DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROGRAMA NACIONAL DE CONECTIVIDAD. CREACION.

El Senado y la Cámara de Diputados… SANCIONAN CON FUERZA DE LEY PROGRAMA NACIONAL DE CONECTIVIDAD Artículo 1°- Objeto. Créase el Programa Nacional de Conectividad, con el objeto de posibilitar el acceso a los servicios de la información y las comunicaciones a los habitantes de localidades de Rio Negro, Tierra del Fuego, Neuquén, Chubut, La Pampa y Santa Cruz – en los términos de la Ley 23.272 - con la finalidad de reducir la brecha digital y la integración territorial. El programa está destinado a hogares particulares, PyMES, y organismos públicos. Declárase de interés y orden público la conectividad satelital en la Patagonia y las acciones del presente programa. Artículo 2°— Ámbito de aplicación. La presente ley es de aplicación en todo el territorio de la Nación Argentina. Artículo 3° - Finalidad. El Programa tiene por objeto promover brindar conectividad satelital y bienes tecnológicos, así como ofrecer recursos digitales y capacitaciones a localidades de la Argentina que no cuentan con ningún tipo de conexión a internet o que poseen conexión con calidad deficitaria. Artículo 4° - Funciones. El Programa consistirá en la financiación a municipios y/o sociedades de fomento de programas para: i. Conectividad Satelital. Se proveerá a través de la empresa ARSAT internet satelital de banda ancha en puntos abiertos y cerrados consistente en: - Instalación de Access Points para ser utilizados en forma pública (en área abierta). - Instalación de antenas VSAT para interiores. - Plan de servicios de internet de banda ancha con al menos 30 Mbps de bajada, 3 de subida, con un consumo de 100 GB de tráfico./final_de_pagina/ii. Conectividad por red de fibra óptica: a través de la Red Federal de Fibra Óptica (REFEFO) de ARSAT, que conecta a los proveedores locales. iii. Adquisición de Servicios digitales y Bienes Tecnológicos: Transferencias dinerarias para la adquisición de equipamiento informático. Se priorizará la compra de productos nacionales y de fabricación estatal. Artículo 5° - Criterio de Distribución. La autoridad de aplicación diseñará un cronograma de implementación, con criterio federal y en función de las mayores necesidades de conectividad. El cronograma deberá ser sometido al control de la Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, creada por Ley N° 27.078. La autoridad de aplicación deberá coordinar con los correspondientes municipios a fin de coordinar las correspondientes acciones. Artículo 6° - Bonificación. Bonifícase a los municipios y/o comisiones de fomento patagónicas ubicadas en “zonas desfavorables” -en los términos de la Ley 23.272- el costo de conexión satelital, por fibra óptica y por adquisición de servicios digitales y bienes tecnológicos por el plazo de 4 años. El Poder Ejecutivo podrá prorrogar por un plazo igual el presente Programa. Artículo 7° - Recomposición presupuestaria. El Poder Ejecutivo nacional actualizará el monto de la inversión o gastos de funcionamiento del Plan Satelital Geoestacionario Argentino - Ley 27208 – y a los programas vinculados, correspondientes estos a las actividades presupuestarias correspondientes a “Categoria 10 GESTIÓN DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO EN CIENCIA” y “OTRAS CATEGORÍAS PRESUPUESTARIAS 94 ASISTENCIA FINANCIERA A EMPRESAS PÚBLICAS”, de la Jurisdicción 25-05, SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. La actualización se definirá según la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) en el período comprendido entre el 10 de diciembre de 2024 y la fecha de promulgación de la presente Ley. Artículo 8° - Actualización presupuestaria bimestral. El Poder Ejecutivo nacional actualizará de forma bimestral, de acuerdo al índice general de precios al consumidor informado por el/final_de_pagina/Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), el monto de la inversión o gastos de funcionamiento del Plan Satelital Geoestacionario Argentino - Ley 27208 – y a los programas vinculados, correspondientes estos a las actividades presupuestarias correspondientes a “Categoría 10 GESTIÓN DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO EN CIENCIA” y “OTRAS CATEGORÍAS PRESUPUESTARIAS 94 ASISTENCIA FINANCIERA A EMPRESAS PÚBLICAS”, de la Jurisdicción 25- 05, SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Los aumentos otorgados en el marco del articulo precedente deberán tomarse a cuenta para el cálculo del presente artículo. Artículo 9° – Investigación. El Poder Ejecutivo nacional destinará una partida especial en el corriente año, para regularizar los correspondientes ingresos a la carrera de Investigador Científico y otorgar las becas tanto de ingresantes como posdoctorales orientadas al desarrollo de la conectividad satelital nacional. Artículo 10° - Control Parlamentario. La implementación del presente programa deberá ser supervisada por la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización, creada por Ley N° 27.078. Trimestralmente, la autoridad de aplicación presentará un informe a la Bicameral, la que deberá analizar y aprobarlo o rechazarlo en el plazo de 30 días corridos. Artículo 11° - Presupuesto. Facúltese al Poder Ejecutivo a realizar las asignaciones y/o reasignaciones especificas presupuestarias necesarias para la implementación tanto del Plan Satelital Geoestacionario Argentino, como del Programa Nacional de Conectividad creado por artículo 1° de la presente ley. Artículo 12° - Comuníquese al Poder Ejecutivo. MARTÍN SORIA PABLO TODERO CAROLINA YUTROVIC JORGE ROMERO ANA IANNI CARLOS CASTAGNETO MICAELA MORÁN/final_de_pagina/HILDA AGUIRRE BLANCA OSUNA JORGE NERI ARAUJO HERNÁNDEZ ROXANA MONZÓN ANDREA FREITES LORENA POKOIK/final_de_pagina/

Expediente
4134-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
1 de agosto de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
A partir del 10 de diciembre de 2023, el presidente Javier Milei ha tomado la decisión política de abandonar a las provincias y a los habitantes de la Patagonia argentina. Dentro de las políticas de recorte y abandono a la Patagonia se encuentra el desfinanciamiento sistemático a la ciencia y tecnología, afectando gravemente uno de los sectores estratégicos más sensibles para la soberanía nacional: la tecnología satelital. Las partidas destinadas al desarrollo espacial, en particular al Plan Satelital Geoestacionario Argentino, han sufrido recortes, demoras o directamente han sido suspendidas, comprometiendo tanto proyectos en ejecución como futuras misiones satelitales de la empresa estatal ARSAT y la CONAE (Comisión Nacional de Actividades Espaciales). El impacto es claro: el congelamiento del presupuesto congela el despliegue de servicios de internet en zonas rurales y obstaculiza la integración digital de comunidades y pueblos enteros. Paradójicamente, Milei ganó una campaña presidencial agitando una motosierra prometiendo reducir privilegios y gastos superfluos, pero a la hora de gobernar hace todo lo contrario: el ajuste cae sobre un sistema esencial para eliminar la brecha digital, fortalecer la infraestructura tecnológica del país y consolidar el desarrollo poblacional en los territorios patagónicos. El ajuste, además de irrazonable, es ilegal: el desfinanciamiento vulnera la Ley 27.208, legislación que establece el desarrollo soberano de satélites como una política de Estado. En lugar de aprovechar el potencial tecnológico acumulado, la gestión de Milei opta por desmantelarlo, favoreciendo intereses privados y relegando el rol estratégico del Estado a costa de una mayor dependencia de favor de servicios foráneos y la consecuente pérdida de autonomía política. Actualmente se encuentran paralizados todos los proyectos vinculados a la materia vigentes hasta 2023: la actualización de la Red Federal de Fibra Óptica, el Plan Satelital Geoestacionario, la ampliación del Centro de Datos y el mantenimiento de la Televisión Digital Abierta. Trabajadores de las distintas áreas de ARSAT denuncian que los proyectos existentes se frenaron y que la política de congelamiento salarial -que generó una caída del 42% en los salarios respecto de las paritarias del sector y una pérdida de poder adquisitivo del 294,4% con respecto al IPC/final_de_pagina/desde julio de 2023- resulta en un éxodo de personal altamente capacitado. La empresa perdió un 25% de su planta, 170 trabajadores. Asimismo, en paralelo al congelamiento salarial, el Gobierno de Milei reduce y subejecuta los presupuestos nacionales e internacionalmente que la Ley dispone para el desarrollo de proyectos satelitales. En un hecho inaudito e inédito de ataque al desarrollo argentino, a pesar de que la construcción del ARSAT-SG1 (tercer satélite geoestacionario nacional) cuenta con financiamiento internacional de la CAF, el Banco Central de la República Argentina no autoriza a que la compañía satelital de bandera acceda a dólares para pagar a proveedores extranjeros. Generando una postergación de objetivos e incumplimiento de los plazos del Plan Satelital nacional. Por otra parte, al cumplirse un cuarto de siglo 21, la demanda de los ciudadanos se ha convertido en un mercado rentable para este tipo de tecnologías. Muestra de ello es la incipiente incursión de la empresa Starlink, de Elon Musk, en algunos parajes de las provincias patagónicas. Viendo esta realidad, como legisladores del pueblo argentino, debemos preguntarnos por qué un empresario extranjero puede aparecer de un día para el otro, favorecido por su relación con el Presidente Milei, y acaparar un negocio y un mercado que podría brindar una empresa argentina -o incluso competir con ella- de alta calidad como es ARSAT. Las ganancias en dólares que Elon Musk logra en nuestra patria no pueden escindirse del desmantelamiento de ARSAR y el plan satelital argentino. Los dólares que los gobiernos patagónicos destinan al servicio de una empresa extranjera podrían estar destinados a empresas argentinas que reinviertan sus ganancias para el crecimiento del país. El presente proyecto de Ley tiene como objetivo, por un lado, proteger el desarrollo satelital argentino, sus empresas y sus trabajadores, por el otro, garantizar la conectividad, comunicación e integración social de las provincias, pueblos y localidades de nuestra Patria que, debido a su condición geográfica y/o condiciones climáticas, pasado un cuarto de siglo 21 continúan sin poder acceder a servicios de internet y de comunicación, o con un acceso muy deficiente. Actualmente el acceso a internet y a la información son un derecho humano fundamental para desarrollarse tanto comunitariamente como individualmente. El rol de comunicación de la información que en el pasado suplían servicios postales o servicios de noticias en el Siglo XXI, en/final_de_pagina/gran medida, ha sido sustituido por las computadoras y los celulares conectados a redes inalámbricas de internet. Entendiendo esto, en el período comprendido entre el año 2003 y 2015 los gobiernos peronistas de Néstor y Cristina Kirchner planificaron y ejecutaron un plan estratégico y de inversiones en materia satelital que permitió, entre otras cosas, el lanzamiento del ARSAT-1 y la correspondiente incorporación de la Nación argentina al selecto grupo de 8 países con capacidad para construir y operar satélites geoestacionarios. Este hito, que marcó un antes y después tanto para la ciencia nacional como para la internacional, trazó un horizonte de futuro y desarrollo inédito en particular para los habitantes de las provincias que conforman los casi 2.000 millones de km2 de nuestra Patagonia. Rio Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego y La Pampa se caracterizan por su baja densidad poblacional, vastas extensiones territoriales, condiciones geográficas y climáticas diversas y complejas. Dichas características generan serias dificultades tanto logísticas como económicas a la hora de emplazar nuevas torres de telefonía celular o extender la infraestructura de fibra óptica nacional necesaria para garantizar la conectividad. De ello se desprende que la tecnología satelital es fundamental para la conectividad de zonas rurales y montañosas. A través de ella se pueden brindar y garantizar acceso a internet de banda ancha, permitiendo a comunidades rurales acceder a educación en línea, telemedicina y comercio electrónico; optimizar la gestión de emergencias en áreas montañosas propensas a desastres naturales como los incendios históricos que azotaron la zona cordillerana de Rio Negro, Chubut y Neuquén en Enero de 2025 luego del desfinanciamiento del Plan de Control de Manejo del Fuego; Desarrollo económico, facilita la inclusión de pequeños productores agrícolas y turísticos en mercados digitales, por ejemplo en la Línea Sur de Rio Negro donde la ganadería es clave; Soberanía y presencia en la Antártida, ARSAT-2 proporciona servicios a las bases antárticas argentinas, esenciales para la investigación científica y la comunicación en un área estratégica. Los satélites de ARSAT, particularmente ARSAT-1 y ARSAT-2, han sido fundamentales para proporcionar conectividad en la región patagónica, ofreciendo servicios de internet, televisión digital y telefonía. Con el ARSAT-SG1 nuestro país podría conectar más de 2 millones de hogares rurales, priorizando áreas como la Patagonia, donde la conectividad satelital es la única solución viable para integrar comunidades aisladas al desarrollo nacional./final_de_pagina/Argentina es uno de los pocos países de América Latina con capacidad de construir y operar satélites geoestacionarios, una ventaja estratégica que hoy se encuentra en riesgo. La falta de recursos detiene inversiones en innovación, desarma equipos técnicos altamente calificados y promueve el éxodo de científicos e ingenieros al extranjero. La realidad del sector tecnológico nacional y particularmente la situación de ARSAT deja ver la falsedad del discurso oficial del Gobierno de Javier Milei. Mientras la destrucción y el desmantelamiento del Estado nacional y sus herramientas se apoya en el relato del “gasto deficitario del Estado e ineficiencia”, el ataque a ARSAT evidencia todo lo contario. ARSAT es superavitaria por $22.500 millones durante los primeros nueve meses del 2024, según el último informe de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONP). El monto supera en un 507% al del mismo periodo de 2023, cuando la diferencia entre los ingresos y los gastos corrientes fue de $ 3701 millones. En definitiva, el recorte al sector satelital no es un simple ajuste contable: es una renuncia deliberada al desarrollo nacional autónomo en uno de los campos más relevantes del siglo 21. Desfinanciar ARSAT, frenar el plan satelital y paralizar proyectos científicos es hipotecar el futuro del país. Frente a esta situación, resulta urgente defender la inversión en ciencia y tecnología como una política pública esencial para la soberanía, el desarrollo federal y la inclusión digital. Por todo lo expuesto, solicito a las señoras y señores legisladores el acompañamiento para el tratamiento y aprobación del presente proyecto de ley. MARTÍN SORIA DIPUTADO NACIONAL/final_de_pagina/

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