual los consumidores pueden saber cuánto pagan de carga fiscal ya qué nivel del Estado se los paga.
Bajo nuestro sistema legislativo un régimen como el que se propone es igualmente posible en Argentina, vía una modificación a la Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, toda vez que, conforme a su artículo 41, la autoridad de aplicación de dicha ley es concurrente, nacional y local, por lo cual el control, vigilancia y juzgamiento de las correspondientes cuestiones se encuentra tutelada para los correspondientes tributos nacionales, provinciales y municipales, cada uno en su respectiva jurisdicción.
Se entiende que la mencionada opacidad ha generado en nuestro país una desconexión de la ciudadanía con las cuestiones fiscales que ha sido funcional a las crisis económicas que ha sufrido nuestro país en los últimos años, generadas a partir de excesos de gasto público, impuestos e inflación. También ha atentado contra la conciencia fiscal de la ciudadanía la publicidad de ciertas prestaciones o servicios en los tres niveles del Estado como "gratuitos" cuando ellos son solventados por los tributos de los contribuyentes.
Finalmente, vale destacar que dicha iniciativa ha gozado de valoraciones positivas tanto
Marilú Quiroz
Veronica Razzini
Alejandro Bongiovanni
Patricia Vásquez
Silvana Guidici
Anibal Tortoriello