DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA UTILIZACION DEL USO DE CELULAR A ESTUDIANTES Y DOCENTES EN ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS Y PRIVADOS DE TODOS LOS NIVELES EDUCATIVOS DURANTE EL HORARIO ESCOLAR.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1705/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… Artículo 1º.- Objeto. Regular la utilización del uso de celular a estudiantes y docentes en establecimientos educativos públicos y privados de Todos los niveles educativos, durante el horario escolar. Artículo 2º.- Uso excepcional del dispositivo tecnológico en los procesos de enseñanza y aprendizaje. En el nivel primario y nivel inicial, el uso de teléfonos celulares será posible sólo en el caso que el docente lo requiera. Consideraciones para uso: • Ser parte de un proyecto pedagógico que fundamente su uso. • Tener autorización de las autoridades del establecimiento. • Comunicar a las familias la planificación de contenidos, duración del proyecto, plazos y horarios específicos en los cuales se utilizarán estas herramientas. Artículo 3º.- Delegar a la Secretaria de Educación el acompañamiento a las conducciones de los establecimientos educativos en la implementación de lo dispuesto en la presente Ley acordando con Consejo Federal de Educación, Quienes estarán a cargo de la elaboración de instrucciones, protocolos específicos, recomendaciones y toda otra medida que considere pertinente dirigida al efectivo cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 1ºy 2º. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 4º.- Vigencia. La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en un plazo de 60 días contados a partir de la fecha de su sanción. Artículo 6º.- Capacitación docente. La Secretaría de Educación deberá coordinar con el Consejo Federal de Educación, la realización de jornadas de capacitación docente, orientadas a brindar a los docentes las herramientas necesarias para poder orientar a los alumnos en el uso adecuado de los dispositivos celulares. Artículo 7º.- Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente. Artículo 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Beatríz L. Avila

Expediente
1705/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
12 de septiembre de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidente: Si bien el uso de teléfonos celulares crece día a día entre chicos y adolescentes, en nuestro país, de igual manera avanza la necesidad regular el uso de los mismos en los establecimientos educativos tanto públicos como privados. El celular está en todos los aspectos de la vida cotidiana. El uso de este tipo de teléfonos durante las horas de clases, distrae la atención, molesta a los demás y le resta eficacia al dictado de las clases, VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” irrumpiendo de esa manera a alumnos y docentes y produciendo por ende trastornos en el aprendizaje. Los bajos niveles de aprendizaje exigen aprovechar al máximo el escaso tiempo escolar disponible y por ende limitar las distracciones que supone el celular en clase. El objetivo es propiciar el uso pedagógico de la tecnología, esto puede hacerse con equipamiento específico: en la Argentina el 90% de la matrícula ya cuenta con conectividad en sus escuelas como para aprovechar las computadoras que se han distribuido desde el gobierno nacional y algunos gobiernos provinciales. El celular debería apagarse en momentos que se está dictando clases en el caso que no requiera su utilización para trabajar en el aula, porque enrarece ambientes de aprendizaje ya deteriorados. Según datos de PISA 2022 la Argentina estaba en el puesto 52 de 76 con clima escolar negativo dicho por los propios estudiantes. El celular afecta el ambiente de trabajo al fragmentar la atención, conspirar contra los vínculos, ser utilizado para filmar a compañeros y docentes, estar en las redes, mirar pornografía, jugar, apostar en línea. El uso del celular en la escuela refleja fuente Consultora Sorlist: • Argentina es el quinto país del mundo con mayor cantidad de horas en el celular (9hs y 39m). En esta "generación ansiosa" al decir de Jonathan Haidt, es especialmente importante que la escuela cree otro tipo de intereses, actividades y vínculos. Hay estudios que indican que su exclusión mejora el aprendizaje y el bienestar de los niños y adolescentes. Varios países -como Australia, VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Francia, Suecia, Reino Unido, Países Bajos, Portugal, Italia o estados brasileros como Ceará- vienen prohibiendo el celular en la escuela. En este sentido, un informe de la UNESCO de 2023 advierte sobre las consecuencias negativas de los dispositivos móviles sobre el aprendizaje junto con las insuficientes pruebas sólidas sobre su aporte. No se trata de prohibir, se trata de regular con normas claras y concisas. Dado que las prohibiciones pueden ser de difícil implementación en las escuelas, por cuestiones operativas como por la esperable rebeldía de los adolescentes frente a esta privación o por el debilitamiento de la autoridad y de la formación de los docentes. Regular no es prohibir. Es necesario un entorno educativo donde la tecnología sea una herramienta útil y no una distracción. Argentina es pionera, número uno según datos de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, de estudiantes que reconocen distraerse en matemáticas por el uso del celular. Y cinco de cada 10 jóvenes de nuestro país dicen que les genera mucha ansiedad cuando no tienen su celular cerca. La Organización Mundial de la Salud y de la Sociedad Argentina de Pediatría hace referencia sobre el riesgo que implica el uso excesivo de pantallas y medios electrónicos en el desarrollo de las habilidades cognitivas de los chicos más pequeños. En esta etapa del desarrollo dependen fuertemente de la interacción con adultos para entender los estímulos que reciben. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” El uso excesivo de pantallas (por ejemplo, más de 2 a 3 horas diarias de exposición) puede provocar consecuencias en el desarrollo cognitivo y motriz, el aprendizaje y la memoria, y la salud en general. Según una encuesta realizada por la Unidad de Evaluación Integral de la Calidad y Equidad Educativa (UEICEE) del Ministerio de Educación, en la Ciudad los chicos usan los dispositivos electrónicos más de dos horas al día, un tiempo superior al recomendado. Y más de 8 de cada 10 docentes de nivel secundario consideran que el uso de celulares en clase dificulta la atención y participación de los estudiantes. 7 de cada 10 familias y 8 de cada 10 docentes sostienen que el uso de celulares tiene consecuencias negativas en el bienestar de los estudiantes. De acuerdo con informes de seguimiento de la educación en el mundo elaborados por la Unesco, el aumento del tiempo de pantalla durante la pandemia ha exacerbado problemas de autocontrol y estabilidad emocional entre los jóvenes, incrementando la ansiedad y la depresión. Señora presidente, estoy convencida que debemos regular la utilización de dispositivos digitales personales para que las políticas educativas garanticen una mayor concentración en el proceso pedagógico, didáctico, incorporando a los dispositivos electrónicos como partes de planificación anual y en momentos que así se requiera institucionalmente. Por lo expuesto es que solicito a mis pares me acompañen en el presente proyecto de Ley. Beatríz L. Avila VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/

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