Fundamentos del proyecto
Señora Presidente:
El presente proyecto de ley tiene como objeto brindar una solución a la
problemática que ha generado el otorgamiento de créditos en Unidades
de Valor Adquisitivo, política impulsada por el Poder Ejecutivo de turno
en el año 2016. En ese momento, el Banco Central de la República
Argentina, con la presidencia de Federico Sturzenegger, anunció la
creación de una nueva modalidad de créditos hipotecarios, mediante el
cual se autorizaba la indexación del capital: los créditos UVA.
La indexación del crédito, anunciada inicialmente como una solución, se
transformó en un enorme problema, debido a la asimetría entre una
deuda que crece a un ritmo mayor que el ingreso del deudor. Esta
situación resulta de que el mecanismo de indexación es diario; las
amortizaciones del crédito, mensuales; y los aumentos salariales,
semestrales o anuales. Esta asimetría puede llevar incluso a la
imposibilidad de afrontar la cuota prevista en el contrato, dependiendo
de qué actualización tenga el salario del tomador del crédito, dadas sus
condiciones laborales y el convenio en el que se encuentre.
Desde su implementación, los créditos hipotecarios en Unidades de
Valor Adquisitivo (UVA) promovidos por el Estado Nacional han
permitido que más de 100.000 familias accedan a una vivienda propia.
Sin embargo, el desajuste entre las previsiones inflacionarias generadas
por el gobierno de turno desde el año 2016, y la inflación real, ha
modificado significativamente las condiciones económicas de los
contratos de crédito, permitiendo la aplicación de la teoría de la
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imprevisión conforme al artículo 1091 del Código Civil y Comercial de la
Nación (CCCN).
Nuestro proyecto propone que las entidades financieras deberán dar la
opción de limitar el importe de las cuotas a pagar a los deudores que
hayan sufrido un desequilibrio en la relación crediticia, tal que la cuota
mensual devengada haya superado el treinta por ciento del monto de
sus ingresos. Esta limitación se dará en función de la evolución del
Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado mensualmente por el
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC), sin que ello
implique extender el número de cuotas originalmente previsto,
conservando la tasa de interés pactada, con una tasa máxima del
4,90%. De esta manera, buscamos volver efectivo el principio de
esfuerzo compartido, para asegurar el cumplimiento de cada contrato en
particular, sin intereses o cargos adicionales de ninguna clase para el
deudor. La cuota resultante de dicha actualización no podrá superar el
treinta por ciento (30%) de los ingresos totales del hogar familiar.
El sistema vigente de actualización mediante UVA más tasa de interés
es inviable, en el contexto actual de inestabilidad económica y alta
inflación en Argentina. Este sistema conlleva anatocismo y un
incremento geométrico del capital adeudado, violando el principio del
artículo 770 del CCCN y generando usura, contraria a las buenas
costumbres y prohibida por los artículos 279, 958, y 1004 del mismo
cuerpo legal.
Los errores de pronóstico en el Relevamiento de Expectativas de
Mercado (REM) del Banco Central de la República Argentina (BCRA),
evidencian incorrectas proyecciones inflacionarias desde antes de 2018.
La disparidad entre la inflación y el coeficiente de variación salarial ha
creado enormes dificultades para las familias con créditos UVA,
aumentando desproporcionadamente las cuotas en relación a los
ingresos.
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El aumento del valor de la UVA, el endeudamiento externo contraído por
la misma administración, las condiciones económicas derivadas de la
pandemia de COVID-19 y el desfasaje entre la actualización de salarios
y la inflación, han llevado a un crecimiento del capital de las deudas
hasta un 500%, superando el ingreso familiar y obligando a las familias
a restringir necesidades básicas. Esta situación ha generado una
creciente judicialización, con fallos recientes que declaran la inviabilidad
del sistema de actualización mediante UVA.
Además, los bancos han incurrido en violaciones graves al deber de
información, cobrando comisiones indebidas y aplicando medidas de
alivio de manera inconsistente. Es necesario hacer cumplir lo dispuesto
por el artículo 60 de la Ley de Solidaridad Social N°27.541, que ordena
al BCRA implementar mecanismos para mitigar los efectos negativos de
los créditos UVA, atendiendo al criterio del esfuerzo compartido entre
acreedor y deudor.
Los contratos de mutuo bancario, afectados por hechos sobrevinientes
e imprevisibles, requieren adecuación conforme al artículo 1.011 del
CCCN. La Ley N°24.240 de Defensa del Consumidor y el artículo 42 de
la Constitución Nacional garantizan transparencia y protección reforzada
para los consumidores, quienes enfrentan un sobreendeudamiento
agravado por la pandemia.
La presente ley busca restablecer la equidad en la ejecución de los
contratos de mutuo hipotecario bajo el sistema UVA, declarando la
excesiva onerosidad por circunstancias imprevisibles y adoptando
medidas regulatorias para brindar una solución general a los sujetos
afectados.
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Al momento de su creación, en el año 2016, el valor de las Unidades de
Valor Adquisitivo era de $14,05. Para el primero de mayo del año 2024,
su valor era $893,60 es decir, un 6360,14% más que cuando comenzó
a publicarse por el BCRA. Esto ha generado un incremento del capital
adeudado y de las cuotas que preocupa a la mayoría de los deudores.
Este sistema mostró su peor cara, luego de la brusca devaluación de
principios de 2018 que ha dejado una inercia inflacionaria en torno al
50%. Si tomamos desde marzo 2016 a marzo 2022, las UVA
aumentaron un 675%, mientras que el coeficiente de variación salarial
de los registrados se incrementó un 608%. En diciembre del año 2023,
el gobierno recién asumido devaluó el peso argentino un 54% frente al
dólar estadounidense, lo que representó la tercera subida diaria del dólar
más grande de la historia argentina (118%). La devaluación provocó una
estampida inflacionaria, con un aumento del 25,5% en diciembre, 20,6%
en enero, 13,2% en febrero y 11% en marzo. Esta medida implicó
duplicar el valor de la UVA en cuatro meses.
Los créditos ajustados por inflación han tenido un gran impacto en las
familias porque la realidad es que los salarios no acompañan la inflación.
El aumento en el costo de los servicios públicos, transporte, y alimentos,
sin que este traslado haya tenido una actualización salarial
correspondiente, sigue horadando los ingresos y los sueños de más de
100.000 familias argentinas. Si bien algunos bancos han realizado
diversas propuestas a los deudores de créditos UVA, la realidad es que
las cuotas y el capital adeudado siguen creciendo exponencialmente,
ininterrumpidamente, mientras los salarios no crecen, debiendo asignar
más del 35% de sus ingresos al pago de la cuota, incrementando
situaciones de impago.
El derecho a la vivienda es un derecho consagrado en la Constitución
Nacional. En estos casos, con esperanzas de acceder a un techo propio,
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ciudadanos argentinos han tomado un crédito y se han encontrado con
procesos donde se ha puesto en riesgo ese derecho. El presente
proyecto busca proteger a las familias deudoras de créditos UVA, bajo
el criterio del esfuerzo compartido, con la finalidad de asegurar los
derechos de los usuarios de servicios financieros y asegurar el
cumplimiento de los contratos pactados.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares, nos acompañen en la
presentación del presente proyecto de Ley.
Nora del Valle Giménez. - Alicia M. A. Kirchner. -
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