DeQuéSeTrata
Proyecto de LeyPresentado

PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE UN PROGRAMA DE PREVENCIÓN, CONCIENTIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE LUDOPATÍA POR JUEGOS DE AZAR EN LÍNEA, EN EL ÁMBITO EDUCATIVO.

“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ CONFRONTADO CON EL EXPEDIENTE ORIGINAL/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” (S-0629/2024) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados,… PROGRAMA INTEGRAL DE PREVENCIÓN, CONCIENTIZACIÓN Y DIFUSIÓN DE LUDOPATÍA POR JUEGOS DE AZAR EN LINEA, EN EL ÁMBITO EDUCATIVO Artículo 1°.- Objeto La presente ley tiene por objeto establecer un programa integral de prevención, concientización y difusión dirigido a niñas, niños y adolescentes de instituciones educativas de gestión pública y privada de los niveles obligatorios de educación, con el propósito de informar, sensibilizar y prevenir los riesgos asociados a las apuestas de juegos de azar en línea, promoviendo un uso responsable de las tecnologías digitales. Artículo 2°.- Definiciones: Juegos de azar en línea: juegos de azar que implican una apuesta de dinero en algún tipo de suceso fortuito y que se hace a través de internet, ya sea desde un ordenador, el móvil o cualquier otro dispositivo con acceso a una red. Ludopatía: adicción patológica a los juegos de azar. Artículo 3°.- Objetivos Los objetivos del programa son:/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” a.- Informar a las y los adolescentes sobre los riesgos y consecuencias negativas de los juegos de azar en línea. b.- Sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de la prevención del juego problemático. c.- Promover hábitos saludables de uso de la tecnología y el tiempo libre. d.- Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para medir el impacto del programa. Artículo 4°.- Contenidos del Programa El programa incluirá: a. Charlas y talleres informativos sobre los riesgos del juego de azar en línea, impartidos por especialistas en adicciones y psicología juvenil. b. Desarrollo de material educativo específico, adaptado a cada nivel educativo, que aborde de manera integral los riesgos del juego compulsivo, las estrategias de prevención y la promoción de hábitos saludables. c. Campañas de difusión en medios masivos de comunicación y redes sociales. d. Capacitación para docentes y personal educativo en la detección temprana de conductas asociadas a la ludopatía por juegos de azar en línea y en la orientación adecuada a estudiantes. e. Incentivar actividades de apoyo emocional para niñas, niños adolescentes, promoviendo la participación en actividades deportivas, artísticas y culturales./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 5°.- Autoridad de Aplicación La autoridad de aplicación de la presente ley será la que designe el Poder Ejecutivo para tal fin. Artículo 6°.- Funciones de la Autoridad de Aplicación. Son funciones de la autoridad de aplicación: 1. Elaborar políticas y estrategias integrales de prevención, concientización y difusión sobre las apuestas en los juegos de azar en línea, en consonancia con los objetivos establecidos en la presente ley. 2. Diseñar el programa incluyendo actividades pedagógicas relacionadas a la prevención de la ludopatía y proveer de materiales educativos 3. Crear campañas de sensibilización y capacitación para su implementación en las instituciones educativas. 4. Administrar y gestionar los recursos financieros, humanos y materiales necesarios para la implementación efectiva del programa. 5. Ofrecer capacitaciones y asesoramiento técnico a docentes, personal educativo y profesionales de la salud para fortalecer sus conocimientos en la detección, prevención y abordaje del juego problemático en las y los adolescentes. 6. Establecer mecanismos de monitoreo y evaluación continuos para medir el impacto del programa, recopilar datos relevantes y realizar ajustes necesarios en función de los resultados obtenidos. 7. Promover la participación de organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y otras entidades en la ejecución del/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” programa, fomentando alianzas estratégicas para maximizar el alcance y la efectividad de las acciones. 8. Coordinar con las autoridades provinciales y municipales para garantizar la aplicación uniforme de la ley en todo el territorio nacional. Artículo 7°.- Leyenda de prevención en publicidad. En toda publicidad de juegos de azar en linea debe incluirse en forma visible y en lugar destacado la leyenda "EL JUEGO COMPULSIVO ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD". Asimismo, debe exhibirse el canal de comunicación para la orientación y asistencia a personas afectadas por el juego patológico que disponga la autoridad de aplicación. Artículo 8º.- Currícula Escolar El programa contempla la inclusión obligatoria de contenidos con perspectiva digital, enfocado en temas relacionados con la prevención de adicciones, el uso responsable de la tecnología y el desarrollo de habilidades para la toma de decisiones informadas, dentro de la currícula escolar. Artículo 9.-°: El Poder Ejecutivo efectuará las adecuaciones, modificaciones y reestructuraciones necesarias en el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional a los fines del cumplimiento de lo establecido en la presente ley. Artículo 10°.- Reglamentación El Poder Ejecutivo reglamentará las disposiciones de la presente ley dentro de los noventa (90) días de su promulgación./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Artículo 11º.-: Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir, en lo pertinente a su jurisdicción, a la presente ley. Artículo 12°.-: Comuníquese al Poder Ejecutivo. María E. Duré

Expediente
629/24
Cámara
Senado de la Nación Argentina
Presentado
18 de abril de 2024

Trámite parlamentario· Proyecto de Ley - Congreso Nacional

  1. Presentado

    actual

  2. Media sanción

  3. Con dictamen (revisora)

  4. Sancionado

  5. Promulgado

Fundamentos

Fundamentos del proyecto
Señora Presidente: La ludopatía, o adicción al juego de azar, ha evolucionado con la expansión de las plataformas en línea, convirtiéndose en un problema de salud pública de proporciones significativas, especialmente entre adolescentes y jóvenes. En Argentina, el acceso a los juegos de azar en línea se ha vuelto cada vez más fácil y omnipresente, lo que aumenta el riesgo del desarrollo de comportamientos adictivos. En este contexto, es esencial implementar medidas preventivas y de concientización en el ámbito educativo para abordar este problema de manera integral. El objetivo de este proyecto de ley es establecer un programa integral de prevención, concientización y difusión para abordar el problema de la ludopatía de juegos de azar en línea. Este programa estará dirigido a estudiantes, padres, tutores y educadores para prevenir y abordar la ludopatía en línea y para crear conciencia sobre sus efectos negativos. El crecimiento de las apuestas se impulsó durante el período de pandemia con la llegada de la posibilidad de jugar sin tener que moverse del hogar. Esta facilidad de acceso y la falta de advertencia permiten que, desde muy temprana edad, las personas empiecen a apostar./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Según una encuesta realizada por Playtech, compañía de desarrollo de software de juegos de azar, a través de la plataforma Toluna, que tomó datos de más de 2500 jugadores de Argentina, Brasil, Perú, Chile y Colombia, “el 84 por ciento de los argentinos que participan de estas plataformas de apuestas online ‘nunca recibió una advertencia sobre su comportamiento y los posibles riesgos de generar una adicción’. Constituye el porcentaje más alto en toda la región latinoamericana y contrasta, por ejemplo, con el 52 por ciento que indicaron los brasileños”1. Las apuestas en línea y los juegos de azar virtuales generan en nuestro país un movimiento de miles de millones de dólares. El sector viene creciendo de forma sostenida teniendo en cuenta que este tipo de apuestas tienen menos regulaciones que las tradicionales. Este proyecto de ley de programa integral de prevención, concientización y difusión para la ludopatía en línea en el ámbito educativo es fundamental para garantizar la salud y el bienestar de nuestros jóvenes. La ludopatía es una patología que puede tener graves consecuencias para la salud física, mental y emocional de las personas afectadas. Al intervenir en el ámbito educativo, se puede prevenir la aparición de este trastorno y minimizar su impacto en la salud personal y pública. El Estado tiene la responsabilidad de promover la protección de las personas a través de la prevención (en este caso a las y los más jóvenes), de los riesgos asociados con el juego de azar. Concientizar los perjuicios que ocasiona el juego compulsivo de las apuestas en línea es una responsabilidad ética y social. 1 https://www.pagina12.com.ar/538837-apuestas-online-el-crecimiento-del-mercado-y-la-estimulacion/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Al proporcionar información y recursos en el ámbito educativo, se capacita a las y los jóvenes para tomar decisiones informadas y responsables con respecto al juego en línea. Es notorio que el uso de los dispositivos móviles forma parte de la vida de la mayoría de la población y fundamentalmente para el desarrollo de las y los jóvenes que nacieron en un contexto de desarrollo tecnológico avanzado. Es en este sentido que analizamos el alcance de los usos de los dispositivos en relación a la facilidad de contar en cualquier medio con una cuenta bancaria o plataforma de pago virtual. El hecho de no manejar dinero en términos materiales, favorece cierta desconexión con el aspecto económico del comportamiento. En una reunión de trabajo, en la previa del cine, en una noche con insomnio, en la fila del supermercado; a todo momento se puede apostar algo. No solo se apuesta por el resultado del encuentro, sino también la cantidad estimada de tiros libres hasta expulsiones o minutos de los goles. La promoción de estas apuestas, en muchos casos a través de referentes del periodismo deportivo, se focaliza en adolescentes y jóvenes. Publicitan en redes sociales, Youtube, Tik Tok e Instagram y utilizan los acontecimientos deportivos de interés nacional. “Como en todo juego de azar, hay éxitos puntuales y aleatorios (que en psicología conductual reciben el nombre de reforzador de la conducta) que, por su carácter imprevisible, promueven notablemente en el jugador la idea distorsionada de que uno tiene cierto don especial para realizar pronósticos y esto, naturalmente, invita a seguir jugando”2. Asimismo, se puede apostar en todo momento a cualquier deporte en cualquier parte del mundo, lo cual brinda una amplitud horaria sin límites. 2 https://agencia.unq.edu.ar/?p=12626/final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” Una característica esencial de este fenómeno es la falta de conciencia social e individual de la problemática. Son adicciones en algún sentido más disimulables y para las cuales aún no tenemos tratamientos tan definidos o con gran evidencia. La lic. Débora Blanca, psicóloga especializada en ludopatía y directora de Lazos en juego, revela que la adicción a los juegos en línea aumenta entre las y los adolescentes porque crecen los consumos diversos (alcohol, drogas, las pantallas, las redes sociales) y bajan las edades de inicio. La edad de iniciación promedio es a los 15 años, pero psicólogas y psiquiatras especializadas en adicciones están recibiendo consultas por chicos de 12 años. El informe Global Online Gambling Market ilustra un fenómeno que es mundial y crece a pasos agigantados: en 2020 los juegos de azar en línea recaudaron 65.316 millones de dólares y se proyectan cerca de 130 mil millones para 2027. No es un dato menor que las principales casas de apuestas en línea instaladas en Argentina están patrocinando a los grandes equipos futbolísticos; un negocio multimillonario que llegó para quedarse. En la camiseta de River Plate está Codere; en las de Vélez y Estudiantes de La Plata, el auspiciante es Bplay; mientras que la selección nacional se aseguró el auspicio de Betwarrior. La sueca Betsson luce en el pecho de las camisetas de Boca y Racing; City Center aparece en las de Newell’s Old Boys y Rosario Central. Según las estadísticas del Observatorio de Adicciones y Consumos Problemáticos, el 30% de la población mantiene algún tipo de vinculación con el juego, y dentro de ese porcentaje el 95% corresponde a personas que lo hacen recreativamente, 3,5% son jugadores problemáticos y 1,5% compulsivos./final_de_pagina/“2024 – AÑO DE LA DEFENSA DE LA VIDA, LA LIBERTAD Y LA PROPIEDAD” En Argentina hay unas 19 millones de personas que juegan asiduamente, mientras que 7 de cada 100 argentinos pueden ser considerados adictos. Para la psicóloga Soledad Fuster, docente en la Universidad de Buenos Aires, diplomada en ESI y Educación Inclusiva es imprescindible trabajar en la secundaria desde la ESI con perspectiva digital porque los vínculos y las actividades de las y los adolescentes, cada vez más, aparecen atravesados por la virtualidad. La maquinaria del azar ha lanzado sus cartas y aún estamos asimilando la dimensión del problema. En un mundo donde la banca siempre quiere ganar, el desafío será velar por la integridad de nuestros jóvenes transmitiendo que la mayor apuesta está en tomar el control de su propio destino. Es imperativo que el Estado asuma un papel proactivo en la protección de los derechos y la salud de sus ciudadanos, y este proyecto de ley representa un paso significativo en esa dirección. Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen con su firma en el presente proyecto de ley. María E. Duré/final_de_pagina/

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