DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE TRANSFIERE A TITULO GRATUITO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUSTO, EL INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL, DPTO. Y LOC. DE SAN JUSTO, PROV. DE SANTA FE, IDENTIFICADO CATASTRALMENTE COMO DPTO.: 06 -DISTRITO: 11 - SECCION 01 - MANZANA: 257 - PARCELA: 1.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0979/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados, … Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito a favor de la Municipalidad de San Justo el inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, ubicado entre las calles LEANDRO ALEM, 9 DE JULIO, GAGGERO Y 1 DE MAYO, Departamento y Localidad de SAN JUSTO, Provincia de SANTA FE, identificado catastralmente como Departamento: 06 - Distrito: 11 - Sección: 01 - Manzana: 257 - Parcela: 1 que se vincula con el CIE NO 82-0000490-7/1, restricción: servidumbre de paso a favor de parcela 2, con una superficie total aproximada de SETENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS 73.780 m2, cuyo plano descriptivo e informes del Servicio de Catastro e Información Territorial consta en el Anexo I integrante de este proyecto. Art. 2°- La transferencia que se dispone en el artículo 1º se efectúa con el cargo de que la beneficiaria destine distintos espacios del ex depósito de cargas ferroviario a la ubicación y funcionamiento de un auditorio de acceso público y convierta la antigua estación de trenes en un área de oficinas de uso flexible, adaptándolas a las necesidades de la ciudad. Art. 3°- El Poder Ejecutivo nacional, dentro de los sesenta (60) días de sancionada la presente ley, adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir los trámites necesarios para el otorgamiento de las respectivas escrituras traslativas de dominio. Art. 4°- Establéese un plazo de cinco (5) años para el cumplimiento del cargo impuesto en el artículo 2°; vencido el cual sin que mediare VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” observancia, el dominio del inmueble objeto de la presente revertirá a favor del Estado nacional. Art. 5°- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente estarán a cargo de la beneficiaria. Art 6° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. Eduardo H. Galaretto.- Carolina Losada.- VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”

Expediente
979/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
5 de junio de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora presidente: San Justo, en la provincia de Santa Fe, es un centro agrícola destacado en la producción de soja, maíz, trigo y girasol. Cuenta a su vez con pequeñas y medianas empresas en sectores de alimentos, metalurgia y textiles. Su pueblo tiene una vida cultural activa que se nutre de la Casa de la Cultura, espacio para artistas nuevos y establecidos donde se organizan exposiciones de arte local y regional, pinturas, esculturas y fotografías; y el teatro Woodstock que ofrece obas de teatro conciertos y numerosos eventos artísticos que tienen lugar a lo largo del año. Además, San Justo es el lugar desde donde alcanzaron niveles destacados números artistas, cabe recordar a Edgardo Cardozo, músico y compositor de folclore argentino, a escritores como Roberto Schneider, Ricardo Brum, escritor y periodista, Pedro Orestes Cafaro: autor y periodista que ha incursionado en diversos géneros literarios, Juan Carlos Saravia, pintor y escultor, Teresa Durando artista plástica y muralista. En 2017 entre la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y la Municipalidad de San Justo, representada en ese acto por su Intendente Arq. Nicolás Cuesta se firmó un Convenio por el cual se otorgaba a la Municipalidad un Permiso de Uso sobre el inmueble que se describe en el artículo 1º de este proyecto. Según el convenio firmado la Municipalidad de San Justo se comprometió a destinar el inmueble a un espacio comunitario de actividades culturales y lugar de esparcimiento verde. En dicha VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” oportunidad y por cláusula Quinta del Convenio se autorizó expresamente a la Municipalidad a realizar obras en el marco del destino previsto, alguna de ellas ya en curso. Asimismo, por cláusula Octava del citado acuerdo se autorizó a la Municipalidad a realizar las mejoras que resultasen necesarias. Cabe destacar que desde la fecha de la firma del Convenio los gastos relacionados con el mantenimiento del inmueble cedido y el pago de la totalidad de la tasas, impuestos y contribuciones que graven al mismo, son afrontados por la Municipalidad. Se adjunta copia del Convenio como Anexo 2. En esta oportunidad la Municipalidad solicita la transferencia del inmueble y edificios de la antigua estación de ferrocarriles para poner las construcciones en valor y destinarlos al uso comunitario. En su plan de obras las autoridades locales proponen destinar la antigua estación de ferrocarril a la construcción de un espacio de oficinas de uso flexible, adaptándola a las necesidades de la ciudad, pero respetando su valor histórico. Los trabajos incluyen la reconstrucción de revoques, reparación de techos de tejas y cabreadas de madera, ejecución de cielorrasos, en oficinas, construcción de paquete de baños independiente, construcción de rampas en los accesos y veredas perimetrales, reparación y reconstrucción de aberturas de madera, y ejecución de pisos cerámicos. En cuanto al espacio antes destinado a ex depósito de cargas ferroviario se plantea transformarlo en un auditorio que pueda ser utilizado para eventos culturales y conferencias. En este caso, los trabajos a realizar incluyen la reconstrucción de revoques, cumbrera y cargas en el techo de chapa, construcción de rampas en los accesos y veredas VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” perimetrales, reparación y reconstrucción de aberturas de madera, ejecución de entablado para pisos y la instalación eléctrica completa. Una fecunda vida cultural demanda agentes diversos y espacios adecuados para su desarrollo como un auditorio bien dotado de los elementos necesarios para las distintas representaciones, en especial las más exigentes, así como de dimensiones suficientes para albergar una cantidad de gente razonablemente proporcional a las necesidades de la localidad y región. A continuación, puede observarse la ubicación del inmueble base del Proyecto local de Puesta en Valor del Casco Histórico del Ferrocarril: VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Las siguientes imágenes corresponden a la situación actual de los inmuebles que componen la vieja estación de trenes: La Municipalidad de San Justo se compromete, previa transferencia de los terrenos y los edificios edificados a su puesta en valor en la línea que muestran en las siguientes imágenes: VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Se completan los antecedentes de este proyecto acompañando: Anexo 3: Planimetrías Anexo 4: Memoria Técnica de la obra Finalmente cabe señala que esta iniciativa fue elaborada en conjunto con autoridades de la Ciudad de San Justo y asesoramiento del actual diputado provincial Dionisio Scarpin, Senador Nacional (m.c). Sin más queda fundamentado el presente, solicitando su pronta aprobación. Eduardo H. Galaretto.- Carolina Losada.- VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina//final_de_pagina/

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