DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

GARANTIZAR EL DERECHO A GRATUIDAD EN EL TRANSPORTE MEDIANTE LA INCLUSION DE LA PERSPECTIVA DE DISCAPACIDAD EN EL SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (SUBE). MODIFICACION DE LA LEY 22431 -SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE DISCAPACITADOS-.

“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” PROYECTO DE LEY El Honorable Senado de la Nación y La H. Cámara de Diputados de la Nación sancionan con fuerza de LEY Artículo 1º.- Objeto. La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho a gratuidad en el transporte, según lo establecido en la ley 22.431, mediante la inclusión de la perspectiva de discapacidad en el Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.). Artículo 2º.- Modificación de la ley 22.431. Modifíquese el inciso a) del artículo 22 de la ley 22.431 y sus modificatorias, que quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 22: “a) Vehículos de transporte público tendrán dos asientos reservados señalizados y cercanos a la puerta por cada coche, para personas con movilidad reducida. Dichas personas estarán autorizadas para descender por cualquiera de las puertas. Los coches contarán con piso antideslizante y espacio para ubicación de bastones, muletas, sillas de ruedas y otros elementos de utilización por tales personas. En los transportes aéreos deberá privilegiarse la asignación de ubicaciones próximas a los accesos para pasajeros con movilidad reducida. Las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social. La reglamentación establecerá las comodidades que deben otorgarse a las mismas, las características de los pases que deberán exhibir y las sanciones aplicables a los transportistas en caso de/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” inobservancia de esta norma. La franquicia será extensiva a un acompañante en caso de necesidad documentada. Además, la Secretaría de Transporte de la Nación, o el organismo que en un futuro la reemplace, deberá arbitrar las medidas correspondientes para incluir a las personas con discapacidad en el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE). Las empresas de transportes deberán incorporar gradualmente en los plazas y proporciones que establezca la reglamentación, unidades especialmente adaptadas para el transporte de personas con movilidad reducida. A efectos de promover y garantizar el uso de estas unidades especialmente adaptadas por parte de las personas con movilidad reducida, se establecerá un régimen de frecuencias diarias mínimas fijas.” Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. Carla Carrizo COFIRMANTES Danya Tavela Marcela Antola Margarita Stolbizer Melina Giorgi Mariela Coletta Mario Barletta Pamela Caletti Jorge “Colo” Rizzotti Esteban Paulón Marcela Coli Fernando Carbajal/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina”

Expediente
4116-D-2025
Cámara
Cámara de Diputados de la Nación
Presentado
31 de julio de 2025

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señor presidente: El presente proyecto tiene por objeto establecer expresamente en la ley 22.431 de discapacidad la necesaria incorporación de las personas con discapacidad en el Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), creado por el Decreto 84 de fecha 4 de febrero de 2009. Se trata de una iniciativa que surge de los propios protagonistas y que busca dar respuesta a una serie de problemáticas que afectan a las personas con discapacidad en el acceso y uso de medios de transporte. En particular, la Asociación Civil Proactiva desde el año 2015 lidera esta iniciativa que ha decidido denominar “UNA SUBE + INCLUSIVA” y que desde entonces ha recogido el apoyo y adhesión de más de 50 Organizaciones no gubernamentales así como la aprobación del Observatorio Nacional de Derechos de las Personas con Discapacidad. La ley 22.431 y sus modificatorias, así como las sucesivas reglamentaciones, han procurado derribar las barreras que obstaculizan el acceso de las personas con discapacidad a los distintos medios de transporte. La creación del Certificado Único de Discapacidad (CUD), la gratuidad del transporte extensiva a un acompañante en caso de ser necesario, la eliminación de motivos específicos para justificar el viaje gratuito, son algunos ejemplos de los avances obtenidos en la materia. Todo ello ha sido reforzado incluso mediante la Ley 26.378 que aprobó en 2008 la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo y que, desde 2011, goza de jerarquía constitucional (ley 27.044 de 2011). Precisamente, allí se dispone que los Estados Partes, a fin de que las personas con discapacidad puedan vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida, adoptarán medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, entre otros, al transporte (art. 9)./final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” Sin embargo, en la práctica, aún hay una gran resistencia por parte de las empresas de transporte público de pasajeros - tanto de corta como de larga distancia - a cumplir las normas. Conforme detallan los representantes de la Asociación, muchas veces el Certificado Único de Discapacidad (CUD) no es reconocido por el conductor del transporte, aduciéndose las más variadas excusas para que la persona con discapacidad no pueda ejercer su derecho a viajar gratuitamente. En otros casos, a pesar de tratarse de jurisdicciones adheridas a la ley 22.431, se exigen pases especiales cuya obtención requiere de largos y engorrosos trámites. A saber: un pase especial para el subte, otro para el tren, 2 o más para colectivos (líneas 1 a 199, líneas 200 a 464, colectivos municipales y micros de larga distancia), 2 o más para los peajes de las autopistas (autopistas porteñas, provinciales, nacionales). Por otro lado, la articulación del Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE) con la información de cada persona con discapacidad contenida en cada Certificado Único de Discapacidad (CUD) podría constituir en una herramienta clave para garantizar la vida y seguridad de las personas con discapacidad. Recientemente cobró notoriedad pública la desaparición de dos adolescentes con discapacidad en la localidad de Moreno, provincia de Buenos Aires. Según las fuentes del caso, las chicas se manejaban con un carnet de discapacidad, por lo que no hay un registro de alguna tarjeta SUBE que pueda aportar más datos sobre sus posibles movimientos. En efecto, desde la Asociación sostienen que atento a que Sistema SUBE contiene una base de datos de las personas que adquieren las unidades que le dan acceso al transporte (a diferencia de otros países donde se trata de un sistema anónimo), la inclusión de una persona con discapacidad no debería generar mayores inconvenientes en materia de desarrollo de tecnologías, presupuesto y políticas. A su vez, es dable reconocer que en septiembre de 2023 se avanzó precisamente en la creación de una credencial compatible con SUBE para que las personas con discapacidad puedan viajar en el transporte público con boleto gratuito sin necesidad de presentar el CUD (Certificado Único de Discapacidad) y habilitando a un acompañante, con prueba piloto en Santa Rosa, La Pampa, y que luego se implementaría en todo el país. Lamentablemente, ello/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” no prosiguió y actualmente no se registran avances en la materia. En rigor, en el último informe del jefe de gabinete se mencionó que la ANDIS cuenta entre las principales acciones a profundizar este 2025 la implementación de la Tarjeta SUBE para Personas con Discapacidad, pero sin especificar plazos, medidas, alcance, provincias incluidas o universo de personas. En materia legislativa, múltiples iniciativas de legisladores de diferentes partidos en el Congreso de la Nación fueron presentadas desde hace varios años con el mismo objetivo, lo que da cuenta de un amplio consenso político de la iniciativa. Proyectos como el de la diputada nacional Gabriela Troiano (Expte 3179-D-2014 y otros), representado en varias ocasiones y que fuera dictaminado por unanimidad en la comisión de Transporte en 2017 (Orden del Día Nº 1422), asi como también iniciativas como las de la diputada nacional Gisella Marziotta (Expte. 4503-D-2021 y otros), Mirta Tundis (Expte 3376-D-2021), Sergio Buil (Expte 7429-D-2018), entre otros. A su vez, existen varias peticiones formuladas desde 2015 en la plataforma de Change.org que fueron firmadas por más de 25 mil personas que también da cuenta de la demanda e impulso de la ciudadanía en esta materia en particular1. Por todo lo expuesto, consideramos que resulta imperioso avanzar en la incorporación expresa de las personas con discapacidad al Sistema Único de Boleto Electrónico (SUBE), como herramienta concreta para garantizar el efectivo ejercicio del derecho al transporte gratuito, seguro, ágil y sin discriminación. La falta de implementación integral de las normas existentes, las múltiples barreras burocráticas y operativas aún vigentes, así como la posibilidad de mejorar la trazabilidad y protección de las personas con discapacidad a través de tecnologías disponibles, hacen evidente la necesidad de establecer esta obligación en el marco normativo vigente. Este proyecto recoge una demanda social legítima, sostenida y articulada desde la sociedad civil, que cuenta con el aval de organizaciones especializadas, el respaldo ciudadano y antecedentes legislativos de amplio consenso. Es momento de que el Congreso de la Nación 1 https://www.change.org/p/tarjeta-sube-para-personas-con-discapacidad ; https://www.change.org/p/sube-para-personas-con-discapacidad-mindetransporte-alexisguerrera-andiscapacidad -fggalarraga ; https://www.change.org/p/naci%C3%B3n-servicios-tarjeta-sube-tarjeta-sube-para-discapacitados/final_de_pagina/“2025 - Año de la Reconstrucción de la Nación Argentina” brinde una respuesta concreta, que avance hacia un sistema de transporte verdaderamente inclusivo. Por estas razones, solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de ley. Carla Carrizo COFIRMANTES Danya Tavela Marcela Antola Margarita Stolbizer Melina Giorgi Mariela Coletta Mario Barletta Pamela Caletti Jorge “Colo” Rizzotti Esteban Paulón Marcela Coli Fernando Carbajal/final_de_pagina/

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