Fundamentos del proyecto
Señora Presidente:
La presentación de esta iniciativa tiene como antecedente el expediente
S-2345/2022, de mi autoría, que lamentablemente ha perdido estado
parlamentario sin ser tratado, a pesar del acompañamiento de
Senadoras y Senadores de distintas Provincias.
La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia
y la Cultura, en su 32º reunión, celebrada en París en el año 2003,
aprobó la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural
Inmaterial. Se trata de un acuerdo donde se establecieron los principios
base en relación a la gestión del patrimonio cultural inmaterial; el respeto
de las comunidades, grupos e individuos que se trate; la sensibilización
en el plano local, nacional e internacional y su importancia del patrimonio
cultural inmaterial y de su reconocimiento recíproco y la cooperación y
asistencia internacionales.
Se entiende por “patrimonio cultural inmaterial” los usos,
representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los
instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son
inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los
individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural.
Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en
generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos
en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia,
infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y
contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la
creatividad humana./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
El “patrimonio cultural inmaterial”, se manifiesta en particular en los
ámbitos siguientes:
a) tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del
patrimonio cultural inmaterial; b) artes del espectáculo; c) usos sociales,
rituales y actos festivos; d) conocimientos y usos relacionados con la
naturaleza y el universo; e) técnicas artesanales tradicionales.
La “salvaguardia” es el conjunto de medidas encaminadas a garantizar
la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial; comprendidas la
identificación, documentación, investigación, preservación, protección,
promoción, valorización, transmisión -básicamente a través de la
enseñanza formal y no formal- y revitalización de este patrimonio en sus
distintos aspectos a todos los “Estados Partes” que se encuentran
obligados por la presente Convención y entre los cuales ésta esté en
vigor.
Nuestro país adhirió a dicha Convención mediante la Ley Nº 26.118, es
por ello que, como Estado Parte, asume el compromiso de adoptar las
medidas necesarias para garantizar la salvaguardia del patrimonio
cultural inmaterial presente en su territorio.
En los últimos años, en la República Argentina se han declarado al
tango, al filete y al Chamamé, como patrimonio cultural inmaterial de la
humanidad. El “Tango” ha sido declarado por Argentina y Uruguay en el
año 2009. El Filete porteño en el año 2015 y el Chamame en el año
2020.
El tango es una tradición muy conocida en el mundo entero. Nació en la
cuenca del Río de la Plata, entre las clases populares de las ciudades
de Buenos Aires y Montevideo. Entre las expresiones más
características de esa identidad figuran la música, la danza y la poesía
del tango. Practicado en las milongas, salas de baile típicas, el tango ha/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
difundido el espíritu de su comunidad por el mundo entero. Ésta
comunidad comprende músicos, bailarines profesionales y aficionados,
coreógrafos, compositores, letristas y profesores que enseñan este arte.
El tango también está presente en las celebraciones del patrimonio
nacional, tanto en Argentina como en Uruguay, lo cual muestra el vasto
alcance de esta música popular urbana.
El filete porteño de Buenos Aires, inscrito en el año 2015, fue la primera
propuesta argentina que llegó a ser declarada por nuestro país
exclusivamente. Es una técnica pictórica tradicional a la que la
comunidad se refiere como un “arte popular”. Sus realizaciones se
pueden contemplar en el espacio público; autobuses urbanos, camiones
y señalizaciones de tiendas y almacenes. Sus imágenes guardan
relación con el patrimonio cultural de la ciudad. La temática popular de
esas imágenes comprende, entre otras, representaciones de santos y
personalidades políticas admiradas, así como de estrellas musicales e
ídolos deportivos. Los dibujos van a veces acompañados de dichos y
refranes.
Y, por último, el Chamamé, recientemente incorporado, hace referencia
a la práctica de esta expresión cultural muy extendida en la Provincia de
Corrientes y, entre sus principales componentes, figura una danza que
sus ejecutantes bailan fuertemente abrazados, así como eventos
festivos llamados musiqueadas, invitaciones, plegarias y el sapukay, un
grito peculiar lanzado con un movimiento del cuerpo que expresa
emociones y sensaciones profundas de alegría, tristeza, dolor o valentía.
La música y el baile de este elemento del patrimonio cultural inmaterial
son componentes importantes de la identidad regional y desempeñan un
importante papel social porque suelen estar siempre presentes en todo
tipo de celebraciones comunitarias, familiares, religiosas y festivas. El
chamamé pone de relieve toda una serie de valores esenciales: el amor
a la tierra en que se ha nacido y a su fauna y flora; la devoción religiosa;
y la ñande reko guaraní, es decir la “manera de ser y estar” de los
humanos en armonía con la naturaleza y la espiritualidad./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD”
Con este proyecto, se propone la creación e implementación de un
programa destinado al conocimiento y difusión de los valores culturales
de nuestro país, reconocidos por la UNESCO como “Patrimonio Cultural
Inmaterial de la Humanidad”. Contempla la implementación de dicho
Programa en los establecimientos educativos de todo el país donde se
deberá integrar la cultura del Tango, Fileteado Porteño y Chamamé en
los términos que la autoridad de aplicación defina; ya sea: en materias,
clases, cursos y/o talleres. Propone, además, celebrar convenios y/o
acuerdos con instituciones relacionadas con el arte para dar visibilidad
a estas expresiones artísticas. Dar difusión al Reconocimiento de la
UNESCO; a través de publicaciones gráficas, audiovisuales y digitales,
como también la incorporación en toda papelería oficial la leyenda,
“Tango, Fileteado Porteño y Chamamé, Patrimonios Culturales
Inmateriales de la Humanidad-UNESCO”, y el fomento del turismo en
las ciudades donde estos valores culturales tienen protagonismo.
Difundir nuestras raíces y valores es muy importante a nivel cultural y
educativo. Además, la transmisión de estos valores, permite su
preservación en el tiempo. Como así también su difusión para maximizar
su alcance de conocimiento a nivel nacional, como parte de un programa
destinado a tal fin.
La proclamación como Patrimonio de la Humanidad es un
reconocimiento y un compromiso para seguir estimulando la producción
y fomentando su difusión alrededor del mundo, lo que implica que
nuestro país al ratificar dicho convenio como Estado parte, le
corresponde dar cumplimiento a las iniciativas que se impulsen.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares, me acompañen con el presente
proyecto de Ley.
Mercedes G. Valenzuela/final_de_pagina/