DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE INSTITUYE EL DIA 27 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO COMO "DIA DEL BASTON VERDE".

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-1836/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… ARTÍCULO 1: Instituyese el día 27 de noviembre de cada año como “Día del Bastón Verde”. ARTÍCULO 2: Es objeto de la presente: a) Informar a las personas con baja visibilidad, sus derechos y posibilidades de asistencia por parte de los organismos estatales que correspondan; b) Informar a la ciudadanía respecto del instrumento que utilizan las personas con baja visión para su orientación y movilidad; c) Generar conciencia respecto de las problemáticas y necesidades de las personas con baja visión; d) Proponer actividades tendientes a la integración de las personas con baja visión en ámbitos educativos, sociales y/o laborales; e) Concientizar a la población, respecto a las medidas preventivas de salud que disminuyen las posibilidades de afecciones irreversibles. ARTÍCULO 3: Se dispone la creación de una campaña de concientización a realizarse la cuarta semana de Noviembre de cada año, mediante la cual se propondrán actividades integrales e interdisciplinarias a fin de dar cumplimiento al objeto de la presente. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” ARTÍCULO 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Natalia E. Gadano

Expediente
1836/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
25 de septiembre de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidente: Es tarea de los legisladores nacionales, atender a todas las problemáticas que la sociedad manifieste, y adoptar en consecuencia las medidas necesarias para solucionarlas o evitar que se produzcan. En tanto, conforme publicaciones recientes de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las cifras de personas que sufren algún tipo de deficiencia visual en el mundo ha aumentado a un número estimado de al menos 2200 millones de personas. De ese universo estimado, casi el 50 % la discapacidad visual podría haberse evitado o todavía no se ha tratado. Como dato relevante, si bien la mayoría de las personas con discapacidad visual y ceguera superan los 50 años, la misma puede afectar a personas de todas las edades. En consideración de tan alarmantes datos, y de que en un gran porcentaje la pérdida de la visión puede detenerse a tiempo, es que proponemos entre otros motivos, el presente proyecto de ley. La iniciativa que aquí se presenta, se relaciona directamente con la ley 25.682 de uso de bastón verde para personas con baja visión, esta ley se sancionó el 27 de noviembre de 2002, y actualmente se encuentra vigente con alcance general. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” La ley aludida, instaura la utilización de bastón verde como instrumento de orientación y movilidad para las personas deficiencia visual, y en atención a su fecha de sanción, es que se aconseja instaurar en nuestro ordenamiento ese día como el “Día del bastón verde”, y otorgarle a esta conmemoración la tarea de concientizar respecto la prevención de enfermedades que pongan en riesgo la salud visual, y la integración de las personas que la padecen. Es además objeto de ésta iniciativa, mantener informadas a las personas con baja visibilidad, de sus derechos y posibilidades de asistencia ante los diferentes organismos estatales; dar a conocer a la ciudadanía el significado del bastón verde como instrumento de orientación y movilidad; dar a entender la necesidad de acciones de integración y fundamentalmente, en consideración del alto porcentaje de situaciones evitables, generar conciencia preventiva para la salud visual de las personas. Es oportuno recordar, que el origen de la ley 25.682, surge de la actitud integradora de la profesora de educación especial y especialista en baja visión, Perla Mayo, quien en observancia del trato discriminatorio que sufrían las personas que aun con baja visibilidad no llegaban a estado de ceguera. Ello por la provocación y desconocimiento de personas que no toleraban que alguien que utilizaba un bastón blanco, pudiera además utilizar su vista para desarrollarse en aspectos tanto personales como educativos. Por ello, es que se propuso diferenciar los colores de los instrumentos de orientación utilizados. La visión es algo que damos por sentado pero, sin ella, aprender a caminar, leer, participar en la escuela o trabajar sería de gran dificultad; es el más dominante de nuestros sentidos y desempeña un papel fundamental en cada etapa de nuestras vidas. VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” En cumplimiento de nuestro trabajo como legisladores, y con la intención de concientizar al respecto para prevenir situaciones, o aprender a ser más tolerantes, es que solicito a mis pares me acompañen con su firma en el presente proyecto de ley. Natalia E. Gadano VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/

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